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DECRETO LOCAL 021 DE 2024
(Diciembre 16)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2024
LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)
Que, de igual manera, en el numeral 1 establece: (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)
Que el Artículo 11 del Decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece. Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C.. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local.
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación (…)
Que, mediante el Decreto local 019 del 22 diciembre de 2023, se expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2024, el cual a su vez fue ajustado mediante los Decretos locales 006 del 4 de abril de 2024 y 012 del 17 de julio de 2024.
Que, el Plan de Desarrollo 2021-2024 de la Localidad Rafael Uribe Uribe, “Un nuevo contrato social y ambiental para la localidad de Rafael Uribe Uribe” cuenta al interior de su presupuesto de inversión con proyectos que requieren adición de recursos para el cumplimiento de la adquisición de bienes, pago de sentencia judicial y así mismo desarrollar actividades culturales recreativas y esparcimiento para los diferentes grupos etarios de la localidad de Rafael Uribe Uribe de acuerdo con la justificación económica y financiera realizada para tal fin.
Por lo anterior, una vez analizado el presupuesto de la vigencia fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, es procedente realizar un traslado presupuestal al interior del agregado de inversión:
1. Se requiere acreditar al rubro del proyecto 1647 - Apropiación del arte, la cultura y el patrimonio en Rafael Uribe Uribe - Realizar 24 eventos de promoción de actividades culturales para la celebración del día del adulto mayor, por valor de MIL TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 1.300.000.000).
2. Se requiere acreditar al rubro del proyecto 1698 - Inspección, vigilancia y control en Rafael Uribe Uribe - Para pago parcial de Sentencia Judicial proferida por el Consejo de Estado Reparación Directa No. 25000-23-26-000-1997-05432-01, por valor de DOS MIL CINCUENTA Y CINCO MILLONES CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS M/CTE ($ 2.055.054.640).
3. Se requiere acreditar al rubro del proyecto 1697 - Gestión pública transparente y que rinde cuentas a la ciudadanía en Rafael Uribe Uribe - Para la adquisición de un vehículo de uso institucional, por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($ 268.552.000).
Que el valor total a trasladar asciende a TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL PESOS M/CTE ($ 3.623.606.000).
Que mediante oficio No. 2-2024-68797 del 27 de noviembre de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto la presente modificación presupuestal no afecta el cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio No. 2024EE453368O1 del 16 de diciembre de 2024, la Dirección Distrital de Presupuesto emite concepto de viabilidad presupuestal de modificación de inversión vigencia 2024, por valor de TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS SEIS MIL PESOS M/CTE ($ 3.623.606.000), considerando que el FDL efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal y en atención a lo establecido en el inciso último del numeral 4° del artículo 195 de la Ley 1437 de 2011 respecto al pago de las sentencias o conciliaciones.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C. en la Localidad de Rafael Uribe Uribe a los 16 días del mes de diciembre del año 2024.
DIANA CAROLINA SÁNCHEZ CASTILLO
Alcaldesa Local
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Nota: ver norma original en Anexos. |
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