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CIRCULAR EXTERNA 026 DE 2024
(Diciembre 31)
PARA: AFILIADOS COTIZANTES Y SUS BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO; AFILIADOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO; ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS - DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO; ENTIDADES OBLIGADAS A COMPENSAR – EOC - y PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD - PSS -.
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (E).
ASUNTO: MODIFICACIÓN DE LA CIRCULAR EXTERNA 00000023 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2024 EN EL SENTIDO DE AJUSTAR EL NUMERAL 2.2.2. CORRESPONDIENTE AL TOPE MÁXIMO DE LOS COPAGOS POR AÑO CALENDARIO 2025.
Que este Ministerio expidió la Circular Externa 00000023 del 31 de diciembre de 2024 mediante la cual se actualizaban los montos a pagar durante la vigencia 2025 por concepto de cuotas moderadores y copagos (en el régimen contributivo) y copagos (en el régimen subsidiado) mediante conversión a Unidad de Valor Básico - UVB. Que el numeral 2.2.2. de la mencionada Circular Externa, hace referencia al tope máximo de los copagos por año calendario 2025.
Que este Ministerio advirtió que en el citado numeral el tope por año 2024 que se tomó como valor de referencia, corresponde al valor del tope por año 2023, siendo necesario proceder a su corrección.
Conforme lo anterior, se ajusta la información del numeral 2.2.2. tope máximo de los copagos por año calendario 2025 de la Circular Externa 00000023 de 2024, de la siguiente manera:
2.2.2. Tope máximo de los copagos por año calendario 2025
SMLMV: Salario Mínimo Legal Mensual Vigente. *Año Calendario, agregado de copagos del 1° de enero al 31 de diciembre de cada anualidad.
Los demás aspectos de que trata la Circular Externa 00000023 del 31 de diciembre de 2024 no se modifican. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de diciembre del año 2024.
RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA
Ministro de Salud y Protección Social (E)
Aprobó: Viceministro de Protección Social - Luis Alberto Martinez Saldarriaga Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud (E) - Julio Cesar Cubillos Alzate Director Jurídico (E) - Rodolfo Salas Figueroa Nota: ver norma original en Anexos |