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RESOLUCIÓN 276 DE 2024
(Diciembre 27)
Por la cual se realiza el cierre de la vigencia presupuestal 2023-2024 y se incorporan los saldos no ejecutados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2025 - 2026 para el Instituto Distrital de Turismo - IDT como ejecutor de los recursos del Sistema General de Regalías
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, D.C., los Acuerdos a 01 de 2007, 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva, así como el artículo 2.2.4.1.2.7.5 del Decreto Nacional 1082 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 826 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo - IDT es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, creado mediante Acuerdo Distrital 275 de 2007.
Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05 “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican el artículo 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el cual fue reglamentado por la Ley 1530 de 2012 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, estableciendo en el Título V lo relativo al Régimen Presupuestal del Sistema.
Que el 26 de diciembre de 2016, fue promulgado el Acto Legislativo 05 “Por el cual se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones”, el cual fue reglamentado por la Ley 2056 de 2020 “Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías”, estableciendo en el Título VII lo relativo al Régimen Presupuestal del Sistema.
Que mediante el Acuerdo 094 del 10 octubre de 2019, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) Región Centro Oriente, viabilizó, priorizó y aprobó un proyecto por valor de TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y DOS ($3.666.888.052) PESOS M/CTE con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Regional con destino al “Fortalecimiento del producto turístico Ruta Leyenda de El Dorado que integra atractivos turísticos de Bogotá, Boyacá, Cundinamarca”, y designó al INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO como entidad pública ejecutora del proyecto.
Que mediante el Acuerdo 005 del 24 de octubre de 2019 de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, se autorizó al Director General del Instituto Distrital de Turismo la incorporación al Capítulo Independiente del Presupuesto del Instituto, los recursos del Sistema General de Regalías, para el Bienio 2019-2020, por la suma de TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y DOS ($3.666.888.052) PESOS M/CTE.
Que mediante comunicación del 06 de noviembre de 2019 el INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO aceptó la designación por parte del Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) Región Centro Oriente, como entidad pública ejecutora del proyecto BPIN 2017000050090 denominado “Fortalecimiento del producto turístico Ruta Leyenda de El Dorado que integra atractivos turísticos de Bogotá, Boyacá, Cundinamarca”.
Que el Decreto Nacional 1082 de 2015 dispone en su artículo 2.2.4.1.2.2.13, modificado por el artículo 13 del Decreto Nacional 826 de 2020, frente a la incorporación en los presupuestos de las entidades públicas lo siguiente:
“Mediante acto administrativo del jefe del órgano del sistema o entidad designada como ejecutora del proyecto por los órganos colegiados de administración y decisión o por la entidad habilitada, y mediante decreto del gobernador o alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del sistema y cuando sean designadas como ejecutoras de proyectos por los OCAD o por la entidad habilitada, se incorporará al respectivo presupuesto con cargo a los recursos del SGR.”
“Esta incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema o cuando se acepte la designación como ejecutor de un proyecto, designación que será adelantada por el OCAD o la entidad habilitada.”
“Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del presupuesto bienal del Sistema General de Regalías. Así mismo, utilizarán la estructura del capítulo presupuestal independiente definida en el artículo 2.2.4.1.2. 7.3. de este Decreto en lo que le sea aplicable”.
Que en este sentido, los proyectos aprobados por el OCAD Centro Oriente mediante los respectivos acuerdos, son ejecutados a la fecha por el INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO y se relacionan a continuación:
Que en concordancia con los rubros presupuestales del Sistema General de Regalías, se identifican los ingresos al capítulo independiente del Presupuesto del INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO, así:
Que de acuerdo con la Resolución 332 de diciembre 28 del 2023 “Por la cual se realiza el cierre de la vigencia presupuestal 2021-2022 y se incorporan los saldos no ejecutados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2023 - 2024 para el Instituto Distrital de Turismo - IDT como ejecutor de los recursos del Sistema General de Regalías”, artículo 2., se dispuso: “Incorporar los ingresos al capítulo independiente del Presupuesto del Instituto Distrital de Turismo del Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2023-2024 por valor de OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS ($889.780.994) como disponibilidad inicial para la vigencia 2023-2024”, así:
Que en concordancia con los rubros presupuestales del Sistema General de Regalías, se identifica los gastos al capítulo independiente del Presupuesto del Instituto Distrital de Turismo:
Que de acuerdo con los rubros presupuestales del Sistema General de Regalías donde identifican los ingresos y gastos al capítulo independiente del Presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, se calculó la disponibilidad inicial que corresponde a la suma de los recursos en el bienio 2023-2024 y compromisos por pagar en el bienio 2025-2026.
