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Decreto Local 024 de 2024 Alcaldía Local de Tunjuelito

Fecha de Expedición:
27/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8233 del 31 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 024 DE 2024

 

(Diciembre 27)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal 2024

 

EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y en especial las que confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el numeral 3.9.1 de la Resolución 191 de 2017 y los párrafos primero y segundo del artículo 10 de Decreto 192 de 2021

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:”

 

Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”.

 

Que el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Consejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. “(…).

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adaptación de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adaptación de Bienes, Adaptación de Servicios y Otros Gastos Generales).

 

Que, el Alcalde Local de Tunjuelito, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Distrital: “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA TUNJUELITO”, para la vigencia 2024 requiere realizar ajustes presupuestales entre los rubros de funcionamiento para garantizar la continuidad en la prestación de servicios esenciales para el normal funcionamiento de la entidad, para ello se propone disponer de recursos así:

El Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, dispondrá de la suma de OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($8.600.000) de los recursos asignados para el presupuesto de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local en la vigencia 2024 del rubro O21202020080787130 - Servicios de mantenimiento y reparación de computadores, teniendo en cuenta que a la fecha ya se han comprometido los recursos necesarios para cubrir este servicio en lo que respecta a la vigencia 2024, por lo que se pueden disponer dichos recursos para cubrir otro tipo de necesidades para el normal funcionamiento de la entidad, por tal sentido se dispone lo siguiente:

 

En tal sentido, El Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito acreditará la suma de OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($8.600.000) al presupuesto de funcionamiento de la vigencia 2024 al rubro presupuestal O21202020090494239 - Servicios generales de recolección de otros desechos, con el fin de contar con recursos suficientes para garantizar la continuidad en la prestación del servicio de las sedes del Fondo, específicamente en lo relacionado al pago de los servicios de recolección de basuras en las diferentes sedes administradas por el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1: Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($8.600.000) conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS $ 8.600.000

 

Posición presupuestaria

Descripción Pospre/Programa

Valor

O2

GASTOS

8,600,000

O21

Funcionamiento

8,600,000

O212

Adquisición de bienes y servicios

8,600,000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

8,600,000

O2120202

Adquisición de servicios

8,600,000

O212020208

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

8,600,000

O21202020807

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

8,600,000

O2120202080787130

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores

8,600,000

 

ARTÍCULO 2: Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito por la suma de OCHO MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($8.600.000) conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITOS $ 8.600.000

 

Posición presupuestaria

Descripción Pospre/Programa

Valor

O2

GASTOS

8,600,000

O21

Funcionamiento

8,600,000

O212

Adquisición de bienes y servicios

8,600,000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

8,600,000

O2120202

Adquisición de servicios

8,600,000

O2120202009

Servicios para la comunidad, sociales y personales

8,600,000

O212020200904

Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental

8,600,000

O21202020090494239

Servicios generales de recolección de otros desechos

8,600,000

 

ARTÍCULO 3: Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese y cúmplase inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO 4: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

ARTÍCULO 5: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de diciembre del año 2024.

 

JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA

 

Alcalde Local de Tunjuelito

 

Nota: Ver norma original en Anexos