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Resolución 2607 de 2024 Secretaría Distrital de Integración Social

Fecha de Expedición:
05/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8243 del 16 de enero de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 2607 DE 2024

 

(Diciembre 05)

 

Por medio de la cual se delega la participación en el Comité Distrital de Datos

 

EL SECRETARIO DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

 

En uso de sus facultades en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el literal g) del artículo 4 del Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por el artículo 2º del Decreto Distrital 508 de 2022, artículo 12 del Decreto Distrital 575 de 2023, Decreto Distrital 021 de 2024, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Constitución Política en su artículo 209 establece que la función administrativa está al servicio del interés general, y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

 

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispuso que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades.

 

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9° establece que las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el Decreto Distrital 607 de 2007 “Por el cual se determina el Objeto, la Estructura Organizacional y Funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social” Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 508 de 2022, establece en su artículo 4° como funciones del Despacho, entre otras: “g) Coordinar acciones y gestionar alianzas del Sector de Integración Social con los organismos y entidades correspondientes de los niveles nacional, regional, departamental, municipal y local”.

 

Que mediante el Decreto 575 de 2023 “Por medio del cual se definen los componentes de la Infraestructura de Datos y se establece el modelo de gobernanza correspondiente en el Distrito Capital”  se definieron los componentes de la Infraestructura de Datos del Distrito y se estableció el modelo de gobernanza para la articulación, orientación, definición, monitoreo y priorización de acciones para la generación, almacenamiento, intercambio, uso estratégico, aprovechamiento y medición de los datos producidos por las instituciones distritales y locales y con otros actores particulares o privados.

 

Que el artículo 11 del citado decreto creó el Comité Distrital de Datos como la instancia de coordinación interinstitucional del nivel estratégico del componente de Gobernanza de la Infraestructura de Datos del Distrito, cuyo propósito es definir las estrategias y prioridades para el desarrollo y fortalecimiento de los demás componentes de la Infraestructura, y orientar las acciones tendientes a determinar los objetivos de mediano y largo plazo, y la forma en que las partes interesadas han de interactuar entre sí para lograr el aprovechamiento de los datos.

 

Que el artículo 12 ídem dispone que el Comité Distrital de Datos estará conformado, entre otros, por el Secretario Distrital de Integración Social o su delegado.

 

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

 

Artículo 1. Delegación: Delegar la participación del Secretario Distrital de Integración Social en el Comité Distrital de Datos en atención a las funciones y alcances establecidos en el Decreto Distrital 575 de 2023, al servidor (a) público (a) que ejerza el cargo de Subdirector(a) de Investigación e Información de la Secretaría Distrital de Integración Social, el cual se encuentra en cabeza de la señora Andrea Eliana Salazar Pérez, identificada con la cédula de ciudadanía número 52.192.447.

 

Artículo 2. Comunicar: El contenido del presente acto administrativo y remitir copia del mismo a la Consejería Distrital de TIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, para los efectos pertinentes.

 

Artículo 3. Vigencia: Este acto administrativo rige a partir del día siguiente al de la fecha de su comunicación y de su publicación a través de la página Web de la Entidad.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes diciembre del año 2024.

 

ROBERTO ANGULO SALAZAR

 

Secretario Distrital de Integración Social

 

Nota: ver norma original en Anexos.