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Resolución 2004 de 2024 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
15/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52917 del 22 de octubre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2004 DE 2024

 

(Octubre 15)

 

Por medio de la cual se designan los representantes que conformarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud – CNTHS.

 

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

En ejercicio de las facultades legales y en desarrollo de lo establecido en el artículo 5o de la Ley 1164 de 2007 y en particular, de los artículos 2 y 5 del Decreto 1730 de 2008; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 1164 de 2007 creó el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud- CNTHS, como un organismo asesor del Gobierno Nacional, de carácter y consulta permanente para la definición de políticas, encaminadas al desarrollo del Talento Humano en Salud.

 

Que el artículo 5o de la Ley 1164 de 2007 estableció la integración de los miembros del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud y otorgó a Gobierno Nacional la facultad de reglamentar los mecanismos de escogencia de los representantes señalados en los literales c), d), e), f), g), h), e i) del mencionado artículo.

 

Que en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 5o de la Ley 1164 de 2007, la Presidencia de la República de Colombia, expidió el Decreto 1730 de 2008 "Por medio del cual se reglamentan los mecanismos de escogencia de los representantes al Consejo Nacional de Talento Humano en Salud".

 

Que la Dirección de Desarrollo de Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social, conforme a lo ordenado en el artículo 2o del Decreto 1730 de 2008, realizó la convocatoria pública para la escogencia de los miembros del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud -CNTHS, distintos a los pertenecientes a la Administración Pública Nacional de que tratan los literales c), d), e), f), g), h), e i) del artículo 5o de la Ley 1164 de 2007.

 

Que la convocatoria pública se realizó a través de la página web www.minsalud.gov.co y el diario La República, donde se hizo una invitación abierta a las asociaciones y egresados para que, de manera concertada, llevaran a cabo la selección y envío de ternas para la designación de representantes ante el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud (CNTHS). Se establecieron como requisitos la presentación del certificado de existencia y representación legal de la asociación u organización, el nombre completo de los candidatos con copia de su documento de identidad, una carta de aceptación de la postulación y un formato con información personal.

 

Que conforme a los términos y lineamientos establecidos en la convocatoria pública realizada por el Ministerio de Salud y Protección Social para la elección de los representantes ante el Consejo Nacional del Talento Humano en Salud - CNTHS, las siguientes organizaciones de manera conjunta presentaron ternas en cumplimiento del artículo 5 de la Ley 1164 de 2007 así:


 

  

Que, el detalle de la postulación de las ternas efectuadas por las Asociaciones y Egresados para la designación de los representantes ante el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud -CNTHS, se presentó de la siguiente manera:

 

1. Literal c) del artículo 5 de la Ley 1164 de 2007: Dos representantes de las asociaciones de las facultades de los programas del área de la salud, uno del sector público y uno del sector privado.

 

a) En representación de las facultades de los programas del área de la salud del sector público:

 

1. Jesús Becerra Camargo - Profesional en Química Farmacéutica

2. Yaneth Mercedes Parrado Lozano - Profesional en Enfermería

3. Augusto Muñoz Caicedo - Profesional en Fonoaudiología

 

b) En representación de las facultades de los programas del área de la salud del sector privado:

 

1. Gloria Mercedes Balen Trujillo - Profesional en Odontología

2. Natalia Mejía Gaviria - Profesional en Medicina

3. Diana María Agudelo Vélez - Profesional en Psicología

 

2. Literal e) artículo 5 de la Ley 1164 de 2007: Un (1) representante de los egresados de los programas de educación superior del área de la salud.

 

1. Dora Patricia Bernal Campo - Profesional en Medicina

2. Edilma Marlen Suárez Castro - Profesional en Enfermería

3. Esteban Bustamante Estrada Profesional en Odontología

 

3. Literal g) artículo 5 de la Ley 1164 de 2007: Un (1) representante de las asociaciones de estudiantes de programas del área de la salud.

 

1. Julián Esteban Bautista Ramos Profesional en Fisioterapia

2. Nicole Vannesa Mancipe Rubiano - Profesional en Enfermería

3. Katerine Andrea Acero González Profesional en Medicina

 

4. Literal h) artículo 5 de la Ley 1164 de 2007: Un (1) representante de las asociaciones de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS).

 

1. Julio Cesar Castellanos - Profesional en Medicina

2. Edgar Silvio Sánchez Villegas - Profesional en Medicina

3. Oscar Alonso Dueñas Araque - Profesional en Medicina

 

Que las personas postuladas en las ternas manifestaron no encontrarse inmersas en causales de inhabilidad o incompatibilidad de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del Decreto 1730 de 2008.

 

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 1730 de 2008, para la elección de los representantes, la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud ponderó los criterios señalados en el formato de postulación, a saber: a) formación académica, b) experiencia profesional, académica, gremial y administrativa, c) pluralidad de representación de las profesiones y, d) participación equitativa entre hombres y mujeres.

