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CIRCULAR EXTERNA 023 DE 2023
(Diciembre 04)
PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA-ATENEA, , GERENTES DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, E.S.P, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR DISTRITAL, CONTRALOR DE BOGOTÁ Y PERSONERO DE BOGOTÁ, JEFES O RESPONSABLES DE TALENTO HUMANO.
DE: DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL - DASCD.
ASUNTO: CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA BASE DE EMPLEO VERDE y EMPLEOS AMBIENTALES EN LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL DISTRITO CAPITAL
FECHA: 04 DE DICIEMBRE DE 2023
Radicado: 2-2023-16609
En el marco de las disposiciones contenidas en el Acuerdo Colectivo Laboral de la vigencia 2022, suscrito entre la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y las Organizaciones Sindicales[1] Confederación General del Trabajo - CGT, Confederación Nacional de Trabajadores - CNT, Confederación de Trabajadores de Colombia - CTC, Confederación de la Unión Sindical Colombiana del Trabajo - CTU USCTRAB, Central Unitaria de Trabajadores de Colombia - CUT Subdirectiva Bogotá Cundinamarca, Federación Colombiana de Trabajadores y Servidores Públicos FECOTRASERVIPUBLICOS, Asociación Distrital de Auxiliares de Enfermería— ADAE, Asociación Sindical de Empleados Distritales - ASED, Asociación Sindical de Industria de los Trabajadores de la Salud, Pensionados, Contratistas, por Ordenes de Prestación de Servicios de La Salud, Complementarios y Conexos - ASITCONSALUD, Asociación Médica Sindical Colombiana Seccional Cundinamarca - ASMEDAS, Asociación Nacional de Trabajadores de la Educación Colombia - ASOEDUCADORES, Asociación Nacional de Trabajadores Administrativos, Contratistas, Técnicos, Profesionales, Orientadores, Instructores y Docentes de Colombia - ASONAL COLOMBIA, Asociación Sindical Educativa - ASONAL EDUCATIVA, Asociación del Trabajo del Sector Territorial y Ambiental - BIOPAZ, Colegiado Nacional de Orientadores de Colombia, COLEGIADO DE ORIENTADORES, Confederación de Servidores Públicos y de los Servicios Públicos de Colombia - CSPC, Federación Nacional de Trabajadores de Colombia - FEDEASONAL, Federación Unión Sindical Colombiana del Trabajo Ambiental - FEDEUSCTRAB AMBIENTAL, Federación Regional Bogotá de la Unión Sindical Colombiana del Trabajo - FEDEUSCTRAB BOGOTA, Federación Sectorial Estatal de la Unión Sindical Colombiana de Trabajo - FEDEUSCTRAB ESTATAL, Federación Nacional de la Unión Sindical Colombiana de Trabajo - FEDEUSCTRAB NACIONAL, Federación de Trabajadores de la Educación y Servidores Públicos de Colombia - FENALTRAESP, Federación Nacional al Servicio del Estado - FENALTRASE, Federación Nacional de Trabajadores por el Mérito y el Trabajo Decente - PROPAIS, Sindicato de la Secretaria de Seguridad, Convivencia y Justicia de Bogotá y Otras Entidades del Distrito - SCJ BOGOTA, Confederación Colombiana de Servidores Públicos - SER NACIÓN, Sindicato Nacional de Pediatras de Colombia - SICOLPED, Sindicato de Médicos y Odontólogos de Bogotá - SIMO D.C., Sindicato Nacional de la Salud y Seguridad Social - SINDESS NACIONAL, Sindicato de Empleados Distritales de Bogotá - SINDISTRITALES, Sindicato de Empleados Públicos de La Secretaria de Educación del Distrito - SINEPSED, Sindicato de Servidores Públicos del Hospital Vista Hermosa - SINTRA HOSPITALES VISTA HERMOSA, Sindicato de Trabajadores de la Educación de Bogotá D.C. - SINTRAEDUCACIÓN, Sindicato Distrital de Trabajadores y Servidores Públicos de la Salud, la Seguridad Social y Servicios Complementarios del Hospital de Engativá - SINTRAHENGATIVA, Sindicato de Trabajadores del Hospital Occidente de Kennedy - SINTRAHOSKEN, Sindicato de Rama de los Trabajadores Empleados, Funcionarios, Contratistas y Servidores de la Salud y la Seguridad Social del Territorio Nacional - SINTRASAL UD, Sindicato de Trabajadores y Servidores Públicos de la Secretaria de Educación del Distrito Capital - SINTRASED, Sindicato