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Decreto 097 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2025
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 097 DE 2025

 

(Marzo 14)

 

Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país y se hace un encargo

 

El ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2.2.5.5.21. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1° del Decreto Nacional 648 de 2017, dispone: “(…) El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del país o al exterior.”

 

Que el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que “(…) Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo”.

 

Que el señor Michael R. Bloomberg, Embajador Mundial de la OMS para Enfermedades No Transmisibles y Traumatismos, que la señora Mary - Ann Etiebet, Presidenta y Directora Ejecutiva de Vital Strategies y la señora Ailan Li, Subdirectora General, Cobertura Sanitaria Universal/Mejora de la Salud de las Poblaciones de la Organización Mundial de la Salud, extendieron invitación al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar en la Cumbre de Alianza de Ciudades Saludables, que se llevará a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Que en los últimos años, la Alianza de Ciudades Saludables ha reunido a alcaldes, equipos técnicos y responsables de comunicación de distintas ciudades del mundo con el propósito de abordar las enfermedades no transmisibles (ENT) y las lesiones, que siguen siendo las principales causas de muerte a nivel global, representando 8 de cada 10 fallecimientos. A través del trabajo colaborativo con las 74 ciudades que integran la red, se han conseguido avances significativos en la implementación de políticas públicas orientadas a la prevención y reducción de estos problemas de salud, aunque persisten grandes desafíos que exigen un esfuerzo continuo y coordinado. En marzo de 2025, la Cumbre buscará dar continuidad al progreso alcanzado, sirviendo como un espacio clave para compartir experiencias, debatir soluciones innovadoras y fortalecer el compromiso de los gobiernos locales con la salud pública. El evento incluirá conferencias especializadas, visitas de campo a proyectos exitosos y múltiples oportunidades para que los líderes gubernamentales intercambien conocimientos y establezcan alianzas estratégicas que permitan seguir impulsando medidas concretas para reducir las ENT y las lesiones en sus comunidades.

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, asistirá a reuniones con empresarios franceses, a través de las que pueda dar a conocer oportunidades de inversión en la ciudad para el sector salud, ambiente, cultura y los demás proyectos que puedan surgir de estas reuniones y encuentros, en la ciudad de París, República Francesa. Que mediante memorando con radicado No. 3-2025-6582 del 5 de marzo de 2025 y correos electrónicos del 5,7 y 11 de marzo de 2025, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., solicitó que se conceda al señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., comisión de servicios al exterior del país del 18 al 22 de marzo de 2025, para que participe en los mencionados eventos.

 

Que la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., se considera procedente, por cuanto es el jefe de gobierno y de la administración distrital, primera autoridad administrativa de la ciudad, además su participación en la Cumbre representa el compromiso de la ciudad con la salud y el bienestar de los habitantes, sino que también ofrece la oportunidad de posicionar a Bogotá, D.C., como un referente en la región en cuanto a políticas de salud pública, además podrá conocer de primera mano buenas prácticas implementadas en otras ciudades, explorar posibles colaboraciones internacionales y contribuir con la experiencia local de la ciudad a la construcción de soluciones globales. Su liderazgo podría ser clave para fortalecer las iniciativas locales, adaptar estrategias exitosas a la realidad de la ciudad y asegurar que Bogotá continúe avanzando hacia un entorno más saludable y seguro para todos sus ciudadanos.

 

Que Bloomberg Associates, asumirá los gastos de tiquetes aéreos, alojamiento por las noches del 19, 20 y 21 de marzo de 2025, desayunos de los días 20, 21 y 22 de marzo de 2025, almuerzos y cenas de los días 19 y 20 de marzo de 2025 y los traslados internos en el marco de la Cumbre.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., viáticos a razón del treinta y tres punto dos por ciento (33.2%) por el día 21 de marzo de 2025, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1° del Decreto No. 303 de 2024, aplicable en virtud del artículo 5° del Decreto No. 293 de 2024, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción “Viáticos de los funcionarios en comisión” según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.

 

Que con el propósito que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, asista y participe en los mencionados eventos, se hace necesario conceder comisión de servicios al exterior del país del 18 al 22 de marzo de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de los vuelos.

 

Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 establece: “Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo (...)"

 

Que durante el término de la comisión, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el artículo 19 del Decreto No. 648 de 2017.

 

Que por lo anterior se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.045.211, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría de Educación del Distrito, para garantizar la continua prestación de los servicios, que ese Despacho tiene a su cargo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, del 18 al 22 de marzo de 2025, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar en la Cumbre de Alianza de Ciudades Saludables y asistir a reuniones con empresarios franceses, eventos que se llevarán a cabo del 18 al 21 de marzo de 2025, en la ciudad de París, República Francesa.

 

Parágrafo 1°-: Durante el término de la comisión, el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5:5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.

 

Parágrafo 2°-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado “4232000-F-1154 informe de comisión”, a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 2°.- La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., viáticos a razón del treinta y tres punto dos por ciento (33.2%) por el día 21 de marzo de 2025, de conformidad con la tarifa máxima establecida en el artículo 1° del Decreto No. 303 de 2024, aplicable en virtud del artículo 5° del Decreto No. 293 de 2024, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción “Viáticos de los funcionarios en comisión” según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.

 

ARTÍCULO 3°.- Encargar del 18 al 22 de marzo de 2025, a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.045.211, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaría de Educación del Distrito, de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 4°.- Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, a la señora ISABEL SEGOVIA OSPINA al correo electrónico: isabelsegoviao@educacionbogota.gov.co, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, a la Secretaría Jurídica Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.

 

ARTÍCULO 5°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de marzo del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

Nota: Ver norma original en Anexos.