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ACUERDO REGIONAL 001 DE 2025
(Febrero 20)
Por medio del cual se concede autorización al Director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para contratar y para asumir compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias paro la vigencia 2026
EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ-CUNDINAMARCA
En ejercicio de las facultades constitucionales, legales y estatutarias, en especial, las conferidas por el literal c) del numeral 6 y el literal c) del numeral 7 del artículo 21 de la Ley Orgánica 2199 de 2022 y los artículos 62 del Acuerdo Regional 01 de 2022 y 57,58 y 59 del Acuerdo Regional 04 de 2023, y
CONSIDERANDO
Que a través del Acto Legislativo 02 del 22 de julio de 2020, que modificó el artículo 325 de la Constitución Política, se creó la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, reglamentada por la Ley Orgánica 2199 del 2022, con la cual se adoptó su régimen especial y se definió y reglamentó su funcionamiento, en el marco de la autonomía reconocida a sus integrantes por la Constitución Política.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la citada Ley Orgánica 2199 de 2022, la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca es una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio.
Que el artículo 9 ibidem establece las competencias que, en el marco de los principios de concurrencia, complementariedad, coordinación y subsidiariedad, corresponde ejercer a la Región Metropolitana Bogota-Cundinamarca.
Que el artículo 30 de la Ley Orgánica 2199 de 2022 definió el Observatorio de Dinámicas Metropolitanas y Regionales como una herramienta técnica que contribuya al proceso de toma de decisiones de la Región, así como para compilar, generar, localizar/ georreferenciar, analizar y difundir información y hacer seguimiento y evaluación a la dinámica urbanoregional y al Plan Director de Desarrollo y Ordenamiento Regional. La conformación, organización y funciones del Observatorio son las definidas en el Estatuto que apruebe el Consejo Regional.
Que el artículo 46 del Acuerdo Regional N° 001 de 2022, mediante el cual se dictan los Estatutos de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, establece dentro de las funciones del Observatorio, entre otras: b) Compilar, generar, localizar o georreferenciar, analizar y difundir información sobre las dinámicas ambientales, sociales, económicas y territoriales de la Región, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 2199 de 2022; e) Diseñar y ejecutar estrategias para la gestión del conocimiento en las materias de interés de la Región Metropolitana; f) promover la difusión e innovación en materia de datos espaciales y estadísticos, y ) fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico e innovación para el portafolio de datos y servicios de la Región Metropolitana que fortalezca su sostenibilidad y posicionamiento.
Que el literal c) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley Orgánica 2199 de 2022 prescribe que es función del Consejo Regional, en materia fiscal, aprobar las vigencias futuras ordinarias y excepcionales a los proyectos de inversión de la Región Metropolitana y sus entidades.
Que, así mismo, el literal c) del numeral 7 del citado artículo dispuso que el Consejo Regional de la Región Metropolitana deberá, en concordancia con la ley, fijar los límites, naturaleza y cuantía de los contratos que puede celebrar el Director Metropolitano, así como señalar los casos en que requiere autorización previa del Consejo.
Que es función del Director de la Región Metropolitana, de conformidad con el numeral 7 del artículo 27 de la Ley Orgánica 2199 de 2922, celebrar los contratos necesarios para la administración de los servicios, la ejecución de las obras y el cumplimiento de las funciones N propias de la Región Metropolitana, de acuerdo con las autorizaciones, límites y cuantías que al respecto le fije el Consejo Regional.
Que mediante el Acuerdo Regional 01 de 2022, relativo a los Estatutos de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, estableció en su Artículo 62 que, de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 27 de la Ley 2199 de 2022, los contratos que celebre la Región Metropolitana serán suscritos por el director a su delegado. Así mismo, dispuso que aquellos contratos cuya cuantía exceda los dos mil (2.000) smmiv, así como los contemplados en el literal d) del numeral 7 del artículo 21 ibidem, requerirán autorización previa del Consejo Regional para ser celebrados.
Que, en el documento técnico de soporte denominado “Justificación de la autorización al Director de la Región Metropolitano Bogotá-Cundinamarca para contratar y asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras ordinarias para la vigencia 2026” de febrero de 2025 se identificó la necesidad de desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y Municipios seleccionados de Cundinamarca.
