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Circular 055 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Fecha de Expedición:
08/10/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/10/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 055 DE 2018

 

(Octubre 08)

 

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y DIRECTORES (AS) DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, SOCIEDADES MIXTAS, ENTE UNIVERSITARIO, HOSPITALES, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES, VEEDOR DISTRITAL Y CONTRALOR DISTRITAL LOCALES.

 

De: OFICINA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

 

Asunto: Solicitud de Actualización de Información Sitios Web Institucionales Entidades del Distrito Capital.

 

Radicado: 2-2018-25182

 

Respetados funcionarios y funcionarias,

 

Con el fin de mantener un registro actualizado sobre el estado actual de los sitios web institucionales y actualizar la base de contactos de los web masters y/o responsables web de las Entidades del Distrito Capital. La Alta Consejería Distrital de TIC les solicita atentamente responder la siguiente encuesta de carácter prioritario en un término no mayor a 30 días.

 

En caso de tener alguna inquietud sobre la misma pueden comunicarse con el ingeniero Fabián Hernández a través del correo electrónico: fhernandezn@alcaldiabogota.gov.co.

 

Enlace a la encuesta: https://goo.gl/qFK4MM

 

Cordialmente,

 

MIGUEL ANTONIO DÍAS PRADA

 

Alto Consejero Distrital de TIC (E)

 

Anexos: N.A.

Proyectó: Fabián Hernández Nieto

Revisó: Mariana Acuña González

Aprobó: Miguel Antonio Díaz Prada

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.