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CIRCULAR CONJUNTA 015 DE 2024
(Julio 19)
PARA: ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES, COORDINADORES Y COORDINADORAS ADMINISTRATIVAS Y FINANCIEROS Y FINANCIERAS, PROFESIONALES RESPONSABLES DE PLANEACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS ALCALDÍAS LOCALES, SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO E INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS DE PLANEACIÓN LOCAL.
DE: ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA - Secretaria Distrital de Planeación GUSTAVO ALBERTO QUINTERO ARDILA - Secretario Distrital de Gobierno JUAN PABLO CAMACHO LÓPEZ - Director General del Instituto Distrital de la Participación y Acción comunal IDPAC
ASUNTO: RUTA METODOLÓGICA PARA LA DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE LOS RECURSOS DE INVERSIÓN DEL COMPONENTE DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS EN LOS PLANES DE DESARROLLO LOCALES 2025 2028.
Respetados(as) señores(as):
La distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de presupuestos participativos en los planes de desarrollo locales 2025 2028 es un proceso de democratización del desarrollo local que genera valor público gracias a la participación incidente de la ciudadanía y hace parte de los procesos y mecanismos participativos de los Planes de Desarrollo Locales 2025-2028. Este proceso se desarrolla en el marco de los pilares de participación y colaboración del modelo de Gobierno Abierto de Bogotá (GAB), por medio del cual la ciudadanía y sus organizaciones decidirán sobre el porcentaje de los recursos de inversión que harán parte del componente de Presupuestos Participativos, según las disposiciones establecidas en la Circular del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal (CONFIS) 04 de 2024.
En ese sentido, según lo establecido en el artículo 3 del Decreto Distrital 495 de 2023 y en la Circular Conjunta 006 de 2024 emitida por la Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaria Distrital de Planeación y del Instituto Distrital de la Participación y Acción comunal IDPAC, el presente documento contiene las orientaciones para el desarrollo del ejercicio participativo de la distribución porcentual de los recursos de inversión de los conceptos de gasto que integran el componente de Presupuestos Participativos para la vigencia 2025 - 2028.
1. ALCANCE
A partir de las disposiciones de la Circular Conjunta 006 de 2024, el ejercicio de participación para la distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos, parte de la inclusión de los aportes ciudadanos para la definición de líneas de inversión y conceptos de gasto que se propusieron en los Encuentros Ciudadanos, así como del porcentaje de asignación al componente de Presupuestos Participativos adoptado por el CONFIS.
La distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos consiste en un ejercicio de deliberación y toma de decisión colectiva que permite la asignación de recursos en el componente de Presupuestos Participativos atendiendo a las prioridades planteadas por la ciudadanía en cada una de las localidades.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Distrital 495 de 2023: "El resultado final del ejercicio de participación, sobre la distribución porcentual de los conceptos de gasto del componente de presupuestos participativos, hará parte del plan plurianual de inversiones del Plan de Desarrollo Local y no podrá ser modificado durante la formulación y adopción de este." Por lo tanto, el artículo 5 ibidem, dispone que los alcaldes y alcaldesas locales deberán aplicar los porcentajes definidos en dicho proceso participativo, en la programación presupuestal anual del horizonte del Plan de Desarrollo Local.
2. MOMENTOS PARA LA DEFINICIÓN DE LA DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL PARTICIPATIVOS DEL COMPONENTE DEL PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS.
El desarrollo metodológico para la distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos comprende los siguientes momentos:
2.1 ALISTAMIENTO
Una vez finalizados los Encuentros Ciudadanos y la definición de las líneas de inversión y conceptos de gasto, así como el porcentaje asignado al componente de Presupuestos Participativos por parte del CONFIS, el alistamiento del ejercicio de distribución porcentual del componente de Presupuestos Participativos tiene el objetivo de socializar la totalidad de los conceptos de gasto, los rangos presupuestales y el sistema de redistribución para generar las condiciones necesarias y de información que permitan la correcta implementación del proceso participativo.
A partir de las disposiciones del CONFIS mediante la Circular 04, la asignación porcentual de los recursos de inversión para el componente de Presupuestos Participativos es del 50%.