En el caso de Bogotá, la cobertura incluirá sus 20 localidades (19 urbanas y 1 rural), organizadas en 30 Unidades de Planeación Local (UPL) urbanas y 3 rurales, con desagregaciones que abarcan 70 Unidades Territoriales de Información de la Encuesta Multipropósito (UTIEM) urbanas y 3 rurales. Para los municipios de Cundinamarca, fa encuesta abarcará 21 municipios, de los cuales 7 (Chía, Cota, Funza, La Calera, Mosquera, Soacha y Sopó) contarán con información diferenciada entre zonas urbanas y rurales, mientras que los otros 14 (Bojacá, Cajicá, El Rosal, Facatativá, Fusagasugá, Gachancipá, Madrid, Sibaté, Subachoque, Tabio, Tenjo, Tocancipá, Zipacón y Zipaquirá) tendrán representatividad a nivel municipal, aunque con muestra limitada a las cabeceras urbanas. De manera adicional, en el caso de Soacha, se dispondrá de información urbano-rural e información desagregada a nivel de 6 comunas.
Que dada esta cobertura geográfica la encuesta contará con una cobertura temática en dimensiones asociadas a la calidad de vida como son la vivienda y entorno, servicios públicos domiciliarios, salud, educación, mercado laboral, movilidad espacial, comunicaciones y alimentación. De manera que sea posible contar con datos e información confiable a nivel municipal para el diseño, monitoreo y evaluación de políticas públicas, sobre aspectos sociales, económicos y de entorno urbano y rural de los hogares y personas cubiertos por la encuesta.
Que mediante el Acuerdo Regional 04 de 2023 se adoptó el Estatuto de Presupuesto de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, el cual estableció en sus artículos 56 y siguientes la naturaleza, uso, competencias y requisitos para la autorización de vigencias futuras ordinarias o excepcionales por parte del Consejo Regional; lo anterior, de conformidad con lo señalado en el referido literal c) del numeral 6 del artículo 21 de la Ley Orgánica 2199 de 2022.
Que, en ese orden, el artículo 57 del citado Acuerdo Regional 04 de 2023 prescribe que el Consejo Regional es la autoridad competente para autorizar la asunción de obligaciones con cargo a recursos de funcionamiento e inversión de vigencias fiscales futuras de la Región Metropolitana a solicitud de su director.
Que, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), junto con la Secretaría Distrital de Planeación de Bogotá D.C. (SDP), ha llevado a cabo cuatro mediciones de la Encuesta Multipropósito (EM), una operación estadística robusta y periódica que evalúa las condiciones de vida de la población. Esta encuesta proporciona indicadores clave sobre problemáticas específicas que afectan la calidad de vida urbana y la capacidad de pago de los hogares, permitiendo analizar comportamientos y cambios a lo largo del tiempo. Además, facilita la comparación de resultados entre Bogotá, los municipios de Cundinamarca y otras ciudades del país e incluso en contextos internacionales. Gracias a sus cuatro mediciones (2011, 2014, 2017 y 2021), la EM se ha consolidado como una herramienta fundamental para la administración distrital y regional, proporcionando información socioeconómica estratégica.
Que en el año 2024 la Secretaría Distrital de Planeación y el DANE suscribieron el contrato interadministrativo No. 479 de 2024 para desarrollar las fases de Detección de Análisis de Necesidades (DAN) y el diseño de la quinta Encuesta Multipropósito como actividades principales y, con el fin de continuar desarrollando las fases del proceso de producción estadístico como son Construcción, Recolección/Acopio, Procesamiento, Análisis, Difusión y Evaluación, se identifica la necesidad de suscribir un contrato interadministrativo durante la vigencia 2025.
Que, para la determinación del plazo y valor de ejecución de la encuesta, la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca y la Secretaría Distrital de Planeación solicitaron propuesta técnico-económica de contrato interadministrativo al DANE, mediante la cual se prevé que la totalidad del contrato se desarrolle en un plazo de 16 meses y un costo total de TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS ($ 35.285.918.623), de los cuales la Secretaría Distrital de Planeación aportará VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS ($25.200.000.000) y la Región Metropolitana aportará el valor restante correspondiente a DIEZ MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS ($10.085.918.623).
Que, en consideración a la fecha estimada de inicio del contrato y al plazo de ejecución, se prevé que en la vigencia de 2025 solo se alcanzarán a desarrollar diez de los veintiún entregables sujetos a pago, mientras que los productos restantes se ejecutarán en el 2026, de tal forma que los DIEZ MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS ($10.085.918.623) que serán aportados por la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca se distribuirán NUEVE MIL MILLONES DE PESOS {$9.000.000.000) en la vigencia 2025 y MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS ($1.085.918.623) en la vigencia 2026.
