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DECRETO LOCAL 002 DE 2025
(Marzo 07)
Por el cual se ajusta el presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2025
LA ALCALDESA LOCAL DE CHAPINERO
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 36 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que en el numeral 4.4 del Modulo 3 de la Resolución No SHD-000191 22 de septiembre de 2017 de la Secretaria de Hacienda, sobre el Ajuste por Cierre Presupuestal se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, apropió en la vigencia 2025 en las Obligaciones por pagar el monto de $38.008.614.000, y el valor es superior a $33.640.953.642, correspondiente a las Obligaciones por Pagar constituidas a 31 de diciembre 2024.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero debe ajustar en Funcionamiento los rubros “O219001 Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” y “O219002 Obligaciones por Pagar Funcionamiento otras Vigencias” y en Inversión los rubros “O230689 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencia Anterior” y “O230690 Obligaciones por Pagar Inversión Vigencias Anteriores” hasta el monto de Obligaciones por pagar constituidas.
Que mediante comunicación de la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaria Distrital de Planeación según radicado 2-2025-07874 del 14 de febrero de 2025, emitió concepto favorable para realizar el ajuste presupuestal de las Obligaciones por Pagar del presupuesto 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que mediante comunicación según radicado 2025EE05513201 del 06 de marzo de 2025. La directora Distrital de Presupuesto emitió concepto de viabilidad para el Ajuste de los rubros de funcionamiento e Inversión presupuestal de las Obligaciones por Pagar del presupuesto 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que, en mérito a lo expuesto anteriormente, la alcaldesa Local Chapinero
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Ajustar el presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal de 2025, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de marzo del año 2025.
ALEXANDRA MEJÍA GUZMÁN
Nota: Ver norma original en Anexos. |