La Coordinación General de Presupuestos Participativos, definirá los rangos presupuestales que permitirán garantizar la viabilidad de las inversiones de las metas definidas en los Planes de Desarrollo Local 2025-2028 en el marco del Anexo 5, con observancia a la ejecución de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos (vigencias 2021 a 2023), en materia de:
Promedio de compromisos por concepto de gasto.
Promedio de giros por concepto de gasto.
Identificación de los sectores estratégicos para la inversión, a partir de la armonización con el proyecto del Plan Distrital de Desarrollo 2024 - 2028, "Bogotá Camina Segura".
La Coordinación General de Presupuestos Participativos (CGPP) socializará los conceptos de gasto, los rangos presupuestales y el sistema de redistribución a las Alcaldías Locales, equipos territoriales del IDPAC y a los sectores y entidades distritales competentes. Por su parte, las Alcaldías Locales deberán socializar las disposiciones adoptadas por el CONFIS al Consejo Local de Planeación (CPL), a las instancias y a las organizaciones presentes en el territorio que manifiesten su interés por participar del proceso; la Alcaldía Local podrá solicitar el apoyo del IDPAC para el desarrollo de este proceso de socialización y difusión.
Las Alcaldías Locales de manera coordinada con la CGPP y los sectores administrativos según su competencia, darán a conocer a la ciudadanía la totalidad de los conceptos de gasto mediante escenarios de difusión amplia, con el objetivo de generar las condiciones necesarias que permitan a la ciudadanía realizar el proceso de asignación de prioridades a conceptos de gasto de manera informada. También podrán desarrollar espacios de socialización a través de foros, conversatorios y otras herramientas o metodologías que se consideren pertinentes. Este proceso podrá realizarse de manera conjunta entre Alcaldía Local y CPL, según se disponga.
A continuación, se presentan los conceptos de gasto del componente de Presupuestos Participativos para las Alcaldías Locales, en coherencia con las definiciones establecidas por el CONFIS:
Adicionalmente, se establecen los conceptos de gasto que aplican en localidades específicas a partir de la solicitud ciudadana, en el marco de los Encuentros Ciudadanos y su posterior aval por parte de los sectores y entidades distritales competentes:
2.2 DESARROLLO DEL PROCESO PARTICIPATIVO
El proceso para la distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos se desarrollará mediante un procedimiento que busca determinar los resultados en la asignación de preferencias ciudadanas, a través de un ejercicio de selección y priorización frente a los conceptos de gasto; el cual no debe ser entendido como un proceso de carácter electoral. Dicho ejercicio permitirá fortalecer los valores de la corresponsabilidad, la transparencia y los niveles de incidencia de la participación; además promueve la cultura ciudadana, democrática y de paz.
Este proceso se desarrollará a través de un sistema de selección y priorización en el que se le asignará, de manera individual, exclusiva y no transferible a cada persona habilitada para elegir valido de identidad en territorio nacional, cinco (5) elecciones que podrá asignar a máximo cinco (5) conceptos de gasto, cumpliendo la regla: un (1) elección por un (1) concepto de gasto.
Dicho lo anterior, se establecen las siguientes reglas para la participación de la ciudadanía en el proceso de priorización de los conceptos de gasto:
1. El proceso de asignación de preferencias a los conceptos de gasto se desarrollará de manera híbrida (virtual/análogo) a través del uso tarjetones digitales[1], así como físicos, promoviendo la corresponsabilidad en el fortalecimiento de la apropiación de las herramientas análogas y digitales de toda la ciudadanía y la articulación distrital y local. El uso de los tarjetones físicos estará dispuesto para menores de 18 años, migrantes y población rural.
2. Cada ciudadano tendrá el derecho a hacer uso total o parcial de las cinco (5) elecciones asignadas a través del mecanismo dispuesto, sin que el uso parcial represente la anulación de los demás que hubiesen sido previamente asignados.
3. Para participar del proceso de asignación de preferencias, la persona deberá contar con un documento válido en el territorio nacional, ser mayor de catorce (14) años y definir una sola localidad en la que ejercerá su participación, bien sea donde habite, estudie, desarrolle sus actividades económicas o donde encuentre su mayor interés; atendiendo a las condiciones sociales, económicas y de tránsito de las personas en la capital.
