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Resolución 213 de 2024 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
26/09/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8145 del 30 del septiembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 213 DE 2024

 

(Septiembre 26)

 

Por la cual se ordena la apertura de la convocatoria “Cooperación para el Diseño y Ejecución de Proyectos de Investigación Enfocados en la Solución de Retos para la Ciudad de Bogotá Mediante el Uso de Tecnologías Emergentes

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 11 numerales 2, 6 y 14 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 9 numeral 6 del Acuerdo 02 de 2021 y el artículo 3 numeral 9 del Acuerdo 03 de 2021, modificado por el artículo 2 del Acuerdo 22 de 2023, emitidos por el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología Atenea y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución Política de Colombia, establece en el artículo 71 que “(…) el Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades”

 

Que el artículo 3 del Decreto Distrital 273 de 2020, estableció como objetivos de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – Atenea entre otros la de realizar “(…) la promoción de la ciencia y la tecnología, de los proyectos de investigación científica de grupos de investigación reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en el Distrito Capital.”.

 

Que de conformidad con el artículo 6 del Decreto Distrital 273 de 2020, son funciones de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA” entre otras: “(…) 6. Gestionar y ejecutar planes, programas y proyectos distritales que promuevan el fortalecimiento y financiamiento de proyectos y redes colaborativas de ciencia, tecnología e innovación con actores del sector público y privado, para mejorar la infraestructura tecnológica del Distrito Capital. 7. Coordinar bajo la orientación de los organismos y entidades competentes en la materia en el Distrito Capital, la formulación y ejecución de la política, planes, programas y proyectos distritales de ciencia, tecnología e innovación; así como en la divulgación y apropiación social de conocimiento resultado de CT+I. (…) 9. Orientar, liderar y desarrollar programas y proyectos distritales de base científica y tecnológica, para la solución de problemas y desafíos de la ciudad y la región, el fortalecimiento de su infraestructura tecnológica y su capital humano, intelectual y relacional, en coordinación con los organismos y entidades competentes en la materia en el Distrito Capital. (…)”.

 

Que en los numerales 1.2 y 1.9 del artículo 7 del Decreto Distrital 273 de 2020, se estableció́ como parte de los ingresos de la Agencia “Los recursos de los fondos especiales y demás instrumentos financieros que se creen para desarrollar el objeto de la Agencia” y “Los provenientes de la gestión de recursos que integren los fondos de educación postmedia, ciencia y tecnología que se creen y así́ lo determinen, y de aquellos existentes, de conformidad con lo previsto en disposiciones especiales”.

 

Que el artículo 3 del Acuerdo 810 de 2021, determinó frente a los recursos de financiación del fondo que “El Fondo Cuenta para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” estará́ constituido con los recursos y patrimonio que se destinen presupuestalmente para el cumplimiento del objeto y las funciones misionales de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, señalados en el artículo 7 del Decreto Distrital 273 de 2020”.

 

Que mediante Resolución Interna 187 de 2024, se ordenó el traslado sin situación de fondos, de recursos, en el marco del proyecto de inversión 8041 “Consolidación del ecosistema de ciencia, tecnología e innovación para facilitar la resolución de necesidades y retos de Bogotá́ D.C.” de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea” para la vigencia fiscal 2024, al Fondo Cuenta Atenea

 

Que en el Acuerdo Distrital 927 de 2024, Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 “Bogotá camina segura” en el artículo 8, numeral 8.3. a través del Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos tecnológicos, comprende la incorporación de nuevas tecnologías basadas en inteligencia artificial para dar respuesta oportuna por parte de las autoridades competentes ante las amenazas y así garantizar la generación de zonas seguras en la ciudad.

 

Que el citado PDD en el artículo 16, numeral 16.4 en el Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente establece que se adoptarán y promoverán nuevas tecnologías basadas en la inteligencia artificial (IA) y la analítica de datos para mejorar la eficiencia, la interacción con los diferentes actores de la ciudad y la toma de decisiones.

 

Que la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, como entidad pública líder en el ecosistema de Ciencia Tecnología e Innovación en el Distrito, cuenta como uno de sus intereses prioritarios el fortalecimiento de la articulación entre los diversos actores de dicho sistema, orientado hacia el fomento de las investigaciones científicas soportadas en el uso de tecnologías emergentes como son la Inteligencia Artificial, el uso de Cadena de Bloques (Blockchain), Analítica de Datos, entre otros, para la solución de retos de ciudad.

 

Que por lo anterior, la Agencia - Atenea como coordinadora de la ejecución de los programas y proyectos distritales de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como de la divulgación y apropiación social del conocimiento resultado de CT+I, es la encargada de orientar, liderar y desarrollar programas y proyectos distritales de base científica y tecnológica para la solución de problemas y desafíos de la ciudad.

 

Que en observancia de los principios generales de la administración pública contenidos en el artículo 209 de la Constitución Política, en especial de transparencia, publicidad e imparcialidad, la Agencia -Atenea, adelantará la presente convocatoria para permitir el acceso de todos aquellos actores que cuenten con las calidades y cumplan con los requisitos señalados en los términos de referencia por los cuales se regirá la convocatoria.

 

Que los términos de referencia de la convocatoria y sus antecedentes conforme el numeral 5.1.9 del Manual de Contratación de la Agencia ATENEA y el cual fue adoptado mediante resolución No. 188 de 2024, fueron presentados al Comité de Contratación en sesión No. 19 del día 25 de septiembre de 2024. Que, por lo anterior, esta entidad expide el siguiente acto administrativo con el fin de dar apertura a la convocatoria y establecer los requisitos generales de participación.

 

Que, en mérito de lo expuesto;

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la convocatoria “Cooperación para el Diseño y Ejecución de Proyectos de Investigación Enfocados en la Solución de Retos para la Ciudad de Bogotá Mediante el Uso de Tecnologías Emergentes”.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos generales de participación establecidos para la presente convocatoria se encuentran consignados en el documento denominado “Términos de Referencia de la convocatoria “Cooperación para el Diseño y Ejecución de Proyectos de Investigación Enfocados en la Solución de Retos para la Ciudad de Bogotá Mediante el Uso de Tecnologías Emergentes” que se encuentra publicado en la página web de la entidad https://agenciaatenea.gov.co/convocatorias/cooperacion-disenoejecucion-proyectos-solucion-retos-bogota-tecnologias-emergentes y el cual forma parte integral de la presente resolución.

 

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición.


PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de septiembre del año 2024.

 

VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO

 

Director General

 

Nota: Ver norma original y Anexos.