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Decreto Local 002 de 2025 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
03/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/03/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8292 del 26 de marzo de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 002 DE 2025

 

(Marzo 03)

 

Por el cual se ajusta el presupuesto anual de gastos del fondo de desarrollo local de ciudad bolívar para la vigencia fiscal 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:


Que una vez efectuado el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2024, se determinó un monto de obligaciones por pagar de $ 171.706.016.000, y un saldo real de caja por $ 156.300.241.326

 

Que en el presupuesto de la vigencia 2024, se estimó un valor de $156.300.241.326 en el rubro de obligaciones por pagar y $171.706.016.000 en el rubro de Bancos.


Que se presentan diferencias entre los valores determinados en obligaciones por pagar y Bancos frente a los programados en el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia.

 

Que el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar debe ajustar al agregado de las obligaciones por pagar del presupuesto probado para la vigencia fiscal 2025, a las realmente constituidas a 31 de diciembre de 2024.

 

Que mediante comunicación No 2025EE49002O1 del 27 de febrero de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.

 

Que mediante comunicación N° 2-2025-07397 del 13 de febrero de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.

 

Que en su artículo 36 del Decreto 372 de 2010, estipula: "El Alcalde Local ajustará por Decreto las Obligaciones por Pagar hasta por el monto real constituido al cierre de la vigencia fiscal inmediatamente anterior y reflejará en el ingreso el monto ajustado en Bancos".

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal de 2025, conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

AUMENTAR

DISMINUIR

02

GASTOS

15.405.774.674

021

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

600.088.429

02190

Obligaciones por Pagar Funcionamiento

600.088.429

0219001

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior

584.149.547

0219002

Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias

15.938.882

023

INVERSIÓN

14.805.686.245

02306

OBLIGACIONES POR PAGAR

14.805.686.245

0230689

Obligaciones por pagar vigencia anterior

3.247.196.955

0230690

Obligaciones por Pagar vigencias anteriores

11.558.489.290

04

DISPONIBILIDAD FINAL

15.405.774.674

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de marzo del año 2025.

 

DIEGO ARLEY ARENAS MANRIQUE

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar

 

Nota: Ver norma original en Anexos.