4. Para la asignación de preferencias, la persona que participe deberá diligenciar la información mínima de identificación que se le solicitará en el tarjetón físico o digital individual y no transferible, mediante el cual podrá realizar el ejercicio de priorización. Cada participante podrá asignar de manera total o parcial sus preferencias a los conceptos de gasto de su preferencia y sin repetir el concepto de gasto previamente priorizado.
5. Cada participante podrá determinar la confidencialidad de su elección de manera autónoma, sin que la difusión de la misma sea una causal de anulación.
6. Las Alcaldías Locales deberán instalar como mínimo tres puntos de priorización análoga en cada uno de sus territorios, para garantizar la participación de menores de 18 años, migrantes y población rural y demás ciudadanos y ciudadanas que por sus condiciones o necesidades, prefiriesen hacer uso del tarjetón físico durante todo el proceso. Estas serán las responsables de su instalación y funcionamiento, podrán contar con el acompañamiento del IDPAC, así como los demás actores territoriales y distritales que estuviesen interesados en el proceso.
7. La Alcaldía Local, el IDPAC y el CPL, así como las instancias y organizaciones presentes en el territorio que tengan interés en promover la participación en el proceso de priorización, podrán realizar la instalación de puntos digitales, así como jornadas itinerantes o móviles de priorización digital que promuevan la participación de la ciudadanía, atendiendo a los numerales previamente descritos. Se recomienda dar prioridad a los puntos de priorización digital, de esta forma, se promoverá una participación amplia, directa, incidente y transparente, buscando reducir las brechas y dificultades en el acceso a las tecnologías de la información presentes en la ciudad.
8. La ciudadanía interesada en el proceso podrá promover la priorización de conceptos de gasto, incentivando el empoderamiento ciudadano del mecanismo y la identificación de necesidades comunes de inversión en el territorio.
9. La CGPP, mediante la articulación con los demás actores interinstitucionales que participen en el proceso, podrán hacer el seguimiento y monitoreo en el proceso selección sobre los conceptos de gasto. 10.Las reglas, condiciones y paso a paso para el desarrollo del proceso se encuentran detallados en el Anexo 4 de Proceso de priorización presencial.
2.3 CONSOLIDACIÓN DE LOS RESULTADOS
El conteo y validación de las priorizaciones digitales, se realizará mediante el uso de herramientas de análisis de datos. Para garantizar la idoneidad y transparencia del proceso de conteo en los resultados de la etapa de priorización, la Alta Consejería Distrital de TIC-ACTIC - realizará la sistematización de la totalidad de los votos registrados a cada concepto de gasto a través del sistema digital, así como el conteo total de los votos asignados a cada concepto de gasto de manera análoga, el cual deberá ser enviado previamente en los formatos dispuestos para ello por parte de las Alcaldías Locales a la Secretaria Distrital de Gobierno, identificando posibles irregularidades en los datos que fuesen recogidos para la correcta y transparente participación de la ciudadanía, a través del Anexo 1. Matriz de Consolidación de resultados del proceso análogo.
La totalidad de los registros ciudadanos será verificada con las bases de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, con miras a evitar posibles irregularidades, duplicación de identidad y uso de más de un tarjetón por parte de un mismo ciudadano, en cumplimiento a las disposiciones del Anexo 4. El análisis de datos en materia de resultados consolidados del proceso de asignación de preferencias será desarrollado una vez la información sea entregada por parte de la CGPP a la ACTIC, en cumplimiento del anexo en mención y través del uso de las herramientas de analítica de datos que permitan verificar la identidad del votante y la validez de los votos asignados por este.
La entrega de la información será liderada por la ACTIC, quien enviará la(s) base(s) de datos consolidada(s) con los votantes y votos válidos a la CGPP.
A: Distribución del porcentaje final, según votos asignados.
Una vez recibida la información por parte de la CGPP, la Secretaría Distrital de Gobierno, procederá a hacer uso del Anexo 1 (Matriz de Consolidación de Resultados) que determinará la asignación final del porcentaje de inversión a cada concepto de gasto en la totalidad de las Alcaldías Locales según la ponderación de los votos realizados para cada concepto de gasto y el porcentaje de los pisos y techos definidos, para cada uno.
