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Circular Conjunta 003 de 2024 Secretaría Jurídica Distrital  - Secretaría Distrital de Planeación

Fecha de Expedición:
17/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/2024
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR CONJUNTA 003 DE 2024

 

(Diciembre 17)

 

Para: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES Y GERENTES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO.

 

De: SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL Y SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACIÓN

 

Asunto: Actos administrativos reglamentarios del Plan de Ordenamiento Territorial Decreto 555 de 2021.

 

Radicado: 2-2024-18438

 

El Decreto 432 de 2022 "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Planeación y se dictan otras disposiciones", en su artículo 3º, establece las funciones básicas de la Secretaría Distrital de Planeación, entre las que se encuentran las de "a. Formular, orientar y coordinar las políticas de planeación del desarrollo territorial, económico, social y cultural, garantizando el equilibrio ambiental del Distrito Capital; (...) c. Coordinar la elaboración, reglamentación, ejecución y evaluación del Plan de Ordenamiento Territorial; d. Adelantar las funciones de regulación del uso del suelo, de conformidad con la normativa que expida el Concejo Distrital y en concordancia con la normatividad nacional. (...)"

 

En desarrollo de dichas disposiciones lideró, en coordinación con las entidades distritales, la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, la cual fue adoptada mediante el Decreto 555 de 2021. Este instrumento constituye la base para el desarrollo del proceso de ordenamiento territorial, garantizando que el uso del suelo por parte de los propietarios se ajuste a la función social de la propiedad, en concordancia con los derechos constitucionales a la vivienda digna y a los servicios públicos domiciliarios. Asimismo, promueve la creación y la defensa del espacio público, la protección del patrimonio cultural y material, y la preservación del medio ambiente, además de contemplar acciones orientadas a la prevención de desastres, todo ello con el objetivo de mejorar la calidad de los habitantes del Distrito Capital.

 

Por lo anterior y en ejercicio de las funciones que nos corresponden, resulta necesario, con el propósito de garantizar un desarrollo armónico de las normas contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, de manera ordenada, integrada, congruente y concertada, que cualquier proyecto de acto administrativo relacionado con la reglamentación del ordenamiento territorial sea puesto en consideración de la Secretaría Distrital de Planeación. Esto permitirá llevar a cabo la revisión correspondiente para verificar su conformidad con las disposiciones del Decreto 555 de 2021 y sus decretos reglamentarios, sin perjuicio de aquellos actos administrativos que, conforme a la política regulatoria, requieran de la suscripción por parte de esta Secretaría.

 

Agradecemos su atención y cumplimiento a esta disposición.

 

Cordialmente,

 

MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA

 

Secretario Jurídico Distrital

 

ÚRSULA ABLANQUE MEJÍA

 

Secretaria Distrital de Planeación

 

Revisó:   Deisi Lorena Pardo Peña - Subsecretaria Jurídica - SDP

Andrés Felipe Puentes Diaz-Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

Elaboró:  Concepción Castañeda Jiménez - Asesora Despacho

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.