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Acuerdo 003 de 2025 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
19/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/03/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8289 del 20 de marzo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 003 DE 2025

 

(Marzo 19)

 

Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias ante el CONFIS Distrital en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2026 y el 2027 para implementar en el marco de Talento Capital Formación un programa de formación en inglés como lengua extranjera

 

El Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la

Tecnología “Atenea”

 

En ejercicio de las facultades legales que confiere la Ley 819 de 2003 y el artículo 19 del Decreto

Distrital 192 de 2021, modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 356 de 2022, el artículo 10 del

Decreto Distrital 273 de 2020 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 14 de la Ley 2116 de 2021, adicionó el artículo 143A al Decreto Ley 1421 de 1993, el cual determina:

 

“Artículo 143A. Vigencias futuras ordinarias. El Confis Distrital podrá autorizar la asunción de obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras de funcionamiento o inversión cuando su ejecución se inicie con el presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo en cada una de ellas siempre y cuando se cumpla que:

 

a. El monto máximo de vigencias futuras, el plazo y las condiciones de las mismas consulte las metas plurianuales del Marco Fiscal de Mediano Plazo de que trata esta ley;

 

b. Como mínimo, de las vigencias futuras que se soliciten se deberá contar con apropiación del quince por ciento (15%) en la vigencia fiscal en la que estas sean autorizadas;

 

c. Se disponga del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda y de la Secretaría Distrital de Planeación, cuando se trate de proyectos de inversión.

 

d. Cuando se trate de proyectos de inversión con cofinanciación de la nación, deberá obtenerse el concepto previo y favorable del Departamento Nacional de Planeación.

 

La autorización por parte del Confis para comprometer presupuesto con cargo a vigencias futuras no podrá superar el respectivo período de gobierno. Se exceptúan los proyectos de gastos de inversión en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno previamente los declare de importancia estratégica. El Gobierno Distrital reglamentará la materia.

 

La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto incluirá en los proyectos de presupuesto, las asignaciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Artículo.”

 

Que el Decreto Distrital 714 de 1996, en su artículo 10 literal J señala como una de las funciones del CONFIS la de “Autorizar de conformidad con el Artículo 12 del presente Acuerdo, la asunción de obligaciones con cargo a vigencias futuras, siempre que estas estén consignadas en el Plan de Desarrollo respectivo”.

 

Que la Resolución 191 de 2017, modificada parcialmente por la Resolución SDH-037 de 2019 de la Secretaría Distrital de Hacienda, adoptó el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, el cual, en el numeral 2.8. define las vigencias futuras como:

 

“(…) una herramienta presupuestal para asumir compromisos con cargo a presupuestos de vigencias fiscales posteriores, con el objetivo de ejecutar gastos de funcionamiento y/o de inversión con un horizonte mayor a un año, las cuales se clasifican en Ordinarias y Excepcionales”.

 

Que el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital en el numeral 2.8.2 literal F establece que para solicitar concepto favorable de vigencias futuras ante el CONFIS Distrital, se debe contar con “F. Autorización previa de la Junta o Consejo Directivo en los casos que aplique”.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto Distrital 273 de 2020, la Dirección de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología está a cargo del Consejo Directivo y del Director General.

 

Que igualmente, el citado Decreto Distrital, establece en el artículo 6 numeral 6 como función de la Agencia la de: “Gestionar y ejecutar planes, programas y proyectos distritales que promuevan el fortalecimiento y financiamiento de proyectos y redes colaborativas de ciencia, tecnología e innovación con actores del sector público y privado, para mejorar la infraestructura tecnológica del Distrito Capital.”

 

Que el artículo 17 del Acuerdo 927 de 2024, “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura”, estableció los proyectos estratégicos indicando que:

 

“Artículo 17. Proyectos Estratégicos. Se consideran proyectos estratégicos para Bogotá aquellos que, por su magnitud, alcance e impacto sobre la calidad de vida de sus habitantes, inciden de manera significativa en el cumplimiento de los objetivos estratégicos y las metas de la ciudad propuestos en este plan de Desarrollo, y a su vez, su ejecución puede trascender la vigencia del Plan de Desarrollo. Dichos proyectos incluyen, entre otros:

 

(…)

 

17.11 Implementación de proyectos y estrategias de financiación para el acceso, permanencia y graduación de la educación posmedia.”

