| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
CIRCULAR 066 DE 2018
(Diciembre 27)
Para: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, DIRECTORES(AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y DIRECTORES(AS) DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES PRESIDENTES(AS) Y DIRECTORES(AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, SOCIEDADES MIXTAS, ENTES UNIVERSITARIOS, HOSPITALES, ALCALDES LOCALES, VEEDOR DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL Y PERSONERO DE BOGOTÁ.
De: ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Asunto: INFORMES DE EJECUCION PRESUPUESTAL ENVIADOS A LA COMISION DISTRITAL DE SISTEMAS
Radicado: 2-2018-33050
Con relación al Informe de Ejecución Presupuestal que algunas entidades distritales de manera mensual remiten a la Comisión Distrital de Sistemas que radican ante la Alta Consejería Distrital de TIC Secretaría General, haciendo mención a los Decretos que liquidan el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá D.C., que para la vigencia fiscal 2017, el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto 816 del 28 de diciembre 2017, es pertinente aclarar que:
El informe que señala el Artículo 29. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL, del Decreto 816 de 2017, debe ser publicado de manera mensual en el portal web de cada entidad y no establece que debe ser remitido físicamente ante la Comisión Distrital de Sistemas.
Artículo 29. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL, Decreto 816 del 28 de diciembre 2017 "La ejecución presupuestal de todas las entidades que conforman el Presupuesto General del Distrito Capital, incluidas las Subredes Integradas de Servicios de Salud ESE, incorporada en el Sistema de Presupuesto Distrital PREDIS, se considera información de carácter oficial. Con base en esta información, cada entidad debe publicar de manera mensual sus informes de ejecución presupuestal en su portal web, máximo el décimo día hábil del mes siguiente." (ΕΙ subrayado es nuestro)
En consecuencia, informamos que las entidades no están obligadas a remitir los informes de ejecución presupuestal a la comisión distrital de sistemas, ya que a través del mecanismo de publicación en página web se da cumplimiento a los aspectos de transparencia de acuerdo con la ley 1712 de 2014 y acceso de información pública por parte de la entidad ante la ciudadanía y a los entes de control.
De igual manera, para la vigencia del año 2019, serán las entidades las responsables de validar cual será el mecanismo utilizado con el fin de dar cumplimiento al mismo.
Cordialmente,
SERGIO MARTÍNEZ MEDINA
Alto Consejero Distrital de TIC
Proyectó: María del Pilar Niño Campos - Profesional especializado Consejería TIC Reviso: Mariana Acuña González - Asesora Jurídica Alta Consejería TIC
Nota: Ver norma original en Anexos. |