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RESOLUCIÓN 453 DE 2024
(Diciembre 13)
Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 1693 de 2023, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 354 de la Constitución Política de Colombia determina que habrá un Contador General y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN) y le otorga la función de determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público.
El artículo 1 de la Resolución 354 de 2007, expedida por la CGN, modificado por el artículo 1 de la Resolución 156 de 2018, establece la conformación del Régimen de Contabilidad Pública (RCP).
La Resolución 037 de 2017, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público. Adicionalmente, esta Resolución incorpora, en dicho Marco Normativo, el Catálogo General de Cuentas.
Se requiere modificar el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con base en a) las solicitudes de modificación al Catálogo General de Cuentas recibidas de las empresas y b) la revisión interna de la CGN.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Crear las siguientes subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:
ARTÍCULO 2°. Modificar la denominación de la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:
ARTÍCULO 3°. Eliminar la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:
ARTÍCULO 4°. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021. Adicionalmente, mantiene vigentes los demás aspectos, que no fueron objeto de modificación en esta Resolución, del Catálogo General de Cuentas contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones. Esta resolución será aplicable a partir del 01 de enero de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes diciembre del año 2024.
MAURICIO GÓMEZ VILLEGAS
Contador General de la Nación
Nota: ver norma original en Anexos. |