 

Que, en el marco del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Camina Segura” 2024-2027, y con el objetivo de cumplir con la meta 182 de dicho Plan de “Ofrecer 20.000 cupos de formación posmedia en cursos cortos orientados a jóvenes con potencial”, Atenea ha diseñado y se encuentra implementando el programa Talento Capital Formación, el cual busca aportar al cierre de brechas de talento humano, a partir del fortalecimiento de habilidades, conocimientos y competencias y su certificación a través de cursos de formación de ciclo corto en el marco de la educación informal.

 

Que la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología – Atenea, en el marco de su misión “Generar oportunidades de acceso a la educación posmedia...” y para dar cumplimiento a lo establecido en el PDD, formuló el proyecto “Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos que permitan adquirir las habilidades necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.”; el cual busca “desarrollar e implementar estrategias que contribuyan al desarrollo de cursos cortos pertinentes a las demandas del sector productivo de la ciudad” mediante la realización de programas de acceso a cursos cortos para mejorar las competencias y habilidades de la población, además de ejecutar estrategias de involucramiento y permanencia en programas de cursos cortos.

 

Que, el dominio de una segunda lengua, especialmente el inglés, se ha consolidado como una de las competencias más valoradas en el mercado laboral global, dadas las ventajas que ofrece en un mundo cada vez más interconectado. Esta habilidad no solo abre puertas a nuevas oportunidades de empleo, sino que también incide directamente en el desarrollo profesional, la movilidad internacional y el acceso a mejores salarios y beneficios.

 

Que el propósito del cupo de las vigencias futuras es el de celebrar un convenio con el British Council con el objetivo de aunar esfuerzos técnicos, administrativos, operativos y financieros para implementar un programa de formación en inglés como lengua extranjera para trayectorias en educación y formación posmedia - 2025-2027, garantizando una formación continua y progresiva para que los beneficiarios logren alcanzar un nivel más avanzado de inglés, contribuyendo al acceso de las personas a mejores ingresos, empleo y emprendimiento de calidad, con énfasis en sectores económicos y ocupaciones estratégicos para el desarrollo de la ciudad. Por lo que se requiere la aprobación del cupo de vigencias futuras ordinarias por un valor total de QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIEN MIL PESOS MCTE ($15.728.100.000) a precios corrientes, los cuales se ejecutarán en el período 2026-2027.

 

Que conforme a la certificación expedida por la Subgerencia Financiera de Atenea de fecha 07 de marzo del año en curso, se indica que para la vigencia del 2025 se cuenta con la existencia de mínimo el 15% de apropiación presupuestal disponible de $6.078.205.263 en proyecto de inversión O23011736022024019201031 “Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos que permitan adquirir las habilidades necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.”, posición presupuestal O232020200992913 “Servicios de educación para la formación y el trabajo”, Fondo 1-100-F039 VA-Crédito requerido para el trámite de la solicitud de autorización ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS para comprometer vigencias futuras.

 

Que, en la sesión que inició el 14 de marzo 2025 y terminó el 18 de marzo 2025, el Consejo Directivo autorizó a la Agencia – Atenea, para efectuar los trámites pertinentes a la solicitud de vigencias futuras ordinarias y en el presupuesto de inversión del proyecto 0192_8138 “Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos que permitan adquirir las habilidades necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.” para los años comprendidos entre el 2026 y el 2029 para implementar un programa de formación en inglés como lengua extranjera para trayectorias en educación y formación posmedia.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Agencia Distrital para la Educación, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para solicitar vigencias futuras ordinarias en gastos de inversión del proyecto 0192_8138 “Implementación de estrategias de formación a través de cursos cortos que permitan adquirir las habilidades necesarias para mejorar la empleabilidad en Bogotá D.C.” para los años comprendidos entre el 2026 y el 2027, con el fin de garantizar un programa de formación en inglés como lengua extranjera para trayectorias en educación y formación posmedia por valor total de QUINCE MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CIEN MIL PESOS MCTE ($15.728.100.000) a precios corrientes, los cuales serán ejecutados conforme al siguiente detalle:

 

Año

Constantes

Corrientes

2026

$6.000.000.000

$6.180.000.000

2027

$9.000.000.000

$9.548.100.000

Total

$15.000.000.000

$15.728.100.000

Fuente: Documento técnico para aval fiscal ante el CONFIS – Agencia ATENEA

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorizar al Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para que tramite la solicitud del cupo de vigencias futuras ante el CONFIS Distrital.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de marzo del año 2025.

 

ISABEL SEGOVIA OSPINA

 

Presidenta Consejo Directivo

 

VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO

 

Secretario Técnico Consejo Directivo

 

Nota: Ver norma original en Anexos.