Una vez recibida la información, la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a hacer uso de esta mediante la aplicación del Anexo 6 (Modelo de redistribución). Con posterioridad a la validación, la CGPP procederá a realizar el envío de los resultados a la totalidad de las Alcaldías Locales, para que se haga uso del Formato BDL-3 Acta Final de Resultados.
El modelo de redistribución se basa en un principio de asignación a través de cascada repartidora, mediante la fijación de pisos y techos presupuestales contrastados con las necesidades de la ciudadanía por medio del ejercicio de priorización de los conceptos de gasto.
La matriz de consolidación está diseñada para gestionar y redistribuir los conceptos de gasto de la etapa de priorización de los recursos locales. A continuación, se describe el proceso y los posibles escenarios de asignación presupuestal en el marco de los rangos establecidos en el marco del Anexo 6 (Modelo de redistribución):
A. El porcentaje asignado está en el rango establecido.
B. El porcentaje asignado no ha logrado alcanzar el porcentaje mínimo.
C. El porcentaje asignado ha superado el porcentaje máximo.
Se plantean las siguientes situaciones respecto a los escenarios mencionados previamente:
Escenario A - El porcentaje asignado está dentro del rango establecido. El concepto de gasto toma el porcentaje asignado por la ciudadanía, siempre que esté dentro del rango.
Escenario B - El porcentaje asignado no ha alcanzado el mínimo establecido. El concepto de gasto toma automáticamente la asignación presupuestal mínima definida por el CONFIS.
Escenario C - El porcentaje asignado ha superado el máximo establecido. El concepto de gasto toma la asignación presupuestal máxima, y el excedente se distribuye equitativamente entre los conceptos de gasto de la misma línea de inversión.
B: Proceso de Redistribución
Redistribución Inicial: Si el porcentaje inicial asignado supera el techo, se redistribuye la diferencia entre el porcentaje de votos estandarizados y el techo. Este porcentaje sobrante se redistribuye entre cada concepto de gasto.
Estandarización de la Redistribución: La variable de redistribución se estandariza para que la suma sea el total del presupuesto asignado.
Iteraciones del Proceso: Estos pasos se repiten aproximadamente tres veces para asegurar que todos los datos normalizados a la asignación del componente de inversión determinado por el CONFIS queden dentro de los rangos de piso y techo.
Redistribución dentro de la Línea de Inversión: Si no se puede redistribuir el residuo entre los conceptos de gasto de la misma línea de inversión, este se redistribuye entre los conceptos de gasto que no hayan alcanzado el porcentaje máximo dentro del objetivo estratégico.
Redistribución dentro del objetivo estratégico: Si todos los conceptos de gasto del objetivo estratégico han alcanzado el máximo, el residuo se redistribuye equitativamente entre todos los conceptos de gasto del componente de Presupuestos Participativos que no hayan alcanzado el máximo.
Este mecanismo asegura que todos los porcentajes finales estén dentro de los rangos establecidos y que el presupuesto se utilice de manera eficiente y equitativa.
Para esto, dicho proceso se repite hasta que no haya más residuos por redistribuir dentro de los conceptos de gasto de la misma línea de inversión.
A continuación, se presenta la formulación para la identificación de los casos previamente descritos:
Cómo punto de partida se calcula el porcentaje de votos alcanzados para un concepto de gasto específico dividiendo el número de votos recibidos por ese concepto entre el número total de votos obtenidos por localidad. Donde:
Pi: Porcentaje de votos alcanzados para el concepto de gasto i. Vi: Número de votos para el concepto de gasto i. Vt.: Número total de votos para todos los conceptos de gasto.
Se realiza la estandarización de los votos sobre el porcentaje designado que se encuentra en juego, para esto divide el porcentaje de votos alcanzados entre el porcentaje asignado por el CONFIS. Esto ajusta el valor de para que se considere en un rango determinado. Donde: Ei: Porcentaje de votos estandarizado sobre el 20% en juego para el concepto de gasto i.
Pi: Porcentaje de votos alcanzados para el concepto de gasto i.
En la distribución porcentual asignada al concepto de gasto, es crucial garantizar que los porcentajes de votos estandarizados se ajusten a los rangos previamente establecidos para cada concepto de gasto. La fórmula del porcentaje inicial a asignar permite realizar este ajuste de manera precisa, asegurando que cada asignación esté dentro de los límites permitidos (piso y techo).
