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Resolución 039 de 2025 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES

Fecha de Expedición:
30/01/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 039 DE 2025

 

(Enero 30)

 

Por la cual se efectúa un traslado entre rubros del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal 2025

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES

 

En uso de las facultades legales, y en especial la conferida mediante Acuerdo N° 06 de marzo 25 de 2011 expedida por el Consejo Directivo del Instituto Distrital de Artes – IDARTES y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Acuerdo N° 06 de 2011, el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES, delegó en la Dirección General la competencia para efectuar los traslados y modificaciones al presupuesto de la Entidad.

 

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10° del Decreto 192 de 2021[1] “Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hace parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales.”

 

Que mediante Decreto 470 del 27 de diciembre de 2024 “Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025 y se dictan otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 940 del 19 de diciembre de 2024” se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

 

Que internamente y mediante radicado N° 20254000037593 del 23 de enero de 2025, la Subdirección Administrativa y Financiera, solicitó “Traslado presupuestal al interior de la Entidad”, por valor total de $ 21.900.000.

 

“Traslado para amparar viáticos de comisión y pago de Token funcionarios respaldado con CDP No 877

 

RUBRO

CONTRACREDITO

CRÉDITO

O21202020070272112 Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados

$21.900.000

O2120202010: Viáticos de los funcionarios en comisión

$20.000.000

O21202020080282130 Servicios de documentación y certificación jurídica

$1.900.000

 

CONTRACRÉDITO

- Rubro: O21202020070272112 “Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados” por valor de veintiún millones novecientos mil pesos M/CTE (21.900.000).

 

Justificación: Este rubro que se contracredita tiene el recurso requerido, teniendo en cuenta que los valores negociados para los arrendamientos de la vigencia 2025 fueron menores a los proyectados inicialmente, por esta razón es posible realizar dicho traslado al rubro que se acredita.

 

CRÉDITO

- Rubro: O2120202010 “Viáticos de los funcionarios en comisión.” por valor de veinte millones de pesos M/CTE ($20.000.000).

 

Justificación: Teniendo en cuenta que para el Instituto Distrital de las Artes – Idartes es prioritario crear oportunidades que favorezcan la gestión del conocimiento y la internacionalización, con el fin de complementar y amplificar los recursos del sector artístico y contribuir al posicionamiento de Bogotá como un referente cultural en el mundo, y que este objetivo corresponde a uno de los proyectos del Plan de Desarrollo Bogotá Camina Segura, se hace necesario fomentar procesos de intercambio cultural que sean de ida y vuelta, que reflejen la diversidad cultural de la ciudad y que promuevan diálogos interculturales, tal y como lo señalan las convenciones de la UNESCO sobre diversidad cultural y creativa en el mundo.

 

En este contexto, se busca establecer mecanismos de cooperación oportunos y efectivos mediante alianzas estratégicas que trasciendan los esquemas tradicionales a nivel distrital, nacional e internacional. La cultura, incluida recientemente en la agenda internacional de los países, representa un recurso estratégico para el liderazgo global de Bogotá. Por lo anterior, resulta fundamental trasladar recursos al rubro de viáticos de los funcionarios en comisión, con el objetivo de cubrir los gastos derivados de las comisiones que se aprueben durante esta vigencia.

 

Es importante resaltar que dicho traslado y el manejo de los recursos se realizarán de forma responsable, en estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Circular 002 de austeridad del gasto, garantizando así la eficiencia y transparencia en el uso de los recursos públicos.

- Rubro: O21202020080282130 “Servicios de documentación y certificación jurídica” por valor de un millón novecientos mil pesos M/CTE ($1.900.000).

