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RESOLUCIÓN 751 DE 2024
(Noviembre 01)
Por la cual se ordena el cierre temporal de la Biblioteca El Parque ubicada en el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera
LA SECRETARIA DE DESPACHO (E)
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022 y el Decreto Distrital 371 del 24 de octubre de 2024
CONSIDERANDO
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.
Que dentro de las funciones del Despacho de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, le corresponde articular las acciones de la administración distrital tanto en el sector como a nivel intersectorial en materia de su competencia y dirigir las intervenciones culturales, recreativas y deportivas integrales, promoviendo las transformaciones culturales necesarias para la Administración Distrital y la sociedad con el fin de garantizar el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes, así como para incorporar lo cultural, lo recreativo y deportivo en políticas y planes sectoriales, territoriales y poblacionales. Adicionalmente, también le asiste como competencia las demás que le atribuya la ley, los acuerdos, decretos y reglamentos distritales vigentes, de acuerdo con su naturaleza.
Que el artículo 22 del Decreto Distrital 340 de 2020, establece que la Dirección de Lectura y Bibliotecas de la SCRD tiene las siguientes funciones:
"Artículo 22º. Dirección de Lectura y Bibliotecas. Son funciones de la Dirección de Lectura y Bibliotecas, las siguientes:
(…)
c) Dirigir la operación, el fortalecimiento, la modernización y el desarrollo de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C., de conformidad con el Acuerdo Distrital 644 de 2016 y el Decreto Distrital 624 de 2016, y demás normas que lo complementen o lo modifiquen.
(…)
m) Coordinar con Biblored las estrategias de cooperación interinstitucional en los territorios para promover a nivel local el desarrollo de los servicios bibliotecarios y los programas de lectura, escritura y cultura digital.
Que la Red Distrital de Bibliotecas Públicas está conformada por 147 espacios de lectura compuestos por 6 Bibliotecas Mayores, 24 Bibliotecas locales, de barrio y carcelarias, 1 Biblioteca Digital, 12 Bibloestaciones, 95 PPP, 4 Salas de Lectura, 2 módulos bibliotecas de la confianza, 2 bibliotecas itinerantes y 1 Biblomóvil, a través de los cuales se prestan los servicios básicos y complementarios se promueve y facilita el aprendizaje entre los ciudadanos desde el nacimiento, y a lo largo de la vida, a través del fortalecimiento de las capacidades de los usuarios para acercarse a las prácticas artísticas, la lectura, la escritura y la apropiación del conocimiento. Además, reconoce la importancia de eliminar brechas sociales y emprende estrategias que incluyen la alfabetización inclusiva y las actividades de extensión bibliotecaria, entre otros programas.
Que el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES y la Secretaría de Cultura, Recreación y Reporte - SCRD, suscribieron el Convenio Interadministrativo No. 2710- 2024, cuyo objeto es el de “Aunar recursos técnicos, administrativos y humanos entre el Instituto Distrital De Las Artes - IDARTES y la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte SCRD con el propósito de articular estrategias que permitan la estructuración, fortalecimiento y circulación de experiencias artísticas para la primera infancia en la Red Distrital de Bibliotecas Públicas (BibloRed) y facilitar el contacto con la lectura, el arte, la ciencia y la cultura, así como la vinculación a dicha Red de la biblioteca ubicada en el Parque Nacional como una biblioteca especializada en público infantil.”
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá dio inicio desde el día 09 de septiembre de 2024 a acciones de recuperación del Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, posterior al tiempo de permanencia intermitente por parte de la comunidad indígena Emberá con el fin de recuperar el escenario recreo-deportivo, desde la vegetación, la infraestructura y el patrimonio cultural. Para ello, se estableció un protocolo de tres pasos: Recuperación, cuidados intensivos y sostenibilidad y apropiación del parque.
Que para el cumplimiento de los tres pasos anteriormente señalados, se tienen desde la administración distrital a través de la Secretaría Distrital de Ambiente, la Secretaría Distrital de Salud, el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, actividades a desarrollar entre las que se encuentran, entre otras las de: Fumigación y control de vectores, Recuperación de zonas verdes, Instalación de luminarias, Mejoramiento de espacios recreo-deportivos, Recuperación del mobiliario público, por lo que fue se hace necesario cerrar el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera de manera temporal.
Que, por lo anterior, se hace necesario el cierre temporal de las Instalaciones ubicadas en el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera, entre ellas la Biblioteca El Parque por dos (2) meses o hasta que termine la aplicación del protocolo de intervención, necesario para adelantar por parte de las diferentes entidades del Distrito las acciones necesarias para la recuperación del escenario recreo-deportivo, su vegetación, infraestructura y patrimonio cultural.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo Primero: Ordenar el cierre temporal de la Biblioteca El Parque ubicada en el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera de la ciudad de Bogotá, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo Segundo: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, solicitar la publicación del presente acto administrativo en la página de Régimen Legal.
Artículo Tercero: Ordenar a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el contenido del presente acto administrativo en la intranet y en la página web de la entidad
Artículo Cuarto: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y tendrá vigencia mientras se ejecutan las actividades necesarias, por parte de las diferentes entidades distritales, para la recuperación del escenario recreo-deportivo, su vegetación, infraestructura y patrimonio cultural, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 01 días del mes de noviembre del año 2024. NATHALIA RIPPE SIERRA
Secretaría de Despacho (E)
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
NOTA: Ver norma original en Anexos. |