La fórmula para calcular el porcentaje inicial a asignar se define de la siguiente manera:
Donde:
Ai: Porcentaje inicial asignado ajustado para el concepto de gasto i. Ei: Porcentaje de votos % para el concepto de gasto i. Hi: Valor del piso del rango para el concepto de gasto i. Ii: Valor del techo del rango para el concepto de gasto i.
En caso de presentarse ESCENARIO C:
Si ocurre la situación C, significa que el porcentaje de votos estandarizado es mayor que el valor del techo. En este caso, el porcentaje inicial a asignar se ajustará al valor máximo y el residuo se redistribuirá entre los otros conceptos de gasto de la misma línea de inversión.
El residuo se calcula como:
Redistribución del Residuo
El residuo se redistribuye equitativamente entre los conceptos de gasto que no han alcanzado el techo. Esto se hace añadiendo una parte proporcional del residuo al porcentaje inicial para cada concepto de gasto de la misma línea de inversión que está por debajo del techo. Donde:
Ai: Porcentaje inicial asignado ajustado para el concepto de gasto i. Ei: Porcentaje inicial antes de la redistribución para el concepto de gasto i. S: Residuo total a redistribuir. N: Número líneas de inversión por cada concepto de gasto.
Estandarización de la redistribución
La variable de redistribución se estandariza para que la suma total sea del porcentaje establecido. Este proceso se repite hasta que todos los conceptos de gasto se encuentren dentro del rango permitido.
La estandarización se hace de la siguiente manera para cada concepto de gasto i.
Donde:
Riest Porcentaje estandarizado de redistribución para el concepto de gasto i. Ai: Porcentaje inicial asignado ajustado para el concepto de gasto i. AT: Total del porcentaje asignado.
En caso de presentarse SITUACIÓN C, además de identificar la imposibilidad de realizar la redistribución % sobre la línea de inversión1 Donde:
Bi: Porcentaje asignado ajustado para el concepto de gasto i. Ei: Porcentaje inicial antes de la redistribución para el concepto de gasto i. S: Residuo total a redistribuir. N: Número líneas de inversión por cada Objetivo Estratégico.
El establecimiento de rangos presupuestales y de reasignación de residuos entre los conceptos de gasto, busca respetar de manera general la decisión ciudadana mediante la asignación de votos a conceptos de gasto, bajo los siguientes preceptos:
El concepto de gasto es la unidad de medida mínima.
Las líneas de inversión cumplen la función de agrupar conceptos de gasto semejantes y similares. Redistribuir los residuos en la línea de inversión, tiene coherencia en la agrupación de los conceptos de gasto y pretende respetar la decisión ciudadana en la medida del establecimiento de los rangos presupuestales aprobados por el CONFIS. . Los objetivos estratégicos cumplen la función de agrupar líneas de inversión semejantes y similares. Redistribuir los residuos en el objetivo estratégico, tienen coherencia y respeta la decisión ciudadana en la medida del establecimiento de los rangos presupuestales aprobados por el CONFIS.
Los resultados del proceso de elección y priorización ciudadana deberán ser publicados en la página web de cada una de las Alcaldías Locales y serán socializados por cada Alcaldía Local con el Consejo Local de Planeación y la Junta Administradora Local, así como las demás instancias y organizaciones que presentasen interés en conocer los resultados del proceso.
2.3.1 Consolidación de resultados de la priorización porcentual de los recursos de inversión para el componente de Presupuestos Participativos
Este proceso consiste en la consolidación de la información que hará parte del acta de resultados de la asignación de prioridades a los conceptos de gasto que integran el componente de inversión de Presupuestos Participativos y que fueron designados por la ciudadanía participante del proceso, mediante el diligenciamiento del Formato BDL-03 Acta Final de Resultados por parte de la Alcaldía Local.
Para el correcto diligenciamiento del formato mencionado deben desarrollarse los siguientes pasos:
I. Socialización de los resultados en una sesión con las Alcaldías Locales, liderada por la CGPP. Producto de dicha sesión, la CGPP realizará el envío de las matrices de priorización de conceptos de gasto, desagregado por cada Alcaldía Local.