de Servidores Públicos de la Subred Sur ESE - SINTRASUBRED SUR, Sindicato de Pagadores Pensionados y Trabajadores de Colombia - SIPATCO, Unión de Servidores Públicos de los Distritos y Municipios de Colombia - UNES COLOMBIA, Federación Unión Nacional de Trabajadores del Estado, los Servicios Públicos y la Comunidad - UNETE, Sindicato Nacional de Cirujanos Pediatras de Colombia - UNICIRUPED, Unión Sindical Colombiana Del Trabajo - USCTRAB, Unión Nacional de Trabajadores del Estado y los Servicios Públicos de Colombia - UTRADEC – CGT, le corresponde al DASCD, de conformidad con lo establecido en el punto 22, instar a las entidades y organismos distritales, a que identifiquen en su planta de empleos, cuáles de ellos se encuentran categorizados como “empleo verde” y así definir la línea base, que contribuirá al diseño de un plan piloto de empleo verde en el Distrito Capital:
“22. La Administración Distrital en cabeza del Sector Gestión Pública y la Secretaría Distrital de Ambiente, instará y priorizará dentro de los seis (6) meses siguientes a la firma del presente acuerdo colectivo laboral, en el marco de los lineamientos emitidos por la OIT y del Ministerio de Trabajo, sobre empleo verde, a las entidades y organismos distritales para que identifiquen en su planta de empleos, cuáles están dentro de la categoría empleo verde con el fin de genera la línea base, la cual servirá de insumo para diseñar un plan piloto de empleo verde en el Distrito Capital, que se trabajará con las organizaciones sindicales firmantes del presente acuerdo, dentro del año siguiente a la definición de la línea base.”
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, tiene la competencia para avanzar en la coordinación del establecimiento de la línea base del empleo verde, con base en las funciones previstas en el Decreto Distrital 580 de 2017, especialmente las definidas en los literales b), o) y p) del artículo 2°, respecto del establecimiento de directrices técnicas y la implementación de acciones comunes para la gestión integral del talento humano vinculado en las entidades y organismos de Bogotá, D.C, y además se encuentra comprometido con la generación, implementación y seguimiento de mejores prácticas en las entidades y organismos distritales que contribuyan a la conservación y aprovechamiento sostenible del capital ambiental.
El establecimiento de la línea base, permitirá identificar aquellos empleos de servidores públicos que se encuentran dentro de la planta de personal de las entidades y organismos distritales, o aquellas actividades que se desarrollen a través de contratos de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión, que tengan el potencial para generar o impactar positivamente la conservación del capital natural Distrital de manera sostenible.
A continuación, se describirán las definiciones de lo que la OIT y otras entidades han considerado como empleo verde, trabajo decente y empleo o trabajo ambiental, las cuales contribuirán a facilitar la identificación de los empleos, actividades y/o contratos de las entidades y organismos distritales que correspondan a estas categorías.
1. DEFINICIONES
La Organización Internacional del Trabajo - OIT, adopta una acepción de empleo verde, y señala que este se encuentra interrelacionado con el concepto de trabajo decente, los cuales se exponen a continuación:
- EMPLEO VERDE
“Los empleos verdes son puestos de trabajo que contribuyen a la conservación, restauración y mejora de la calidad del medioambiente en cualquier sector económico (agricultura, industria, administración y servicios). Los empleos verdes reducen el impacto ambiental de las empresas y de los sectores económicos aumentando la eficiencia del consumo de energía, materias primas y agua, descarbonizando la economía y reduciendo la emisión de gases de efecto invernadero, minimizando o evitando cualquier forma de residuo y contaminación, restaurando los ecosistemas y la biodiversidad, y permiten adaptarse al cambio climático.