Que el proyecto BPIN 2017000050090 – “Fortalecimiento del producto turístico Ruta Leyenda de El Dorado que integra atractivos turísticos de Bogotá, Boyacá, Cundinamarca”, la disponibilidad inicial en el bienio 2023-2024, corresponde a un valor total de MIL CIENTO DIECISÉIS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS ($1.116.044.282) PESOS M/CTE, conforme al siguiente detalle:
Que en el proyecto BPIN 2017000050090 – “Fortalecimiento del producto turístico Ruta Leyenda de El Dorado que integra atractivos turísticos de Bogotá, Boyacá, Cundinamarca”, la disponibilidad inicial en el bienio 2025-2026, corresponde a un valor total de DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO ($226.529.978) PESOS M/CTE, conforme al siguiente detalle:
Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, los saldos pendientes por comprometer se reintegrarán al presupuesto del Sistema General de Regalías, considerando que de acuerdo con el informe de seguimiento del tercer trimestre del 2024, los recursos destinados para la APP Ruta Leyenda el Dorado no se ejecutarán teniendo en cuenta lo siguiente:
“El valor de los contratos con CRP es la suma de $ 3.440.624.741, el valor aprobado por el SGR es de $3.666.888.052 la diferencia actualmente es de $ 226.263.311, los cuales serán reintegrados al SGR hace referencia a que, en la DTS formulada en el año 2019 cuenta con un objetivo “Implementar una estrategia de divulgación a nivel Nacional e Internacional de la Ruta Leyenda El Dorado. Por medio de pautas digitales y televisión paga en países como: México, Brasil, España y para las grandes ciudades de Colombia,” Producto “Diseñar y poner en marcha 1 aplicación digital para la Ruta Leyenda El Dorado” y el indicador “Diseñar y poner en marcha 1 APP” (Aplicación con información de ubicación y contenidos acerca de la Ruta Leyenda El Dorado).
Para el año 2019 el IDT no contaba con su propia plataforma cuando se formuló la necesidad de poner en marcha una app para Ruta Leyenda el Dorado; en el año 2020 se decide unificar toda la información que el IDT desea transmitir a usuarios y visitantes en un solo aplicativo y formula la APP Bogotá D.C. travel que entró en funcionamiento en diciembre del 2021, tras un análisis detallado acerca de no saturar con información a los usuarios con dos app que promocionan el mismo atractivo turístico, se decide a través de mesas técnicas internas y se comunica a las Subdirecciones implicadas que la App Bogotá D.C. travel contendrá dentro de su aplicativo una sección relacionada a la promoción y divulgación de Ruta Leyenda el Dorado, que cumple con indicador de la DTS“... información de ubicación y contenidos acerca de la Ruta Leyenda El Dorado”, y de esta forma se optimizan los recursos girados a la Entidad a través del SGR.
Imagen tomada DTS 2019
Actualmente la plataforma Bogotá D.C travel cambió a VISIT BOGOTÁ de acuerdo al análisis realizado por la Subdirección de Promoción y Mercadeo donde indican que “Revisando a detalle el portal de bogotadc.travel evidenciamos que las herramientas desarrolladas pueden potencializarse a través de un rebranding generando un reposicionamiento de la plataforma, esto se justifica por las siguientes razones:
1. El nombre actual no tiene un impacto significativo en las búsquedas según el estudio realizado en Google Trends en el 2023. Según el estudio realizado sin lanzar el rebranding que se quiere realizar las personas buscan más visit bogota comparado con bogota dc travel, esto es una oportunidad debido a que facilitara el posicionamiento de la nueva marca para la plataforma.