Que, de acuerdo con lo anterior y, según el documento de justificación elaborado por la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca, el detalle del costo de los estudios, los aportantes y la distribución entre las vigencias 2025 y 2026, se estima sea el siguiente:
Que, en consideración a lo expuesto, es viable autorizar al Director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para que celebre los contratos o convenios cuya cuantía supere los dos mil (2.000) SMMIV que se requieran exclusivamente con el fin de “Desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y municipios seleccionados de Cundinamarca”, los cuales han sido contemplados dentro del proyecto de inversión BPIN 20241400230002- “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana. Bogotá D.C, Cundinamarca”.
Que determinado el alcance, plazo, fases proyectadas y valor estimado para el desarrollo de los estudios cuya contratación se requiere, el Director de la Región Metropolitana BogotáCundinamarca solicitó la autorización de vigencias futuras ordinarias, con el propósito de acreditar el cumplimiento de los requisitos comprendidos en los artículos 53 y 59 del mencionado Acuerdo Regional 04 de 2023, se anexaron los siguientes documentos:
- Certificado del 15 de enero de 2025, la Subdirección de Gestión Corporativa de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca certificó, en relación con el referido proyecto de inversión BPIN 20241400230002- “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana. Bogotá D.C, Cundinamarca” el cual comprende dentro del producto “Documentos de Planeación” para “Desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y municipios seleccionados de Cundinamarca” que:
(i) consulta las metas del Plan Financiero de Mediano Plazo de la Región Metropolitana;
(ii) Se encuentra incluido dentro de su Plan Plurianual de Inversiones
(iii) El monto requerido como vigencias futuras que se pretenden comprometer en la vigencia 2026 no exceden su capacidad de endeudamiento y,
(iv) Cuenta con una apropiación dentro del presupuesto aprobado para la vigencia 2025 y que esta apropiación supera el mínimo establecido de (15%).
- Certificación del 13 de enero de 2025 expedida por la Oficina Asesora de Planeación Institucional de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca en la que consta que el proyecto de inversión citado se encuentra debidamente formulado y viabilizado por la Región y registrado en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión encontrándose en estado registrado actualizado en el Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas — SUIFP.
Que, de conformidad con lo anterior, se verifica el cumplimiento de las exigencias establecidas en los artículos 57, 58 y 59 del Acuerdo Regional 04 de 2023 con el fin de autorizar al Director de la Región Metropolitana para que asuma compromisos con cargo a vigencias fiscales futuras correspondientes al año 2026 para “Desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y municipios seleccionados de Cundinamarca”.
Que, en mérito de lo expuesto
ACUERDA:
Artículo 1. Autorización contratación, Autorizar al Director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca para celebrar los contratos o convenios requeridos exclusivamente para “Desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y municipios seleccionados de Cundinamarca”, en el marco del proyecto de inversión BPIN 20241400230002 “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana. Bogotá D.C, Cundinamarca’, que incorpora el producto “Documentos de Lineamientos Técnicos”, y cuya contratación supera los dos mil (2.000) SMMIV y compromete los recursos de la Región Metropolitana BogotáCundinamarca, así:
Artículo 2. Autorización vigencias futuras. Autorizar al Director de la Región Metropolitana Bogotá-Cundinamarca la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias — año 2026 por valor de MIL OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS PESOS {$1.085.918.623), para amparar la contratación requerida exclusivamente para “Desarrollar las fases de construcción, recolección/acopio, procesamiento, análisis, difusión y evaluación de la quinta versión de la Encuesta Multipropósito para Bogotá y municipios seleccionados de Cundinamarca”, en el marco del proyecto de inversión BPIN 20241400230002 - “Fortalecimiento de la planeación territorial y socioeconómica a escala metropolitana de la Región Metropolitana. Bogotá D.C, Cundinamarca”, requiriendo una asunción de recursos distribuida de la siguiente manera:
Artículo 3. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su aprobación.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.
Dada en Bogotá D.C, a los 20 días del mes de febrero del año 2025.
VICTOR JULIAN SÁNCHEZ ACOSTA
Presidente
LUIS LOTA
Secretario Técnico
Nota: Ver norma original en anexos. |