Para la OIT, el concepto empleos verdes resume la transformación de economías, lugares de trabajo, empresas y mercados laborales en una economía de bajo carbono y sostenible que ofrezca oportunidades de empleo decente para todos.” [2]
- TRABAJO DECENTE
“El trabajo decente significa contar con oportunidades de un trabajo que sea productivo y que produzca un ingreso digno, seguridad en el lugar de trabajo y protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración a la sociedad, libertad para que la gente exprese sus opiniones, organización y participación de los trabajadores en las decisiones que afectan sus vidas, e igualdad de oportunidad y trato para todos”[3]
- EMPLEO AMBIENTAL
Teniendo en cuenta la definición presentada por el Departamento Nacional de Estadística - DANE en el Boletín Técnico - Cuenta Satélite Ambiental (CSA) 2020-2021, se entienden como empleos asociados a actividades ambientales:
“(…) como los Empleos Equivalentes a Tiempo Completo, orientados a reducir directa o indirectamente, las presiones sobre el capital natural a través de su gestión, protección, conservación y aprovechamiento sostenible en los procesos de producción de un bien o servicio, ya sea en sectores tradicionales como la manufactura y la construcción, o en nuevos sectores verdes emergentes como la energía renovable y la eficiencia energética”.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su documento ¿Cómo Impulsar la Creación de Empleos Verdes en la Economía Circular? (OIT 2021)[4], ha señalado sobre los empleos verdes y los empleos ambientales lo siguiente:
“Estimación de empleos Verdes del Departamento Nacional de Estadística (DANE)
Con base en la definición conceptual de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los empleos ambientales y los empleos verdes son aquellos que están dirigidos a reducir las presiones sobre el capital natural a través de su protección, conservación y aprovechamiento sostenible en todo proceso de producción de un bien o servicio. No obstante, los empleos verdes, a diferencia de los empleos ambientales, contienen consideraciones sobre el bienestar de los trabajadores (dimensión de trabajo decente), que según el Ministerio de Trabajo corresponde a una justa remuneración, garantía de los derechos de los trabajadores y protección social (DANE, 2020b).”
Con lo hasta aquí expuesto, se puede arribar a la conclusión que todos los empleos y trabajos independientes que le apunten a la sostenibilidad y responsabilidad ambiental son considerados empleos o trabajos ambientales y dentro de estos, aquellos que se encuentran en la dimensión de trabajo decente, son considerados empleos verdes.
2. ÁREAS TEMÁTICAS PARA LA DEFINICIÓN DE EMPLEOS VERDES Y AMBIENTALES EN LAS ENTIDADES U ORGANISMOS DISTRITALES
De acuerdo con las actividades ambientales establecidas por el DANE, en la Cuenta Satélite Ambiental - CSA, y reportadas en el Boletín Técnico de Cuentas Ambientales[5], se toman como referencia las allí señaladas para efectos de establecer las áreas temáticas a ser tenidas en cuenta por las entidades y organismos distritales, para identificar los “empleos ambientales” y/o “empleos verdes” que tienen un impacto en la preservación del capital natural, a la par de generar prácticas sostenibles para su aprovechamiento.
Las áreas temáticas serán las siguientes:
1. Protección del aire y del clima, gestión de aguas residuales y gestión de residuos.
2. Educación, administración y gestión ambiental y gestión de los recursos naturales.
3. Protección y recuperación de suelos, aguas subterráneas y superficiales, y protección de la biodiversidad.
4. Gestión de recursos minerales y energéticos
En el proceso de identificación de los empleos verdes y/o cargos de trabajadores oficiales y/o empleos ambientales, las entidades y organismos distritales deberán clasificarlos según las temáticas mencionadas de acuerdo con las consideraciones que se enuncian a continuación.