 

Justificación: Lo anterior teniendo en cuenta que se requiere la compra de los token para las firmas digitales en la Entidad. Es fundamental subrayar la importancia de adquirir los tokens, dado que estos son necesarios para las firmas de los directivos que así lo requieran, constituyendo un elemento crucial en el proceso de autenticación y firma electrónica. Los tokens representan un mecanismo de firma que incorpora una tecnología avanzada, generando un único usuario y contraseña para la administración de todos los certificados asociados a un mismo número de identificación. Esta característica permite identificar, autenticar y firmar cada operación realizada en medios electrónicos de manera segura y eficiente. Por lo tanto, resulta imperativo realizar el trámite correspondiente para adquirir los tokens a través de Certicámaras, garantizando así el correcto funcionamiento y seguridad en las operaciones electrónicas.

 

Por lo anterior, se evidencia que es posible realizar el respectivo traslado presupuestal, ya que los rubros acreditados pueden ser financiados con aquellos que presentan excedentes disponibles para efectuar los mencionados traslados. Agradecemos que esta justificación sea incluida en la resolución correspondiente y, de igual manera, se remita en los correos de trámite, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la OAJ y la Dirección General.”

 

Que, como soporte de lo anterior y teniendo en cuenta que el trámite es adelantado directamente por la Entidad, se anexa la imagen del aplicativo SAP – BogData, donde se evidencia que se registró de forma preliminar la solicitud de traslado presupuestal citado en el considerando anterior:

 

 

Que el traslado presupuestal se encuentra amparado bajo el siguiente CDP número 877[2] cuyo objeto es “AMPARAR TRASLADO PRESUPUESTAL ENTRE RUBROS DE FUNCIONAMIENTO” por valor de veintiún millones novecientos mil pesos M/CTE  (21.900.000).

 

FECHA DEL CDP

NÚMERO DEL CDP

OBJETO

VALOR

23 de enero 2025

877

AMPARAR TRASLADO PRESUPUESTAL ENTRE RUBROS DE FUNCIONAMIENTO.

$ 21.900.000

 

 

Que surtido el trámite y verificado el cumplimiento de requisitos señalados en la Resolución SHD-191 del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital”, se procede a efectuar el traslado solicitado por la Subdirección Administrativa y Financiera.

 

Que, en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectuar un traslado entre rubros del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, para la vigencia fiscal 2025 traslados presupuestales por valor total de veintiún millones novecientos mil pesos M/CTE (21.900.000), de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente y en la forma como se indica a continuación:

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

CONTRACRÉDITOS

PESOS

O2

GASTOS

$ 21.900.000

$ 21.900.000

O21

Funcionamiento

$ 21.900.000

$ 21.900.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 21.900.000

$ 21.900.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 21.900.000

$ 21.900.000

O2120202

Adquisición de servicios

$ 21.900.000

$ 21.900.000

O2120202007

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

$ 21.900.000

$ 0

O212020200702

Servicios inmobiliarios

$ 21.900.000

$ 0

O21202020070272112

Servicios de alquiler o arrendamiento con o sin opción de compra, relativos a bienes inmuebles no residenciales (diferentes a vivienda), propios o arrendados

$ 21.900.000

$ 0

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 0

$ 1.900.000

O212020200802

Servicios jurídicos y contables

$ 0

$ 1.900.000

O21202020080282130

Servicios de documentación y certificación jurídica

$ 0

$ 1.900.000

O2120202010

Viáticos de los funcionarios en comisión

$ 0

$ 20.000.000

TOTAL

$ 21.900.000

$ 21.900.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, así como a la Subdirección Administrativa y Financiera del IDARTES, para su conocimiento y fines pertinentes.

 

ARTÍCULO TERCERO: Publíquese la presente resolución en la página web y en la intranet de la entidad de conformidad con lo establecido en la Ley 1712 de 2014, reglamentada por el Decreto 103 de 2015 y las disposiciones que la reglamentan y complementan.

 

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de febrero del año 2025.

 

MARIA CLAUDIA PARÍAS DURÁN

 

Directora General

 

Instituto Distrital de las Artes – Idartes

 

Nota: ver norma original en Anexos

 

NOTAS DE PIE DE PAGINA:


[1] Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones

[2] Documentos que se adjunta y forma parte integral del presente acto