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Resolución Reglamentaria 032 de 2024 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
28/11/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8205 del 04 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 032 DE 2024

 

(Noviembre 28)

 

Por la cual se adopta la nueva versión para algunos procedimientos del proceso Gestión del Talento Humano, se crea uno y se dictan otras disposiciones

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo No. 658 de 2016[1] y

 

CONSIDERANDO

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, establece como obligación de las autoridades diseñar y aplicar en las entidades públicas, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993[2] se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, los procedimientos para la ejecución de procesos, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Acuerdo 658 de 2016, regula en el artículo 6 la autonomía administrativa, en virtud de la cual, corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y los respectivos acuerdos vigentes.

 

Que la Contraloría de Bogotá D.C. mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 8 de octubre de 2018, adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno - MECI- e incorporó la estructura definida en la dimensión No. 7 Control Interno, del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

 

Que la Entidad expidió la Resolución Reglamentaria No. 033 del 15 de diciembre de 2023, por medio de la cual adopta entre otros, los procedimientos PGTH-09 Procedimiento para la Seguridad Social, PGTH-14 Procedimiento para Elaboración, Ejecución y Evaluación Plan de Bienestar Social e Incentivos y PGTH-15 Procedimiento para Formulación, Seguimiento y Evaluación del Plan de Trabajo Anual SG-SST.

 

Que la Auditoria General de la República - AGR, en la auditoría financiera y de gestión de la vigencia 2023 aplicó la Matriz de Riesgos y Controles, para los procesos clave de la entidad, con el objeto de examinar la forma como la Contraloría de Bogotá D.C, aplica los principios de control dentro de sus operaciones; verificando, la eficacia y efectividad de los controles previstos para asegurar sus procedimientos y minimizar el impacto de los riesgos a que se ven expuestos en el cumplimiento del objeto misional.

 

Que como resultado de la evaluación "se identificaron deficiencias del sistema de controles en el proceso de Talento Humano, que aunque no llevaron a la materialización de riesgos, desconocen el compromiso que tienen todos los Organismos y entidades del Estado en todos sus órdenes, de adoptar un sistema de control que fortalezca el cumplimiento cabal y oportuno de las funciones del Estado, evidenciando que no se adecúa a lo consagrado en el artículo 1 y 2 de la Ley 87 de 1993 y en el artículo 2.2.21.1.1 del Decreto 1083 de 2015”[3]

 

Que como consecuencia de lo evidenciado por la AGR el equipo de gestores de calidad del proceso Gestión del Talento Humano, decidió implementar acciones para atender los resultados de dicha auditoría, creando un nuevo procedimiento y actualizando los existentes con la inclusión de puntos de control para asegurar los mismos, minimizar el impacto de los riesgos y eliminar la causa del hallazgo consolidado por la AGR.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO. Crear el siguiente procedimiento dentro Proceso de Gestión del Talento Humano:

 

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Adoptar nuevas versiones para los siguientes procedimientos del Proceso de Gestión del Talento Humano:

 

 

ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores, jefes de oficina y gerentes velar por la administración, divulgación y cumplimiento de los documentos adoptados.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los numerales 4, 5, 6 y 7 de la Resolución Reglamentaria No. 033 del 15 de diciembre de 2023.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes noviembre del año 2024.

 

JULlÁN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ

 

Contralor de Bogotá D.C

 

Nota: Ver anexo y norma original en Anexos.


NOTAS AL PIE DE PAGINA:


[1] Modificado parcialmente por los Acuerdos Distritales 664 de 2017,881,886 Y 904 de 2023

[2] "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y Organismos del estado y se dictan otras disposiciones".

[3][3] Informe Final Auditoría Financiera y de Gestión, vigencia 2023.