3. CONSIDERACIONES A TENER EN CUENTA PARA IDENTIFICACIÓN DE LOS EMPLEOS VERDES Y/O EMPLEOS AMBIENTALES - INSUMO PARA LA DEFINICIÓN DE LA LINEA BASE DE EMPLEO VERDE
De acuerdo con las áreas temáticas descritas en el punto anterior, se solicita a las entidades y organismos distritales identificar los empleos y/o contratos de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión que serían susceptibles de ser tenidos en cuenta para el levantamiento de la línea base aquí planteada, atendiendo a los siguientes criterios:
a) Nivel jerárquico en el caso de los empleos: Teniendo en cuenta que los objetivos de los empleos verdes implican la conservación y protección del capital natural, sus efectos y demás condiciones derivadas de su implementación y desarrollo pueden estar presentes en cualquier nivel jerárquico de una organización. La sostenibilidad y la responsabilidad ambiental no son exclusivas de un determinado nivel jerárquico, más bien, son valores fundamentales que deben ser implementados por todos los miembros de la organización.
La inclusión de estos principios en todos los niveles jerárquicos fomenta una cultura organizacional sostenible, en la que cada miembro del equipo es consciente de su responsabilidad hacia el medio ambiente y trabaja en conjunto para lograr un impacto positivo en la sociedad y el planeta.
Esta integración también permite adaptar estrategias de capacitación y desarrollo específicas para cada grupo, garantizando una comprensión y compromiso adecuados con los principios de sostenibilidad a lo largo de toda la organización.
b) Naturaleza funcional (Para el caso de los empleos de servidores públicos): La connotación del empleo debe estar dirigida hacia la conservación, restauración y mejora de la calidad del medioambiente.
Esto implica que el contenido funcional de un empleo público (propósito principal y funciones), o de trabajador oficial (contrato de trabajo) tenga por lo menos una (1) función, que se encuentre orientada a cumplir o garantizar alguna de las áreas temáticas señaladas en el numeral 2 y que, por lo tanto, pueda ser considerado como “empleo Ambiental y/o verde”.
En razón a lo anterior, las unidades de personal o áreas del talento humano deberán realizar el análisis de las funciones establecidas para cada empleo e identificar en que área o áreas temáticas se encuadra.
A efectos de ejemplificar la correlación funcional a ser realizada por las entidades y organismos distritales para identificar los “empleos ambientales y/o verdes”, se deberá determinar a partir de los perfiles o funciones, el área temática a la que le apunta, así, para el caso de las funciones que tengan relación con el Plan Institucional de Gestión ambiental (PIGA), el área temática es la número, “2. Educación, administración y gestión ambiental y gestión de los recursos naturales.”
c) Para efectos de los contratos de prestación de servicios profesionales y/o apoyo a la gestión. Para el caso de la identificación de los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales o de apoyo a la Gestión, se debe verificar que el objeto contractual y/o por lo menos una (1) de las obligaciones se encuentre orientada a cumplir o garantizar alguna de las áreas temáticas señaladas en el numeral 2.
En razón a lo anterior, las unidades de personal o áreas del talento humano o encargados de la contratación en cada entidad u organismo distrital, deberán realizar el análisis de los manuales funciones, objetos y obligaciones contractuales con el fin de identificar en que área o áreas temáticas o categorías ambientales de las señaladas en el numeral 2 de la presente circular, se encuadran las funciones y/o obligaciones que realizan las personas vinculadas ya sea mediante relación legal y reglamentaria, contrato de trabajo o contrato de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión.
Para efectos de lo anterior, se ha dispuesto un formulario a través del cual, las entidades y organismos distritales deberán diligenciar la información de los empleos considerados como “verdes” y “ambientales” de acuerdo con las instrucciones establecidas en dicho instrumento y a lo considerado en la presente circular.
Para ingresar al formulario, se deberá ingresar al siguiente link: https://encuestas.serviciocivil.gov.co/index.php/926495?lang=esCO
Esté se encontrará disponible hasta el 15 de diciembre de 2023, fecha en la que se cerrará el formulario.
Agradecemos la especial atención a esta información, y en caso de duda, favor comunicarse con Linda Johanna López Rincón al correo electrónico llopez@serviciocivil.gov.co.
Cordialmente
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. [1]Acuerdo de fecha 19 de septiembre de 2022, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto Nacional 1072 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, entre la Alcaldía Mayor y las Organizaciones Sindicales firmante https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?dt=S&i=128702 [4] chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/--- americas/---ro-lima/---sro-lima/documents/publication/wcms_827562.pdf [5] Expedido cada vigencia por el DANE |