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Decreto 106 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
08/02/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/02/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2327 de febrero 08 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 106 DE 2001

(Febrero 8)

Derogado por el art. 69, Decreto Distrital 854 de 2001

«Por medio del cual se delega una función.»

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 38 y el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Delegar en el Secretario de Hacienda Distrital la facultad de celebrar las operaciones de crédito público, las operaciones asimiladas a las mismas, las operaciones de manejo de la deuda y las conexas a las anteriores de la administración central del Distrito Capital para la vigencia 2001.

PARÁGRAFO: La suscripción de estas operaciones se efectuará de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice el Distrito Capital.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, Distrito Capital a los ocho (8) días del mes de febrero de dos mil uno (2001)

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2327 de febrero 8 de 2001.