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Resolución 434 de 2024 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Fecha de Expedición:
20/08/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/08/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8104 del 26 de agosto de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 434 DE 2024

 

(Agosto 20)

 

Por la cual se modifica la distribución de los cargos de la planta global de la Empresa Metro de Bogotá S.A. efectuada mediante la Resolución 791 de 2021

 

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

 

En ejercicio de sus atribuciones legales y especialmente las conferidas en el artículo 47 de los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., y artículo 5 del Acuerdo de Junta Directiva No. 008 de 2021 de la Empresa Metro de Bogotá S.A., y


Ver Resolución 023 de 2025.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 5 del Acuerdo No. 008 de 2021 de la Junta Directiva establece que el Gerente General mediante resolución debe distribuir los cargos de la panta global, de acuerdo con las necesidades del servicio.

 

Que por necesidades del servicio se hace necesario realizar un intercambio de empleos de profesional, pasando un profesional Grado 03 de la Subgerencia de Traslado Anticipado de Redes a la Subgerencia de Gestión de Proyecto, ambas de la Gerencia Ejecutiva PLMB.

 

Que en igual sentido y en atención a las necesidades propias del servicio, se pasa un Profesional Grado 01 de la Subgerencia de Gestión de Proyecto a la Subgerencia de Traslado Anticipado de Redes.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Modificar la distribución de empleos contemplada en el artículo primero de la Resolución 791 de 2021, en la Subgerencia de Traslado de Redes y en la Subgerencia de Gestión de Proyecto, las cuales quedarán así

 

 

 

Artículo 2°: La distribución establecida para las demás dependencias que no son objeto de la presente modificación y acorde a lo contenido en la Resolución No. 791 de 2021 y Resoluciones No. 591 de 2022, No. 053 de 2024 y No. 230 de 2024, continúan sin modificaciones.

 

Artículo 3°: Vigencia: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÓMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de agosto del año 2024.

 

Jose Leonidas Narvaez Morales

 

Gerente general

 

Nota: Ver norma original en Anexos.