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Acuerdo 963 de 2024 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8225 del 24 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 963 DE 2024

 

(Diciembre 19)

 

Por medio del cual se enaltece la vida, obra y legado del nobel de literatura colombiano, Gabriel García Márquez mediante procesos, proyectos y actividades culturales en la ciudad de Bogotá, en el marco de la celebración del centenario de su nacimiento en 2027

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

 

En ejercicio de las facultades que le confiere los numerales 1, 9 y 10 del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia y los numerales 1, 13 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

 

ACUERDA

 

Artículo 1. Objeto. El presente acuerdo tiene como objeto enaltecer y aprovechar como patrimonio simbólico y factor inspirador para el desarrollo social y cultural, la vida, obra y legado del Nobel de literatura Gabriel García Márquez, mediante procesos, proyectos y actividades culturales y educativas en la ciudad de Bogotá D.C., en el marco de la celebración del centenario de su nacimiento en 2027.

 

Artículo 2. Alcance. La Administración Distrital, a través de las entidades competentes, ya sea de manera directa o por medio de alianzas con el sector privado nacional e internacional, propenderá por organizar, apoyar y participar en actividades, procesos y proyectos que enaltezcan, valoren y se inspiren en la vida, obra y legado del escritor, periodista y cineasta, Gabriel García Márquez, y que contribuyan al bienestar de los ciudadanos por medio de las artes, las expresiones culturales, la educación y el debate público, en el marco de la preparación y conmemoración del centenario en 2027 del natalicio del gran autor colombiano.

 

Parágrafo. Las actividades, procesos y proyectos de este acuerdo se promoverán durante las vigencias 2025, 2026 y 2027 en preparación de la ciudad para el centenario del nacimiento de Gabriel García Márquez, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal y los recursos necesarios para su ejecución.

 

Artículo 3. Enfoque territorial. La Administración Distrital propenderá porque las actividades, procesos y proyectos desarrollados en el marco de este acuerdo, sean ejecutados conjuntamente con artistas de las localidades de Bogotá y con organizaciones locales, nacionales e internacionales que trabajen por el legado de Gabriel García Márquez a nivel distrital, nacional e internacional.

 

Artículo 4. Promoción cultural. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico y el Instituto Distrital de Turismo, propenderá por promover, organizar, apoyar y participar en actividades como:

 

1.    Programar exposiciones sobre la vida y obra de Gabriel García Márquez en museos, bibliotecas y espacios culturales de la ciudad

 

2.    Presentar ciclos de cine con películas basadas en guiones o en adaptaciones cinematográficas de las obras de Gabriel García Márquez

 

3.    Realizar lecturas públicas de las obras de Gabriel García Márquez en clubes de lectura para niños, niñas y adolescentes, adultos y personas de la tercera edad

 

4.    Vincular el evento cultural de ciudad Festival Gabo en la preparación y conmemoración del centenario en 2027 del nacimiento de Gabriel García Márquez, de acuerdo con el Acuerdo 918 de 2023

 

5.    Convocar en el marco del portafolio de estímulos una beca que fomente la investigación sobre la obra de Gabriel García Márquez y su impacto en la cultura del país.

 

6.    Recuperar y poner en valor la memoria de la relación de Gabriel García Márquez con Bogotá mediante recorridos turísticos de su paso por Bogotá.

 

7.    Incluir en el Festival Lectura Bajo los Árboles las obras de Gabriel García Márquez.

 

8.    Incluir una edición conmemorativa de la obra de Gabriel García Márquez en la Colección Universal del programa Libro al Viento del Instituto Distrital de las Artes (IDARTES) en el año 2027 y con motivo del centenario del nacimiento del autor.

 

9.    Realizar en la Biblioteca El Tunal Gabriel García Márquez eventos sobre la influencia de Bogotá en la vida del autor

 

10. Realizar, para las ediciones que se desarrollen entre 2025 y 2027, un stand de las obras de Gabriel García Márquez en la Feria Popular del Libro de Bogotá.

 

11. Incluir una exposición de la vida y obra de Gabriel García Márquez en la Biblioteca Digital de Bogotá

 

12. Realizar exposiciones sobre ediciones especiales de las obras de Gabriel García Márquez en bibliotecas y espacios culturales de la ciudad.

 

13. La Red Distrital de Bibliotecas Públicas BiblioRed promoverá estrategias de prácticas orales para enaltecer la vida, obra y legado de Gabriel García Márquez.

 

Artículo 5. Difusión y promoción. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, propenderá por:

 

1.  Promocionar en medios de comunicación locales y distritales, la importancia de la vida, obra y legado de Gabriel García Márquez.

 

2.  Utilizar las redes sociales y plataformas digitales del Distrito para compartir citas, fragmentos y recursos relacionados con Gabriel García Márquez.

 

Artículo 6. Emprendimiento. La Administración Distrital, mediante la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, propenderá por ofrecer espacios de intermediación institucionales que den a conocer en los escenarios barriales o distritales, los emprendimientos de arte, cultura, industrias creativas y periodismo de la ciudad de Bogotá, relacionados con la vida, obra y legado de Gabriel García Márquez como creador literario, periodista, cineasta, ciudadano e intelectual público

 

Artículo 7. Informes. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el Instituto Distrital de Turismo y las demás entidades competentes, elaborará un informe integral para el Concejo de Bogotá, sobre el balance de la implementación de las disposiciones del presente acuerdo

 

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte consolidará y presentará dicho informe integral ante el Concejo de Bogotá cada 6 de marzo, durante las vigencias 2025, 2026 y 2027, en el marco del cumpleaños del Nobel de literatura colombiano, Gabriel García Márquez.

 

Artículo 8. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

JUAN JAVIER BAENA MERLANO

 

Presidente

 

LUZ ANGELICA VIZCAINO SOLANO

 

Secretaria General de Organismo de Control

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Nota: Ver norma original en Anexos