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Resolución 453 de 2024 Contaduría General de la Nación

Fecha de Expedición:
13/12/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2025
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52981 del 26 de diciembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 453 DE 2024

 

(Diciembre 13)

 

Por la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público

 

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

 

En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 1693 de 2023, y

 

CONSIDERANDO QUE:

 

El artículo 354 de la Constitución Política de Colombia determina que habrá un Contador General y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN) y le otorga la función de determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público.

 

El artículo 1 de la Resolución 354 de 2007, expedida por la CGN, modificado por el artículo 1 de la Resolución 156 de 2018, establece la conformación del Régimen de Contabilidad Pública (RCP).

 

La Resolución 037 de 2017, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público. Adicionalmente, esta Resolución incorpora, en dicho Marco Normativo, el Catálogo General de Cuentas.

 

Se requiere modificar el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con base en a) las solicitudes de modificación al Catálogo General de Cuentas recibidas de las empresas y b) la revisión interna de la CGN.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Crear las siguientes subcuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

190502

Intereses

197013

Activos intangibles en fase de producción de recursos minerales

197612

Activos intangibles en fase de producción de recursos minerales

244040

Tasa Pro Deporte y Recreación

480254

Ganancia por baja en cuentas de cuentas por cobrar

480255

Ganancia por baja en cuentas de préstamos por cobrar

512037

Tasa Pro Deporte y Recreación

522037

Tasa Pro Deporte y Recreación

 

ARTÍCULO 2°. Modificar la denominación de la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN ACTUAL

NUEVA DENOMINACIÓN

197510

Activos intangibles en fase de exploración y evaluación de recursos minerales

Activos intangibles en fase de producción de recursos minerales

 

ARTÍCULO 3°. Eliminar la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones, así:

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

290303

Depósitos judiciales

 

ARTÍCULO 4°. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021. Adicionalmente, mantiene vigentes los demás aspectos, que no fueron objeto de modificación en esta Resolución, del Catálogo General de Cuentas contenido en el anexo de la Resolución 037 de 2017 y sus modificaciones. Esta resolución será aplicable a partir del 01 de enero de 2025.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes diciembre del año 2024.

 

MAURICIO GÓMEZ VILLEGAS

 

Contador General de la Nación

 

Nota: ver norma original en Anexos.