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Circular Externa 005 de 2023 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

Fecha de Expedición:
31/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 005 DE 2023


(Agosto 31) 

 

Para: Alcaldías Municipales (administración central y descentralizada), órganos de control y en general, las entidades incluidas en el Anexo No. 1 de esta Circular Externa.

 

Asunto: Obligatoriedad del SECOP Il para la vigencia fiscal 2023.

 

La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente - ANCP - CCE, en cumplimiento de las funciones conferidas por los numerales 2, 5 y 8 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, actuando como ente rector del Sistema de Compra Pública y administrador del Sistema Electrónico para la Contratación Pública — SECOP-1, es competente para desarrollar e impulsar políticas públicas, programas, herramientas y normas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública, así como para promover las mejores prácticas en la gestión contractual del Estado con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos públicos. En virtud de ello expide la presente Circular Externa, con el propósito de emitir directrices sobre la obligatoriedad del SECOP Il en el año 2023.

 

En el marco de lo establecido en el Plan Nacional de Desarrollo 2022 — 2026 “Colombia, potencia mundial de la vida", el cual establece el mandato de orientar los esfuerzos del gobierno nacional al fortalecimiento del sistema productivo mediante herramientas jurídicas, económicas y técnicas, la ANCP-CCE debe propender por la inclusión al Sistema de Compra Pública de los actores de la Economía Popular, Comunitaria y Solidaria así como las MiPymes, como potenciales proveedores de bienes y servicios para el Estado Colombiano. De igual forma, la Agencia desarrolla acciones en pro del fortalecimiento y recuperación de la confianza por parte de la ciudadanía en la gestión de la administración pública a través de sus instituciones, por lo cual se hace necesario la consolidación de la publicidad, la transparencia, la integridad, la legalidad y el acceso a la información de la actividad contractual de las entidades del Estado colombiano, así como los sujetos obligados al uso de las plataformas que administra la Agencia, especialmente el SECOP lI.

 

Por lo descrito anteriormente, se hace necesario que la contratación estatal se realice a través del SECOP Il de forma que los actores del sistema de compra pública accedan, gestionen, participen y hagan seguimiento y control social a los recursos que son administrados por las entidades del estado y los privados en cumplimiento de la normatividad aplicable.

 

Con fundamento en los boletines trimestrales del sector TIC publicados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia, correspondientes al estado de conectividad en todo el territorio nacional, específicamente respecto del porcentaje de penetración de internet fijo en todos los municipios del país, el cual toma como base la relación entre el número de acceso a internet fijo y la población total de cada uno de ellos y, de acuerdo con el análisis efectuado por la ANCP -CCE sobre el comportamiento histórico a nivel de procesos de contratación y valor total contratado, la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente con el fin de articular los sistemas de información de gestión contractual pública, instruye a las entidades estatales identificadas en el Anexo No. 1 para que acaten las siguientes directrices:


1.  Los procesos de contratación de las entidades estatales relacionadas en el Anexo No. 1 de esta Circular Externa deberán gestionarse, exclusivamente en el SECOP lI. La medida aplica para todas las modalidades de selección del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación directa y contratación de mínima cuantía). Así mismo, es aplicable para los procesos que les sea aplicable un régimen especial de contratación, así como la publicación del Plan Anual de Adquisiciones de 2023 y sus modificaciones o actualizaciones.


2.  Están exceptuados de la medida las asociaciones público—privadas-APP- de que trata la Ley 1508 de 2012 y demás normas complementarias, los contratos donde existan más de dos partes, los concursos de arquitectura y la enajenación de bienes a título gratuito, los cuales deberán publicarse a través del SECOP I.


3. La obligatoriedad aplicará de acuerdo con la distribución relacionada en el Anexo No. 1 de la presente Circular Externa teniendo en cuenta las entidades que ingresarán a partir del 1 de octubre y 1 de noviembre de 2023, respectivamente.


4. Todos los procesos de contratación creados en el SECOP | antes del 1 de octubre y 1 de noviembre de 2023 por parte de las entidades estatales que correspondan de acuerdo con la distribución del Anexo No. 1, podrán continuar siendo gestionados en esta plataforma.


5. A las entidades estatales que ingresan a la utilización de la plataforma de manera obligatoria en 2023, se les suspenderá la opción de publicar nuevos procesos en el SECOP I a partir de las fechas mencionadas anteriormente.

 

Antes de la fecha de inicio de publicación en SECOP Il las entidades que hayan adelantado procesos de contratación están en la obligación de cumplir con el deber de publicidad en el SECOP I de los documentos expedidos en virtud de la gestión contractual que se desprende del artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, regulado por el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, el cual establece que las entidades estatales están obligadas a publicar los documentos y los actos administrativos del proceso de contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición.

 

Así las cosas, para dar publicidad a los contratos que hayan sido expedidos por lo menos tres (3) días antes de la fecha de entrada en vigencia de la obligatoriedad y, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015, las entidades relacionadas en el Anexo No. 1 deberán solicitar la habilitación del SECOP I mediante un oficio firmado por el ordenador del gasto, a través del canal de PQRSD a la ANCP-CCE, relacionando la cantidad de contratos y los días que requieren la habilitación para dar cumplimiento a la publicación de la información relacionada con su contratación.

 

Con el propósito de que las entidades incluidas en el Anexo No. 1, así como los diferentes partícipes del Sistema de Compra Pública puedan estar preparados para la implementación del SECOP lI, la ANCP - CCE pone a disposición la oferta de capacitación sobre el uso del SECOP II.

 

Para programar las capacitaciones, las entidades deben enviar al correo secopii@colombiacompra.gov.co los datos de contacto de la persona responsable (nombres y apellidos, cargo, correo electrónico y número de teléfono) de coordinar las condiciones necesarias para desarrollar la capacitación con los profesionales que sean designados por la Agencia; de igual manera, se coordinarán los temas logísticos y técnicos para ejecutar las sesiones con cada entidad. La información debe ser enviada desde la expedición de la presente Circular y hasta con un máximo de dos semanas de anticipación a la fecha de inicio de entrada en vigencia de la obligatoriedad según corresponda.

 

Es de mencionar que las capacitaciones se realizarán de forma virtual o excepcionalmente de manera presencial donde se encuentre ubicada la entidad, en este Último caso, la entidad territorial deberá cubrir los gastos de tiquetes y viáticos correspondientes del colaborador de la Agencia que se desplazará a la entidad.

 

Adicionalmente, ponemos a disposición de todas las entidades un ciclo de capacitaciones generalizadas virtuales a través de las cuales podrán capacitarse sobre el funcionamiento y uso del SECOP lI.

 

Para acceder a la oferta de capacitación deben: (i) dirigirse al siguiente enlace: https://www.colombiacompra.gov.co/ciudadanos/calendario, (ii) revisar los horarios y temas de capacitación, (iii) inscribirse a las capacitaciones diligenciando sus datos a través del formulario y (vi), asistir a las mismas en el horario indicado.

 

Cordialmente,

 

Stalin Ballesteros García

 

Director General

 

Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia

 

Compra Eficiente

 

Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.