 

Que del análisis realizado y con base en los resultados de la ponderación los mayores puntajes fueron los considerados para la designación de cargos como principal y suplente así:

 

Como representantes de las facultades de los programas del área de la salud del sector público a:

 

PRINCIPAL

Jesús Becerra Camargo

SUPLENTE

Yaneth Mercedes Parrado Lozano

 

Como representantes de las facultades de los programas del área de la salud del sector privado a:

 

PRINCIPAL

Gloria Mercedes Balen Trujillo

SUPLENTE

Natalia Mejía Gaviria

 

Como representantes de los egresados de los programas de educación superior del área de la salud a:

 

PRINCIPAL

Esteban Bustamante Estrada

SUPLENTE

Dora Patricia Bernal Campo

 

Como representantes de las asociaciones de estudiantes de programas del área de la salud a:

 

PRINCIPAL

Nicole Vannesa Mancipe Rubiano

SUPLENTE

Julian Esteban Bautista Ramos

 

Como representantes de las asociaciones de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) a:

 

PRINCIPAL

Oscar Alonso Dueñas Araque

SUPLENTE

Julio Cesar Castellanos

 

Que no se presentó terna por parte de las asociaciones y egresados para la designación de representantes de los literales d) Un (1) representante de los egresados de las instituciones educativas con programas de educación no formal en el área de salud; f) Un (1) representante de las asociaciones de las ocupaciones del área de la salud e i) Un representante de las asociaciones de las entidades aseguradoras (EPS/ARS) o quien haga sus veces, conforme a lo establecido en el artículo 5o de la Ley 1164 de 2007, razón por la cual, se procedió a la designación por parte de este Despacho, de una persona de reconocida calidad e idoneidad que represente a dichas asociaciones, de conformidad con lo señalado en el artículo 5° del Decreto 1730 de 2008, así:

 

Como representantes de los egresados de las instituciones educativas con programas de educación no formal en el área de salud a:

 

PRINCIPAL

Gladys Mery Martin Bernal

SUPLENTE

Angela Sirley Perez Méndez

 

Como representantes de las asociaciones de las ocupaciones del área de la salud a:

 

PRINCIPAL

Sandra Milena Jiménez Méndez

SUPLENTE

Carlota Castro Quintana

 

Como representantes de las asociaciones de las entidades aseguradoras (EPS/ARS- hoy EPS del régimen contributivo y subsidiado) a:

 

PRINCIPAL

Julio Alberto Rincón Ramirez

SUPLENTE

Carlos Enrique Cárdenas Rendón

 

Que, en la sesión ordinaria del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud del 15 de julio de 2014, para esta selección el Ministerio tiene en cuenta los principios de pluralidad entre profesiones y ocupaciones, representatividad y heterogeneidad.

 

En mérito de lo expuesto, este Despacho

 

RESUELVE:

Artículo 1. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las facultades de programas del área de la salud del sector público, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Jesús Becerra Camargo

C.C. 7.217.944

SUPLENTE

Yaneth Mercedes Parrado Lozano

C.C. 41.788.675

 

Artículo 2. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las facultades de los programas del área de la salud del sector privado, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Gloria Mercedes Balen Trujillo

C.C. 51.985.779

SUPLENTE

Natalia Mejía Gaviria

C.C. 52.028.882

 

Artículo 3. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las instituciones educativas con programas de educación no formal en el área de salud, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Gladys Mery Martin Bernal

C.C. 23.693.923

SUPLENTE

Angela Sirley Perez Méndez

C.C. 35.264.008

 

Artículo 4. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de los programas de educación superior del área de la salud, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Esteban Bustamante Estrada

C.C. 71.746.458

SUPLENTE

Dora Patricia Bérnal Campo

C.C. 29.108.092

 

Artículo 5. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las asociaciones de las ocupaciones del área de la salud, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Sandra Milena Jiménez Méndez

C.C. 52.856.623

SUPLENTE

Carlota Castro Quintana

C.C. 36.175.573

 

Artículo 6. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las asociaciones de estudiantes de programas del área de la salud, quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión.

 

PRINCIPAL

Nicole Vannesa Mancipe Rubiano

C.C. 1.014.288.925

SUPLENTE

Julian Esteban Bautista Ramos

C.C. 1.233.694.618

 

Artículo 7. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las asociaciones de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión.

 

PRINCIPAL

Oscar Alonso Dueñas Araque

C.C. 7.224.090

SUPLENTE

Julio Cesar Castellanos

C.C 80.351.105

 

Artículo 8. Nombrar a los siguientes profesionales como representantes de las asociaciones de las entidades aseguradoras (EPS/ARS- hoy EPS del régimen contributivo y subsidiado), quienes integrarán el Consejo Nacional de Talento Humano en Salud por un periodo de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión:

 

PRINCIPAL

Julio Alberto Rincón Ramirez

C.C. 70.412.095

SUPLENTE

Carlos Enrique Cárdenas Rendón

C.C. 71.628.297

 

Artículo 9. Los representantes de las asociaciones u organismos mencionados en la presente resolución son nombrados conforme a lo previsto en el artículo 4° del Decreto 1730 de 2008. Dichos representantes podrán ser designados nuevamente por un periodo igual.

 

Artículo 10. Los miembros elegidos mediante la presente resolución deberán tomar posesión de sus cargos ante el Ministro de Salud y Protección Social o ante quien este delegue, en un periodo no superior a (10) días contados a partir de la expedición del presente acto administrativo.

 

Artículo 11. Notificar el contenido de la presente resolución a los designados y a las organizaciones que presentaron las ternas, a sus apoderados o a quienes autoricen para tal efecto, conforme a lo previsto en el artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 12. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación y contra la misma procede recurso.

 

PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C. a los 15 días del mes de octubre del año 2024.

 

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTINEZ

 

MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.