| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN
237 DE 2024
(Octubre
22)
Por
la cual se efectúa una modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y
Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024
EL
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso
de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del
artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10
del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo
001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del
artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.
Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.
Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta $262.600.000 pesos M/Cte, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que, el Instituto Distrital de Turismo requiere realizar un traslado presupuestal de gastos funcionamiento en gastos de personal por valor de $40.621.167 pesos M/Cte, para cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de los ex funcionarios JORGE IVAN CHACON MARTINEZ identificado con C.C. 80.720.856 subdirector Técnico Código 068 Grado 01 asignado a la Subdirección de Desarrollo y Competitividad y KATHERINE SANCHEZ CASAS identificada con C.C. 52.965.645 Profesional Especializado Código 222 Grado 05- Subdirección de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de la Información ex funcionarios de planta del Instituto Distrital de Turismo - IDT., adicionalmente una vez realizada la proyección de los pagos a efectuar en lo restante de la presente vigencia, se identificaron los rubros que presentan déficit y requieren una mayor apropiación. Que, mediante comunicación No. 2024EE373032O1 del 18 de octubre 2024, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $40.621.167 pesos M/Cte. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $40.621.167 pesos M/Cte.
Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás competentes.
Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 22 días del mes de octubre del año 2024.
ANDRES SANTAMARIA GARRIDO
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||