Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 497 de 2005 Registraduría Nacional del Estado Civil

Fecha de Expedición:
24/02/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/03/2005
Medio de Publicación:
Diario Oficial 45841 de marzo 05 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 0497 DE 2005

(febrero 24)

Modificada por las Resoluciones de la R.N.E.C. 5804 de 2005 y 948 de 2006  

por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones del Congreso de la República, período constitucional 2006-2010 y se dictan otras disposiciones.

LA REGISTRADORA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el inciso 2° del artículo 266 de la Constitución Política y el numeral 11 del artículo 5° del Decreto-ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, la dirección y organización de las elecciones;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 207 del Código Electoral, las elecciones para integrar el Senado de la República y la Cámara de Representantes se deben realizar el segundo domingo del mes de marzo, fecha que para el periodo constitucional 2006-2010 corresponde al día 12 de marzo de 2006;

Que el numeral 11 del artículo 5° del Decreto-ley 1010 de 2000, establece dentro de las funciones de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales,

RESUELVE:

Artículo 1°. Establecer el calendario electoral que contiene las diferentes etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar, para el proceso de elección de congresistas que se llevará a cabo el día 12 de marzo de 2006.

Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y subroga en todas sus partes a la Resolución 0462 de febrero 21 de 2005

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 2005.

La Registradora Nacional del Estado Civil,

Almabeatriz Rengifo López.

El Secretario General,

Juan Carlos Yepes Alzate.

(C.F.)

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 45841 de marzo 05 de 2005.

El calendario puede ser consultado en el Diario físico anotado.