| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
DECRETO LOCAL 012 DE 2024
(Agosto 12)
Por medio del cual se corrige un error formal del Decreto Local 011 de 2024 por el cual se convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Kennedy
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY
En uso de sus facultades legales, en especial las establecidas por el Estatuto Orgánico de Bogotá, el artículo 71 del Decreto 1421 de 1993, el artículo 33 del Acuerdo Local 001 de 2013, y,
CONSIDERANDO:
Que el día 09 de agosto del año 2024 a través del Decreto Local 011 del 9 de agosto de 2024, el Despacho de la Alcaldía Local de Kennedy, convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Kennedy.
Que, en la parte considerativa del mismo, se citó el Acuerdo Local 001 de 2013, el cual señala, en cuanto a la citación de las sesiones extraordinarias que “las sesiones extraordinarias son aquellas que convoca el Alcalde Local a iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local. Durante estas sesiones, la Corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada. La convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde Local a través de un Decreto local, debidamente publicitado entre los miembros de la Junta Administradora Local”.
Que igualmente en la parte motiva del Decreto Local referido, se trajo a colación por error involuntario el artículo 45 del Acuerdo Local 007 de 2024 que señala: “SESIÓN EXTRAORDINARIA: La Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde o Alcaldesa Local a iniciativa propia o por petición de la Junta Administradora Local hacia la Administración Local. Durante estas sesiones, la Corporación únicamente se ocupará de los asuntos para la cual fue convocada. La convocatoria a las sesiones extraordinarias debe hacerse por el Alcalde o Alcaldesa Local a través del Decreto Local, debidamente comunicado a la Corporación”, cuando el mismo aún no ha entrado en vigencia, tal como lo señala su artículo 132 al expresar; “El presente Acuerdo rige a partir de la elección de la Mesa Directiva del período 2025-2026, a excepción de lo contemplado en el parágrafo 3 del artículo 128”, disposición que no resulta aplicable para el acto administrativo en comento.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.
Que aunado a lo anterior, se pone de presente que el error involuntario deprecado al citar la disposición referida en líneas que anteceden en el cuerpo del Decreto Local 011 de 2024, no afecta de manera sustancial ni el sentido material de la decisión relacionada con el proceso de convocatoria a las sesiones extraordinarias para adelantar el estudio, discusión y aprobación del Plan de Desarrollo Local Kennedy Camina Segura 2025-2028, por cuanto, en la parte motiva de dicho acto administrativo, se encuentran relacionados los componentes otorgados, sus características y el sustento normativo y reglamentario correspondiente.
En mérito de lo expuesto la Alcaldesa Local de Kennedy,
RESUELVE:
PRIMERO : Corregir el error formal en la parte motiva del Decreto No. 011 del 09 de agosto de 2024 por el cual se convocó a sesiones extraordinarias con el fin de adelantar el estudio, discusión y aprobación del Plan de Desarrollo Local Kennedy Camina Segura 2025-2028, en el sentido de omitir la citación del contenido del artículo 45 del Acuerdo Local 007 de 2024. En consecuencia, se mantiene incólume la demás normatividad y reglamentación citada en el Decreto Local respectivo y la parte resolutiva del mismo.
SEGUNDO : NOTIFICAR a la Junta Administradora Local de Kennedy del contenido de la presente decisión, remitiendo una copia del Decreto No. 011 del 09 de agosto de 2024 y del presente acto administrativo al correo electrónico jalkennedy@gobiernobogota.gov.co
TERCERO : Contra este Acto Administrativo no procede recurso alguno.
CUARTO : El presente acto administrativo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de agosto del año 2024.
KARLA TATHYANNA MARÍN OSPINA
Alcaldesa Local de Kennedy
Nota: Ver norma original en Anexos. |