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ACUERDO 046 DE 2024
Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324, numeral 4 del artículo 69 del Decreto – Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que la Alcaldesa Local presentó el Proyecto de Presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio No. 2024EE397189O1 del 30 de octubre de 2024 comunicó la cuota de asignación por un monto de $34.895.231.000 para la vigencia fiscal 2025.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su reunión No. 21 de 27 de noviembre de 2024, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual asciende a la suma de ($52.448.702.000) PESOS M/CTE, para la vigencia fiscal 2025.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Expedir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DOS MIL PESOS MCTE ($52.448.702.000), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2. Expedir el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de enero 1° y el 31 de diciembre de 2025, por la suma de CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DOS MIL PESOS MCTE ($52.448.702.000), conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, los 14 días del mes de diciembre del año 2024.
SANDRO WILLIAM GONZALEZ
PRESIDENTE JAL CANDELARIA
ISABEL BULLA RODRIGUEZ
SECRETARIA JAL CANDELARIA
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 81 y 89 numerales primero y segundo, sanciona el Acuerdo local No. 046 del catorce (14) de Diciembre de 2024.
ANGÉLICA MARÍA ANGARITA SERRANO
ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA
Nota: Ver norma original en Anexos |
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