II. Construcción del acta de resultados. Una vez finalizado el proceso de socialización, la CGPP realizará el envío del formato dispuesto para la consolidación del acta de resultados, así como la matriz de conteo de votos y de reasignación de porcentajes (%). La información alli contenida no deberá incluir la identificación de los participantes, en cumplimiento a la política de tratamiento de datos personales del distrito.
III. Presentación del acta de resultados Formato BDL-03 Acta Final de Resultados. Una vez finalizado el proceso de construcción y consolidación del acta de resultados, la Alcaldía Local deberá proceder a la socialización de los resultados obtenidos con la Junta Administradora Local, el Consejo Local de Planeación y las demás organizaciones e instancias interesadas en el proceso
IV. Socialización pública del acta de resultados. Los resultados del ejercicio serán presentados a la ciudadanía a través de un espacio abierto al público que podrá ser transmitido a través de las redes sociales y/o los demás mecanismos de comunicación que fuesen definidos por parte de la Alcaldía Local. Para el cierre del acto, se realizará la firma del Anexo 7. Acta final de resultados por parte del alcalde o alcaldesa local, los representantes del CPL, la Junta Administradora Local y demás actores presentes en el acto protocolario, según el formato dispuesto.
V. Publicación y difusión del Acta final de resultados. El Acta debe ser publicada en las carteleras físicas, página web y redes sociales oficiales de la Alcaldía Local. Así mismo, la Alcaldía Local enviará por medio de correo electrónico el Acta de resultados a la Junta Administradora Local y al Consejo Local de Planeación.
2.4 INCORPORACIÓN DE LAS DECISIONES
El Numeral 6 de la Circular 006 de 2024 señala, en lo relacionado con el: "ajuste, presentación y trámite ante la JAL del proyecto de acuerdo del Plan de Desarrollo Local”, estableciendo lo siguiente: “una vez finalizada la mesa de concertación, el Alcalde o Alcaldesa Local ajustará el proyecto de plan con base al resultado de la mesa de concertación" e incorporará en el plan plurianual de inversiones el resultado del ejercicio de participación relacionado con la distribución porcentual del componente de presupuestos participativos, de acuerdo con las líneas de inversión y conceptos de gasto definidos por el CONFIS para dicho componente en la localidad."
En ese sentido, los alcaldes y alcaldesas locales deberán aplicar los porcentajes definidos en el proceso participativo a través de la presente ruta metodológica en la programación presupuestal anual del horizonte del Plan de Desarrollo Local y solamente con excepción de lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 5 del Decreto Distrital 495 de 2023, podrán realizar modificaciones y ajustes, debidamente justificadas por razones técnicas, jurídicas debidamente motivadas y sustentadas. Estas, deben ser señaladas en el documento de proyecto de presupuesto de ingresos y gastos que elabore cada alcaldía local.
3. ESTRATEGIA DE FORMACIÓN Y PEDAGOGIA DEL PROCESO.
Con la finalidad de fortalecer las capacidades democráticas de la ciudadanía que participa en el proceso de distribución porcentual del componente de Presupuestos Participativos en los Planes de Desarrollo Local, de manera transversal y centrada en la generación de escenarios de pedagogía, se contemplan las siguientes acciones de formación dirigidas a las y los funcionarios/colaboradores que hacen parte del proceso, tanto a nivel central como local, y a los líderes ciudadanos, con el objetivo de que estas personas repliquen el proceso formativo; a través de los siguientes momentos:
A: Generación de capacidades democráticas.
La Coordinación General de Presupuestos Participativos, realizará un proceso de capacitación, pedagogía y apropiación de la estrategia, las herramientas y los instrumentos para la implementación, en dos momentos. En un primer momento, se realizarán 2 jornadas de capacitación por parte de la CGPP a los grupos de participación y/o planeación de las Alcaldías Locales.
Los temas a tratar en estas jornadas son:
1. Generalidades sobre la primera fase de Presupuestos Participativos. a) ¿Qué es?; y ¿Para qué sirve? b) Estrategia de promoción de la participación.
2. Socialización de la Caja de Herramientas.
3. Estrategia de votación y elección de las líneas de inversión y conceptos, y pilotaje "Chatico" en las Alcaldías Locales.
