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Resolución SDH-000032 de 2025 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
13/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/03/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8289 del 20 de marzo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000032 DE 2025

 

(Marzo 13)

 

Por la cual se delega la representación accionaria del Distrito Capital para el estudio de ofrecimientos de dación en pago y la autorización de pago de obligaciones no tributarias mediante la aplicación de la figura de la dación en pago

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

 

En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 9° y 10° de la Ley 489 de 1998, el

artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, los literales o) y u) del artículo 4 del Decreto

Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015, el

parágrafo del artículo 80 del Decreto Distrital 192 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política de 1991 dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, transparencia, y responsabilidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones” establece que las autoridades administrativas mediante acto de delegación podrán transferir el ejercicio de funciones, la atención y decisión de los asuntos a ella confiados por la Ley, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor, vinculados al organismo correspondiente.

 

Que el parágrafo del artículo 2º de la mencionada Ley 489 dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación de funciones se aplicarán a las entidades territoriales, respetando su autonomía.

 

Que en virtud de las funciones asignadas a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante el artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014, modificado por el artículo 1° del Decreto Distrital 364 de 2015, le corresponde “o.) establecer las políticas generales de la Secretaría Distrital de Hacienda, velar por el adecuado y oportuno cumplimiento de sus funciones, organizar el funcionamiento de la entidad, y proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos; y u) expedir los actos administrativos que le correspondan (…)”.

 

Que de conformidad con el artículo 80 del Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” el secretario o la secretaría distrital de hacienda tiene la representación accionaria del Distrito Capital, con los derechos y deberes de los accionistas regulados en el Código de Comercio y las demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen, complementen o sustituyan.

 

Que adicionalmente el parágrafo de la misma norma faculta al Secretario Distrital de Hacienda para otorgar poder especial a servidores públicos del nivel directivo o asesor de la Entidad para la representación accionaria del Distrito Capital.

 

Que la expedición del presente acto administrativo tiene como propósito delegar la representación accionaria del Distrito Capital, para que el servidor público delegatario adelante las gestiones que correspondan para atender el trámite de la dación en pago como modo excepcional de extinguir las obligaciones no tributarias.

 

Que, además, el artículo 100 del Decreto Distrital 192 de 2021 faculta a la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Cobro, para autorizar el pago de obligaciones no tributarias, mediante la aplicación de la figura de la dación en pago.

 

Que la delegación de la representación accionaria del Distrito Capital guarda conexidad con la función asignada a la Dirección Distrital de Cobro de autorizar el pago de las obligaciones no tributarias mediante la figura de la dación en pago.

 

Que con el propósito de alcanzar una mayor eficiencia de la gestión administrativa resulta pertinente delegar en un servidor público del nivel directivo la representación accionaria del Distrito Capital que recae en el secretario distrital de hacienda para que, adelante las gestiones a que haya lugar para estudiar y, si hay lugar a ello, autorizar la dación en pago, como abono para el pago de obligaciones no tributarias.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1º. Delegación de la representación accionaria del Distrito Capital para la autorización de pago de dividendos mediante la aplicación de la figura de la dación en pago. Deléguese la representación accionaria del Distrito Capital en el Director Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda, con los derechos y deberes de los accionistas regulados en el Código de Comercio y las demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen, complementen o sustituyan, para que adelante las gestiones que correspondan para tramitar desde su inicio y si hay lugar a ello, hasta su autorización, los ofrecimientos de dación en pago como abono para el pago de obligaciones no tributarias con el Distrito Capital bajo lo regulado en el Decreto Distrital 41 de 2006 en concordancia con el artículo 100 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

Artículo 2º. Información Periódica. El delegatario debe presentar un informe respecto del asunto delegado al despacho del (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, cuando éste le sea solicitado y al momento de su desvinculación de la entidad.

 

Artículo 3°. Publicación. Publíquese el presente acto en la sede electrónica de la Entidad, según lo dispone el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

 

Artículo 4°. Comunicación. La Subdirección de Talento Humano mediante correo electrónico, comunicará el presente acto al delegatario donde se le informa la función delegada por el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda.

 

Artículo 5°. Remisión normativa. La remisión realizada a normas jurídicas se entiende efectuada a las que las modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

Artículo 6°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de marzo del año 2025.

 

ANA MARÍA CADENA RUIZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

Despacho del secretario distrital de Hacienda

 

Nota: Ver norma original en Anexos.