Imagen app Bogotá D.C Travel
2. No afectación del tráfico actual del portal. Con una migración adecuada de enlaces utilizando el archivo .htaccess, no perderemos ni un solo clic del posicionamiento que ha ganado el portal de bogotadc.travel, lo que garantizará el éxito de visitbogota.co
En resumen, el rebranding puede ser una estrategia efectiva para mantenerse relevante, mejorar la imagen de marca y adaptarse a los cambios que requiere el turismo para Bogotá.
Debido a lo anterior el 24 de enero de 2024 se puso en funcionamiento el rebranding con el nuevo dominio sin cambiar los contenidos y sin perder el tráfico de dominio anterior.
https:/www.visitbogota.co/es/ruta-leyenda-el-dorado/inicio
Dichos recursos deberán ser devueltos al SGR y se evidenciará a través del acto administrativo de cierre, teniendo presente que la Subdirección de Gestión de Destino, hoy, Subdirección de Desarrollo Competitivo realizó un barrido con un vasto análisis de los proyectos activos del Instituto confrontando el Plan de Desarrollo 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” sus metas y propósitos frente a las necesidades del Instituto.
Dentro de los propósitos del Plan de Desarrollo está: Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente. Partiendo de lo anterior, el plan enuncia el logro de ciudad, enmarcado como: Posicionar globalmente a Bogotá como territorio inteligente (Smart City), el cual deriva en el programa estratégico llamado: Bogotá Ciudad Inteligente, para así finalizar en el programa marco: Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente. Con lo anterior, se pudo identificar una serie de acciones que se han llevado a cabo desde el Instituto Distrital de Turismo - IDT y la línea de gestión de Promoción y Mercadeo cuyos resultados se encuentran orientados a la implementación de “un portal único para la promoción de la oferta turística de Bogotá”.
Es por esto que el aplicativo de Bogotá DC Travel, se constituyó como una herramienta de promoción turística creada en 2018 dentro de la nube pública de Google, con funcionamiento dentro de las tiendas Android y IOs; Dentro del proceso de Nube Pública II, realizado en 2019, por lo que se migró toda la APP a Amazon Cloud Services, el cual tiene varias ventajas, entre otras, que la aplicación queda disponible para cualquier Plataforma.
La aplicación buscó ampliar y dar a conocer la oferta de la ciudad, alineado al cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo 2020-2024. En aras de optimizar los recursos, el IDT, revisó el proyecto de inversión 7708: "Desarrollo de las herramientas tecnológicas de promoción e información turística de Bogotá". Una de sus metas fue: Implementar al 100% el portal único de promoción de la oferta turística de Bogotá, que incluye página Web y APP. Por tanto, el IDT, enfocó sus necesidades a la optimización de recursos y definió, que, la aplicación Bogotá DC Travel fuera analizada amplia y tecnológicamente y resultado de ello, la aplicación fue orientada a la necesidad de dar soporte y actualización permanente suministrado a través de empresas especializadas para su buen funcionamiento y entrega de resultados incluyendo información veraz y real de Bogotá, que va cambiando dado que la oferta turística se va modificando y actualizando de tal manera que en la aplicación el usuario pueda tener la información real que le sea útil en su visita en la ciudad; por otra parte, la infraestructura debe siempre estar disponible para el funcionamiento de la aplicación y necesidades reales de los usuarios, renovando los servicios actuales y existentes de la plataforma para mejoras en la aplicación, lo cual incluye las nuevas secciones como: ¿Qué hacer?, ¿Dónde Comer?, ¿Dónde Dormir? y Eventos, los cuales estarán actualizados e integrados con la página web BogotaDC.travel, para lograr la unificación y estandarización de la información de nuestros canales de promoción turística.
Por lo expuesto, y con las recomendaciones técnicas, financieras y presupuestales, se llevó a cabo la adquisición de los servicios requeridos para la configuración, parametrización y actualización de la APP de Bogotá DC Travel a través del Acuerdo Marco de Precios por Nube Pública III. Dentro de los servicios requeridos se priorizaron: El funcionamiento de la plataforma donde se incluyen los servidores, bases de datos, enlaces web etc. Con la configuración, parametrización y actualización del aplicativo el Instituto Distrital de Turismo podrá:
- Divulgar y promocionar los productos turísticos de Bogotá Región a nivel Nacional e Internacional a través de una herramienta digital de fácil uso y con la información necesaria para turistas y visitantes.