En un segundo momento, la Gerencia de Escuela de la Participación del IDPAC realizará una jornada con cada equipo de las alcaldías, el IDPAC, y sectores que componen la administración distrital y con competencias sobre los conceptos de gasto, en donde dictará un curso taller sobre cómo formar a la ciudadanía de manera pedagógica para el proceso de la distribución porcentual del componente de Presupuestos Participativos en los Planes de Desarrollo 2025 2028, para que a través de estas herramientas puedan realizar jornadas de réplica con la ciudadanía en las distintas localidades. Así mismo, la Gerencia de Escuela de la Participación del IDPAC realizará un curso - taller a las y los delegados de cada uno de los Consejos de Planeación Local de las localidades.
Las jornadas de los cursos taller, tendrán una duración de 06 horas, las cuales se dividirán en 05 horas presenciales de manera sincrónica y una de trabajo autónomo asincrónico, estas serán certificadas de manera digital por el IDPAC a quienes completen todo el taller. Para asistir a estas jornadas deberá realizarse una inscripción previa en el enlace dispuesto para tal fin por parte de la Gerencia de Escuela.
Es de vital importancia que las y los miembros de los Consejos de Planeación Local, las y los funcionarios, colaboradores y contratistas de las Alcaldías Locales, así como del IDPAC, que intervengan en el ejercicio de la distribución porcentual de los recursos de inversión del componente de Presupuestos Participativos, realicen el curso taller de formación dispuesto, de manera que adquieran los conocimientos y herramientas necesarias para la difusión, desarrollo del proceso.
B: Replicas Formativas.
Los actores que recibirán la pedagogía para hacer réplicas formativas son los siguientes:
Equipos de participación y/o planeación de las Alcaldías Locales.
Equipos territoriales del IDPAC.
Delegados de los sectores para las localidades.
Consejos de Planeación Local.
Estos grupos deberán realizar jornadas de réplica de formación en cada una de las localidades a las instancias de participación, organizaciones sociales, juntas de acción comunal, medios comunitarios, parceros, ciudadanía en general, etc.
C: Cronograma estrategia de formación y pedagogía
La confirmación del cronograma y la citación se realizará a través de la Coordinación General de Presupuestos Participativos.
4. ESTRATEGIA DE PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA PARTICIPACIÓN
Las Alcaldías Locales con el acompañamiento y pedagogía definida por parte del IDPAC, tendrán autonomía para desarrollar su estrategia presencial y de comunicaciones aplicable a todas las etapas del proceso, atendiendo a las características propias de su territorio y su capacidad institucional. Las Alcaldías Locales podrán establecer canales de difusión a través de medios de comunicación comunitarios, de igual manera, deberán garantizar los recursos para la implementación de dichas estrategias.
La Alcaldía Local, según sus capacidades técnicas, humanas, funcionales, presupuestales, técnicas y tecnológicas podrá brindar apoyo tecnológico para el desarrollo de foros, capacitaciones, deliberaciones con la ciudadanía interesada en participar en el proceso, a fin de sensibilizar a la ciudadanía y fortalecer la participación en el proceso.
Las Alcaldías Locales, el IDPAC y demás entidades podrán desarrollar una estrategia logística para la implementación de jornadas itinerantes o móviles de puntos de priorización digital que permitan la participación de la ciudadanía interesada, atendiendo a las características propias de su capacidad institucional.
La CGPP brindará los modelos de formatos y directrices generales para el desarrollo del proceso que serán socializados de manera oportuna con todas las Alcaldías Locales. Estos modelos podrán incluir acciones para la territorialización de la estrategia de participación, estrategias comunicativas para la difusión del proceso, acciones articuladas entre las Alcaldías Locales y el nivel central, entre otras.
Adicionalmente, la SDG y el IDPAC podrán desarrollar otras acciones pedagógicas complementarias para masificar la participación en el proceso de priorización, atendiendo a su capacidad institucional. Entre las estrategias de promoción para la participación se podrán contemplar, entre otras, las siguientes acciones indicativas:
Recorridos territoriales.
Puntos de acceso a internet en lugares de fácil acceso por localidad.
Estrategias en redes sociales.
