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Resolución 13 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3289 de marzo 14 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 013 DE 2005

(Marzo 14)

Por la cual se asigna una función relacionada con informes sobre la ejecución presupuestal para el monitoreo, seguimiento y evaluación de los recursos del Sistema General de participaciones.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículo 38, 39 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nacional 72 del 14 de enero de 2005 determinó que los Municipios, Distritos y el Departamento Archipiélago de san Andrés, Providencia y Santa Catalina deben presentar debidamente certificados los informes de ejecución presupuestal de ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de deuda y gastos de inversión y adicionalmente reportarán l información con los datos de las variables requeridas para efectos del monitoreo, seguimiento y evaluación de los recursos del Sistema General de Participaciones.

Que la Secretaría de Hacienda, dirige la programación, ejecución y control del presupuesto de los Organismos y Entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito Capital; al igual que ejerce las funciones de coordinar la elaboración de los informes requeridos por el Concejo, los Organismos de Control y entidades del Nivel Nacional, así como ejercer control sobre la utilización de los recursos.

Que con el ánimo de desarrollar los principios de eficacia, celeridad y economía en el ejercicio de la función pública, se considera necesario asignar en la Secretaría de Hacienda una función.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar en la Secretaría de Hacienda la función de enviar la información de la ejecución presupuestal de ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, al igual que la inversión realizada con los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones, debidamente certificada a los entes competentes del nivel nacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 72 de 2005.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de marzo de dos mil cinco (2005).

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3289 de marzo 14 de 2005.