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DECRETO LOCAL 021 DE 2024
(Diciembre 30)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del . Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024”
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023.
Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($3.159.864) MICTE al rubro presupuestal 021202020080686312 Servicios de, distribución de electricidad (a comisión o por contrato) y la suma de CUARENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA PESOS ($46.690) M/CTE Al rubro presupuestal 021202020080686320 Servicios de distribución de gas por tuberías (a comisión o por contrato), recursos necesarios para garantizar el pago de Servicios Públicos del Fondo de Desarrollo Local.
Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda para el rubro presupuestal O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión)” “proyectó la no ejecución presupuestal de recursos; razón por la cual, la Administración Local considera conveniente un traslado presupuestal para financiar la apropiación de otros rubros, con el siguiente detalle:
Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor TRES MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS ($3.206.554) MCTE.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2º. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3º. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo 4º. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5º. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los 30 días del mes de diciembre del año 2024.
VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ
Alcalde Local de Puente Aranda
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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