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CIRCULAR 025 DE 2017
(Septiembre 26)
Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES Y GERENTES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES SIN PERSONERÍA JURÍDICA, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DISTRITALES, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DISTRITALES, EL ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO DISTRITAL, ALCALDÍAS LOCALES Y ORGANISMOS DE CONTROL, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.
De: OFICINA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Asunto: Inventario de aplicaciones móviles distritales
Radicado: 2-2017- 20893
Con el objetivo de identificar la existencia y características de las aplicaciones móviles que tienen las entidades distritales, fortalecer la explotación de los datos geográficos oficiales de Bogotá y facilitar el conocimiento de estas mismas hacia los ciudadanos y funcionarios, se implementó la página web http://ticbogota.gov.co/aplicaciones para que las entidades ingresen allí las aplicaciones móviles que tienen y/o proyectan tener en el corto plazo.
Esta página estará habilitada para registro de aplicaciones a partir del día lunes 25 de septiembre de 2017. Invitamos a las entidades distritales a mantener actualizada permanentemente su información y registrar las aplicaciones móviles vigentes y/o proyectadas para los próximos 12 meses antes del 27 de octubre del presente año. En caso de inquietud o apoyo requerido al respecto, pueden comunicarse a través de los correos pmayorga@catastrobogota.gov.co y damorales@alcaldiabogota.gov.co.
Cordial saludo,
SERGIO MARTÍNEZ MEDINA Alto Consejero Distrital de TIC
Proyectó: Diego Alejandro Morales Guáqueta Revisó: Iván Mauricio Hernández Lancheros / Julio Enrique Lozano Reyes / Melba Rodríguez
Nota: Ver norma original en Anexos |