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Circular 003 de 2018 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Fecha de Expedición:
04/09/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/09/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR CONFIS 03 DE 2018

 

(Septiembre 04)

 

PARA: ALCALDESAS Y ALCALDES LOCALES

 

DE: CAMILO CARDONA CASIS

Secretario Técnico del CONFIS (E)

 

ASUNTO: Alcance a la Circular N°02 de 2018 «Determinación y distribución de excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2017»

 

RADICADO: 2-2018-54032

 

Me permito comunicarles que el CONFIS en sesión N°12 celebrada el día 31 de agosto de 2018 y para facilitar la ejecución en las localidades, aprobó un alcance a la Circular CONFIS No. 02 de 2018, en donde se determinó y distribuyó los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2017, en los siguientes términos:

 

LOCALIDAD CIUDAD BOLÍVAR

 

Alcance

 

La destinación de recursos de excedentes financieros para la localidad de Ciudad Bolívar relacionados con la "Continuación construcción sede facultad tecnológica de la Universidad Distrital", es una situación excepcional en el marco del Plan de Desarrollo Local 2017-2020 de la Localidad de Ciudad Bolívar, derivada de la aprobación por parte del CONFIS de recursos por valor de $7.800 millones. En ese sentido, no modifica las líneas de inversión.

 

La obra a intervenir se inició con el anterior plan de desarrollo local, razón por la cual la decisión busca prevenir obras inconclusas y evitar el detrimento patrimonial salvaguardando el interés del bien público.

 

LOCALIDAD DE LA CANDELARIA

 

Alcance

 

La destinación de recursos asignados para el inmueble ubicado en Calle 9 N° 3-37 ($2.200 millones) no solamente atenderá temas relacionados con cultura, sino también temas comunitarios y de turismo, atendiendo al proyecto estratégico del Plan de Desarrollo Local.

 

Es importante aclarar (para los dos casos) que una vez incorporados los recursos en el presupuesto, la Alcaldía Local debe seguir las directrices del sector competente y realizar los ajustes pertinentes en el DTS del proyecto.

 

Las alcaldías locales deberán efectuar los respectivos actos administrativos para la adición de los excedentes en los presupuestos 2018 de sus respectivos FDL y tramitar dicha adición ante las respectivas Juntas Administradoras Locales - JAL, conforme a las distribuciones anteriormente descritas y de conformidad con las competencias establecidas en las normas presupuestales vigentes para tal fin, particularmente en las definidas en el Decreto Distrital 714 de 1996 y el Decreto Distrital 372 de 2010.

 

Atentamente,

 

CAMILO CARDONA CASIS

 

Secretario Técnico CONFIS (E)

 

Aprobó: María Alejandra Botiva  León - Subsecretaría de Planeación de la Inversión

Revisó: Carlos Alberto Díaz Rueda - Director de CONFIS

 

Nota: ver norma original en Anexos