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Acuerdo 946 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8225 del 24 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 946 DE 2024


(Diciembre 19)

 

Por medio del cual se dictan lineamientos para promover buenas prácticas para el ahorro de energía eléctrica y agua en la Ciudad de Bogotá D.C.

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 12 de la Ley 1801 de 2016, y los numerales 1°, 8° y 18° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA:


Ver Proyecto de Acuerdo 562 de 2024.

 

ARTÍCULO 1°. OBJETO. El objeto del presente Acuerdo es dictar lineamientos para promover buenas prácticas para el ahorro de energía eléctrica y agua en la ciudad de Bogotá D.C.

 

ARTÍCULO 2°. LINEAMIENTOS PARA LA PROMOCIÓN DE AHORRO DE AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL DISTRITO CAPITAL. En la implementación de los programas, estrategias y campañas para la promoción del ahorro de agua y energía eléctrica de la ciudad, se tendrán en cuenta como mínimo los siguientes lineamientos:

 

1. Promover la eficiencia en el uso equilibrado y armónico del agua y de la energía eléctrica.

 

2. Fomentar la organización, estructuración y funcionamiento de las estrategias de ahorro del consumo de agua y energía eléctrica.

 

3. Impulsar la participación y la capacitación de los servidores públicos, los colaboradores del distrito, la ciudadanía y el sector privado alrededor de las estrategias, medidas y acciones de ahorro de agua y energía eléctrica.

 

4. Incentivar la transformación cultural que lleve a adoptar comportamientos y mentalidades coherentes con el ahorro del agua y uso eficiente de la energía eléctrica en la ciudad.

 

5. Fortalecer el aprovechamiento de aguas lluvias en Bogotá.

 

6. Promover campañas de sensibilización sobre el ahorro de energía eléctrica y agua, junto con otras estrategias educativas pertinentes.

 

7. Realizar el seguimiento a los indicadores que evidencien la evolución del consumo de energía eléctrica y agua en la ciudad en el corto, mediano y largo plazo.


8. Evaluar los avances obtenidos en materia de disminución de consumo de energía eléctrica y agua en el distrito.

 

9. Propender la implementación y modernización de luminarias a tecnología led, así como por la instalación y mantenimiento de las luminarias y bombillas de bajo consumo en la ciudad.

 

10. Propender para que las instituciones estatales de carácter departamental y nacional que tengan sedes en territorio distrital participen de las estrategias y campañas implementadas en la ciudad.

 

ARTÍCULO 3°. GOBERNANZA INSTITUCIONAL. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital del Hábitat y en coordinación con la Secretaría Distrital de Ambiente, articularán y coordinarán las estrategias para fortalecer la promoción y participación del sector público, privado, y en general de todos los ciudadanos y ciudadanas del Distrito Capital, en la adopción de buenas prácticas en razón al uso eficiente del agua y la energía y en la protección de los recursos naturales.

 

ARTÍCULO 4°. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

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PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.


Dado en Bogotá, D.C. a los 19 días del mes de diciembre del año 2024.

 

JUAN JAVIER BAENA MERLANO

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAÍNO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos