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Resolución 8 de 2005 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
31/05/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/07/2005
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3355 de julio 06 de 2005
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 08 DE 2005

(Mayo 31)

Derogada por el art. 13, Resolución de la J.D. IDU 15 de 2005

"Por lo cual se modifica la Resolución de Junta Directiva Nº 014 del 26 de junio de 2001 ".

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,

en ejercicio de sus facultades, conferidas por el ordinal 26 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital y del Decreto 1421 de 1.993 y,

CONSIDERANDO:

Que según lo dispuesto por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, la función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la desconcentración y la delegación de funciones.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, con el propósito de fomentar la economía administrativa con un adecuado control interno, faculta a las autoridades administrativas para delegar en sus colaboradores del orden directivo y asesor, el ejercicio de funciones con los requisitos y en las condiciones establecidas en los estatutos respectivos.

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, los jefes y representantes legales de las entidades estatales serán responsables de la tramitación, adjudicación, celebración y ejecución de los contratos y podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar los contratos en servidores públicos que desempeñen cargos en el nivel directivo, ejecutivo o sus equivalentes.

Que acorde con el artículo 27 del Decreto 2150 de 1995, "los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo, ejecutivo o sus equivalentes".

Que de conformidad con los artículos 7º y 14 del Decreto 679 de 1994, los jefes y representantes legales podrán delegar en los funcionarios de los niveles directivo, ejecutivo y sus equivalentes, la adjudicación, celebración, liquidación, terminación, modificación, adición y prórroga de los contratos y demás actos inherentes a la actividad contractual, en las cuantías que señalen las juntas o consejos directivos de las entidades.

Que acorde con los numerales 26 y 10 de los artículos 16 y 17 respectivamente, del Acuerdo 19 de 1972, base Estatutaria de la Entidad, es atribución de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano autorizar al Director para delegar en sus subalternos, determinándolas, algunas de las funciones que le corresponden.

Que mediante Resolución 014 del 26 de junio de 2001, la Junta Directiva autorizó al Director General del Instituto para delegar algunas de las funciones propias de su cargo.

Que mediante Resolución 007 del 16 de junio de 2004, la Junta Directiva, autorizó al Director General del Instituto, para delegar en el Director Técnico Financiero algunas de las funciones propias de su cargo.

Que en el artículo 1º de la Resolución de Junta Directiva 014 de 2001, no se encuentra incluido el perfil directivo de Subdirector General, como objeto susceptible de delegación.

Que teniendo las consideraciones anteriores, con el fin de asegurar la eficiente gestión de la entidad, se requiere modificar el artículo 1º de la Resolución de Junta Directiva 014 de 2001, en el sentido de autorizar la delegación de algunas de las funciones del Director General del IDU en los Subdirectores Generales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Modificar el párrafo inicial del artículo 1º de la Resolución de Junta Directiva 014 de junio 26 de 2001, el cual quedará así:

ARTICULO PRIMERO: Autorizar al Director General del Instituto de Desarrollo Urbano para delegar en los Subdirectores Generales y en los Directores Técnicos, teniendo en cuenta el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos del Instituto, las siguientes funciones:

ARTICULO 2. El Director General, expedirá el acto administrativo de delegación, conforme a lo dispuesto en la presente resolución.

ARTICULO 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica la Resolución de Junta Directiva 014 del 26 de junio de 2001 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los treinta y ún (31) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

(Hay Firma)

Presidente

(Hay Firma)

Secretario

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3355 de julio 06 de 2005.