Llamadas telefónicas.
Trabajo articulado con medios de comunicación comunitarios locales.
Asistencia a colegios y sedes educativas.
Estrategia de comunicación en puntos vive digital.
Otras modalidades de trabajo que propongan las Alcaldías Locales.
Puntos estratégicos en centros comerciales o puntos de afluencia masiva de ciudadanía.
La estrategia para el fortalecimiento de la participación y su correspondiente difusión es transversal al proceso participativo, y deberá centrarse en la generación de escenarios de socialización y pedagogía que faciliten la participación ciudadana activa e informada de la comunidad en general, las organizaciones sociales y las instancias de participación.
Estrategia dirigida a funcionarios/funcionarias, servidores/servidoras públicas: Estrategia dirigida a comunidad en general, organizaciones sociales e instancias de participación:
Los sectores y entidades distritales, de acuerdo con su competencia, promoverán la vinculación de las instancias de participación local relacionadas con su sector y apoyarán los ejercicios de pedagogía, necesarios para llevar a cabo la priorización de la distribución porcentual del componente de Presupuestos Participativos.
La CGPP promoverá la gestión articulada con la Alta Consejería de Comunicaciones de la Secretaría General para difundir masivamente la información del proceso. Esta acción estará acompañada de la articulación con las áreas de comunicación de la CGPP y los sectores/entidades de la para generar acciones de difusión. La estrategia desarrollada deberá garantizar un lenguaje claro, incluyente[2] y de fácil comprensión para la ciudadanía, para lo cual las Alcaldías Locales y los sectores/entidades competentes deberán generar piezas comunicativas y estrategias pedagógicas que faciliten la comprensión ciudadana. Durante la ejecución de la estrategia,
Los Consejos de Planeación Local - CPL, en el marco de sus competencias, podrán promover y difundir el proceso a través de jornadas de socialización y réplicas pedagógicas del ejercicio con las organizaciones y asociaciones que representan en sus localidades.
Para tal fin, las y los integrantes de los CPL podrán realizar el curso taller de formación que desarrollará el IDPAC sobre el proceso participativo, de manera que adquieran los conocimientos y herramientas necesarias para promover el proceso. No obstante, la finalización de este curso taller no es un requisito habilitante para la participación de los consejeros de planeación local en el desarrollo del proceso.
5. OTRAS DISPOSICIONES
Entendiendo las dificultades para el acceso a las tecnologías, particularmente en las áreas rurales, las localidades podrán desarrollar jornadas de socialización, difusión y participación ciudadana mediante el uso de estrategias y metodologías que se adapten a la comunidad y el territorio, de manera que estas respondan de manera óptima garantizando la plena participación ciudadana.
Para el caso de la localidad de Sumapaz el proceso participativo se podrá desarrollar de manera análoga con ocasión a las condiciones territoriales, comunitarias, y, bajo previa solicitud de la Alcaldía Local, quien garantizará el establecimiento de un mayor número de puntos físicos de votación en donde se desarrolle el proceso participativo con el uso exclusivo de mecanismos análogos y tarjetones físicos impresos en atención a las reglas establecidas en el momento 2.
Bajo lo anterior, la Alcaldía Local de Sumapaz deberá realizar la digitalización y sistematización de la totalidad de los tarjetones utilizados, entregando así, el consolidado de la totalidad de votos recibidos y asignados a cada concepto de gasto, lo cual garantizará el soporte suficiente en la consolidación y firma del Anexo 7. Acta Final de Resultados Bogotá Distribuye la Local.
6. CRONOGRAMA RUTA METODOLÓGICA PARA LA DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTAL DE LOS RECURSOS DE INVERSIÓN DEL COMPONENTE DE LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
7. CAJA DE HERRAMIENTAS
Para facilitar el proceso de Presupuestos Participativos la CGPP pondrá a disposición de las Alcaldías Locales y los sectores/entidades una caja de herramientas que contendrá como mínimo la siguiente información:
Cordialmente,
ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA
Secretario Distrital de Planeación
GUSTAVO ALBERTO QUINTERO ARDILA
Secretario Distrital de Gobierno
JUAN PABLO CAMACHO LÓPEZ
Director General
Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal IDPAC.
NOTA: Ver norma original en Anexos.
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