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DECRETO LOCAL 017 DE 2024
(Diciembre 03)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010
CONSIDERANDO:
Que en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda en la vigencia fiscal 2024.
Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal al siguiente rubro presupuestal:
- Rubro 023011605570000001907 “Fortalecimiento al desarrollo local de Puente Aranda” la suma de MIL CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($1.133.250.000) M/CTE., recursos que garantizan el fortalecimiento tecnológico y logístico de la entidad para asegurar que cuente con los recursos adecuados para cumplir con sus objetivos y mejorar su desempeño. Este fortalecimiento aumentará la adquisición de nuevos equipos tecnológicos, mobiliario adecuado y la implementación de las infraestructuras necesarias para el desarrollo eficiente de las actividades.
Teniendo en cuenta las necesidades que se requieren satisfacer, es necesario que se traslade la suma de MIL CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($1.133.250.000) M/CTE.
Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda en el desarrollo del proyecto de inversión al que se le generará el contra crédito no se verá afectada la meta de la vigencia 2024 consagrada en el POAI toda vez que con los diferentes contratos suscritos en la vigencia se da cumplimiento a lo establecido en el Plan de Acción del Plan de Desarrollo Local y a los lineamientos definidos por la Secretaría de Integración Social; por tanto, en el siguiente rubro presupuestal se cuenta con los recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros:
Que mediante oficio No. No. 2-2024-66475 del 18 noviembre de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión del Fondo de Desarrollo local de Puente Aranda.
Que mediante oficio No. 2024EE43456501 del 03 de diciembre de 2024, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2024, por valor de MIL CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($1.133.250.000) M/CTE.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia
Artículo 4°. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de diciembre del año 2024.
VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ
Alcalde Local de Puente Aranda
Nota: Ver norma original en Anexos. |