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ACUERDO 002 DE 2025
Por el cual se emite concepto previo favorable en el trámite ante el CONFIS Distrital para la autorización de vigencias futuras ordinarias
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
En uso de las atribuciones legales y en especial las conferidas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo Distrital No. 19 de 1972, Resolución 191 de 2017 y su Manual Operativo Presupuestal numeral 2.8.2 y en concordancia con el literal c) del artículo 14 del Acuerdo del Consejo Directivo No. 001 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el literal f del numeral 2.8.2 del Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, adoptado mediante resolución 191 del 2017 de la Secretaría Distrital de Hacienda, corresponde al Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano, autorizar previamente el trámite de las solicitudes de vigencias futuras ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital.
Que, en concordancia con el inciso anterior, el numeral III, literal f) de la circular 07 del 01 de octubre de 2024 expedida por el CONFIS Distrital, establece como requisito para solicitar las vigencias futuras “el acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos.”.
Que el artículo 143A del Decreto Ley 1421 de 1993 establece, en relación con las “Vigencias futuras ordinarias, que: “El CONFIS Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas …”.
Que la Circular CONFIS No. 07 de 01 de octubre de 2024 en el numeral III establece los requisitos para solicitar vigencias futuras así: “Las solicitudes de autorización o aprobación de vigencias futuras deben remitirse y radicarse formalmente ante la Secretaría Técnica del CONFIS Distrital - Secretaría Distrital de Planeación con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, anexando la siguiente documentación: (…) literal f. Acuerdo o autorización previa de la Junta Directiva o Consejo Directivo para los casos de Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, Empresas Sociales del Estado y Establecimientos Públicos.”
Que la Circular CONFIS No. 07, en el numeral II CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS VIGENCIAS FUTURAS, literal h, registra: “El CONFIS Distrital no autorizará asumir compromisos con cargo a vigencias futuras que sobrepasen el período de gobierno, salvo que el proyecto de inversión o gasto a soportar presupuestalmente, haya sido declarado previamente de importancia estratégica por el Consejo de Gobierno Distrital, para lo cual se debe contar previamente con aval fiscal del CONFIS Distrital.”
Que el IDU requiere adelantar el trámite de vigencias futuras ordinarias 2026 y 2027 que no superan el periodo de gobierno, para los proyectos: 8014 - Fortalecimiento del modelo de operación institucional del Instituto de Desarrollo Urbano en Bogotá D.C. BPIN 2024110010113; 8022 - Consolidación del sistema del espacio público, para brindar movilidad segura, inclusiva y sostenible en Bogotá D.C. BPIN 2024110010117; 8032 - Consolidación de infraestructura vial y ciclo infraestructura para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C. BPIN 2024110010140 y, 8015 - Construcción de infraestructura de transporte para una movilidad sostenible, eficiente, inclusiva que promueve la integración modal en Bogotá D.C. BPIN 2024110010133.
Que el trámite de la vigencia futura para los procesos de fortalecimiento institucional asociados al proyecto 8014 a que se hace referencia, también se financiará con el siguiente rubro de funcionamiento O21202020060868021-Servicios locales de mensajería nacional.
Que la Dirección General del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, solicitó a la Secretaría Distrital de Planeación - SDP, concepto previo y favorable a vigencias futuras ordinarias, el cual fue emitido mediante comunicaciones No.2-2025-13330 y No. .2-2025-13281 del 11 marzo de 2025 por valores de 183.548.721.634 y 183.548.721.634y15.384.455.385 (precios constantes), para recursos de inversión.
Que, de acuerdo con lo expuesto, el Consejo Directivo en sesión del 12 de marzo de 2025, aprobó, el trámite de solicitud de autorización ante el CONFIS Distrital en los términos presentados por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. Emitir concepto favorable para presentar ante el CONFIS Distrital la solicitud de autorización de vigencias futuras ordinarias” correspondientes a los siguientes proyectos de inversión y a recursos de funcionamiento, por la suma de DOSCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE. (202.634.542.865) a precios constantes, y DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES PESOS M/CTE. ($211.508.842.573) a precios corrientes. Las sumas anteriores incluyen un valor por rubros de funcionamiento de TRES MIL SETECIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS M/CTE. (3.701.365.848) precios constantes y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRES MIL TREINTA Y OCHO PESOS M/CTE ($3.884.003.038) precios corrientes, conforme al siguiente detalle:
Cifras en valores constantes
Cifras en valores corrientes
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2025.
PAULO ANDRÉS RINCÓN GARAY
Secretario Distrital de Movilidad (E)
Presidente
GISELE MANRIQUE VACA
Subdirectora Gral. de Gestión Corporativa
Secretaria
Nota: Ver norma original en Anexos |
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