- Los visitantes a través del APP podrán conocer de manera actualizada la oferta turística de la ciudad.
- Promocionar la oferta turística a través de agencias de viajes, restaurantes, hoteles, etc. de la ciudad.
- Los usuarios podrán descargar los mapas turísticos de la ciudad.
- Tener un registro de los visitantes y las experiencias de ciudad
Por lo expuesto anteriormente, y desde la perspectiva de los sanos usos y prácticas en el manejo, aprovechamiento e inversión de los portafolios de inversión y manejo de los recursos públicos, se delegó a la subdirección de Promoción y Mercadeo del Instituto Distrital de Turismo iniciar el PROCESO DE ACUERDO MARCO NUBE PÚBLICA III cuyo OBJETO es “PRESTAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO, SOPORTE DESARROLLO Y ACTUALIZACIÓN DE LA APLICACIÓN BOGOTÁ TURISMO. El presupuesto estimado a contratar de acuerdo a la herramienta de simulación de Colombia Compra Eficiente para el proceso de Nube Pública III fue por valor de CIENTO DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($117.897.359), amparados por el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 400 del 24 de agosto de 2020, expedido por valor de $118.010.000 M/CTE, por el código presupuestal 3-3-1-16-05-54-7708-000, concepto Desarrollo de las herramientas tecnológicas de promoción e información turística de Bogotá. Una vez analizados y revisados los proponentes y el acuerdo marco de precios de Colombia Compra Eficiente, el 8 de septiembre de 2020 se publicó y se dio inicio al proceso de Acuerdo Marco de Precios, apoyándonos a las recomendaciones para adjudicar el proceso de Acuerdo Marco de Precios de Nube Pública III Evento No. 93634, se concluyó que no era viable iniciar un nuevo proceso tecnológico ejecutando recursos públicos para un mismo fin y se concertó que dentro de la APP Bogotá DC Travel se subsanaron las necesidades de incluir un módulo específico para la oferta y promoción de la Ruta Leyenda El Dorado.”
Que de acuerdo con los reportes que se deben efectuar en el aplicativo GESPROY 3.0 actualmente se cuenta con una alerta que indica: Fuente GESPROY 3.0
La alerta correspondiente al código EJ-1-24 se generó aproximadamente en la tercera semana de diciembre de 2024, para lo cual se a la fecha se ha adelantado una mesa de trabajo con SDP – DNP e IDT, requiriendo mesas de trabajo adicionales para identificar las causas y alternativas de solución. Las acciones para adelantar estarán dadas en:
- Revisión general del aplicativo GESPROY 3.0
- Identificación de la causa de la alerta y su subsanación
- Pasar el proyecto ha estado “CERRADO”
Que en mérito de lo expuesto, el Director General del Instituto Distrital de Turismo,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Efectuar el cierre presupuestal del bienio 2023-2024 del Sistema General de Regalías con base en los recursos recaudados del Sistema y los giros efectivamente realizados e incorporar los compromisos pendientes de pago, que corresponderá a la disponibilidad inicial del Capítulo Independiente del Presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal 2025-2026.
ARTÍCULO 2. Incorporar los ingresos al capítulo independiente del Presupuesto del Instituto Distrital de Turismo del Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2025-2026 por valor de DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO ($226.529.978) PESOS M/CTE, como disponibilidad inicial para la vigencia 2025-2026 así:
ARTÍCULO 3. Incorporar los gastos al capítulo independiente del Presupuesto del Instituto Distrital de Turismo del Presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2025-2026 por valor de DOSCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO ($226.529.978) PESOS M/CTE, a partir de la disponibilidad inicial para la vigencia 2025-2026 así:
ARTÍCULO 4. Recursos. Contra este acto administrativo no proceden recursos, de conformidad con lo previsto en el Artículo 75 de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 5. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 27 días del mes de diciembre del año 2024.
ANDRES SANTAMARIA GARRIDO
Director General
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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