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Resolución 228 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Fecha de Expedición:
17/09/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8159 del 17 de octubre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 228 DE 2024

 

(Septiembre 17)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024

 

LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. 

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 002 de fecha 31 de marzo de 2017, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de inversión, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 400 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta QUINIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($520.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere realizar un traslado presupuestal de gastos de inversión por valor de CIEN MILLONES DE PESOS M. CTE. ($100.000.000), para adicionar el contrato 184 de 2024, relacionado con el proceso de BTL, el cual tiene por objeto “Prestar los servicios integrales de BTL requeridos por el Instituto Distrital de Turismo”, fundamentado en la necesidad de financiar las gestiones requeridas para consolidar la Narrativa Nueva de Ciudad: Bogotá, tu casa / Bogotá, your home. Esta narrativa es fruto de un proceso de co-creación y colaboración entre la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Cámara de Comercio de Bogotá, Invest in Bogotá y nuestra entidad. Su objetivo es promover el turismo y la inversión, así como impactar positivamente en el mercado empresarial y en el desarrollo económico de la ciudad. Para alcanzar estos objetivos, es esencial iniciar el plan de acción para el posicionamiento 360° de la narrativa, que contempla activaciones de marca, ferias, eventos y relaciones públicas. Este plan ayudará a consolidar a Bogotá como un destino turístico global de primer nivel, inteligente y sostenible, y permitirá cumplir con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo.

 

Que, el Instituto Distrital identificó los proyectos de inversión que puede modificar sin afectar las metas del plan de desarrollo “Bogotá Camina Segura”, contracreditando: $72.966.335 del proyecto de inversión: “119-Fortalecimiento de la capacidad del Sistema Distrital de Turismo para el fomento de la actividad turística de Bogotá-Región como destino competitivo, responsable, sostenible y accesible Bogotá D.C.”, $20.000.000 del proyecto de inversión “132-Fortalecimiento del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá-FONDETUR Bogotá D.C” y $7.033.665 del proyecto “190-Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C”; y acreditando $100.000.000 al proyecto de inversión: “111-Desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional, nacional e internacional a Bogotá D.C”.

 

Que, mediante comunicación No. 2-2024-50280 del 27 de agosto de 2024, el despacho de la Secretaría de Planeación Distrital emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de CIEN MILLONES DE PESOS MCTE ($100.000.000)

 

Que, mediante comunicación No. 2024EE335745O1 del 17 de septiembre 2024, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de CIEN MILLONES DE PESOS M. CTE. ($100.000.000)

 

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Inversión en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de CIEN MILLONES DE PESOS M. CTE. ($100.000.000)

 

0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT

CONTRACRÉDITOS

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MCT

O2

GASTOS

100.000.000

O23

INVERSIÓN

100.000.000

O2301

DIRECTA

100.000.000

O230117

Bogotá Camina Segura

100.000.000

O23011735

Comercio, industria y turismo

92966 .335

O2301173502

Productividad y competitividad de las empresas colombianas

92966 .335

O230117350220240119

Fortalecimiento de la capacidad del Sistema Distrital de Turismo para el fomento de la actividad turística de Bogotá-Región como destino competitivo, responsable, sostenible, accesible Bogotá D.C.

72.966.335

O230117350220240132

Fortalecimiento del Fondo de Desarrollo Turístico de Bogotá – FONDETUR Bogotá D.C.

20.000.000

O23011745

Gobierno Territorial

7.033.665

O2301174599

Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial

7.033.665

O23011745002024019

Fortalecimiento de la gestión institucional y operativa del Instituto Distrital de Turismo Bogotá D.C.

7.033.665

TOTAL CONTRACRÉDITOS

100.000.000

 

0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT

CRÉDITOS

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS ($) MCT

O2

GASTOS

100.000.000

O23

INVERSIÓN

100.000.000

O2301

DIRECTA

100.000.000

O230117

Bogotá Camina Segura

100.000.000

O23011735

Comercio, industria y turismo

100.000.000

O2301173502

Productividad y competitividad de las empresas colombianas

100.000.000

O230117350220240111

Desarrollo de acciones de marketing que permitan el posicionamiento y consolidación de la ciudad como destino turístico a nivel regional nacional e internacional a Bogotá D.C.

100.000.000

TOTAL CRÉDITOS

100.000.000

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de septiembre del año 2024.

 

DANERY BUITRAGO GÓMEZ

 

Directora General Encargada

 

Nota: Ver norma original en Anexos.