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Circular 050 de 2023 Ministerio de Justicia y del Derecho

Fecha de Expedición:
02/08/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/08/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR No MJD-CIR23-0000050-VPJ-10000 DE 2023

 

(Agosto 02)

 

PARA: Alcaldías, Concejos Municipales y Distritales, y Comisarías de Familia.

 

DE: Ministro de Justicia y del Derecho

 

ASUNTO: Obligación legal de adelantar reportes mensuales e inscripción en el REDAM.

 

Respetados alcaldes, concejales y comisarios de familia:

 

En atención al artículo 31 de la Ley 2126 de 2021 “Por la cual se regula la creación, conformación y funcionamiento de las Comisarías de Familia, se establece el órgano rector y se dictan otras disposiciones”, que instauró en cabeza del Ministerio de Justicia y del Derecho la competencia de ente rector de las Comisarías de Familia, y con el ánimo de dar cumplimiento a los postulados contenidos en la referida disposición, se expide la presente circular de interés relacionada con la obligación legal de adelantar reportes mensuales e inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -REDAM-.

 

El parágrafo 2 del artículo 6 de la Ley 2126 de 2021 estableció que las alcaldías municipales y distritales tienen el deber legal de reportar mensualmente ante el ente rector la información de las comisarías de familia que se encuentren funcionando en su territorio y las que se creen o implementen en cumplimiento de lo establecido en la ley, indicando el personal que las integra, modalidad de funcionamiento, así como los horarios y canales de atención.

 

Ante tal panorama, se solicita de manera respetuosa el envío completo de esta información al Ministerio de Justicia y del Derecho, durante los diez (10) primeros días hábiles de cada mes, mediante escrito dirigido al Grupo de Comisarías de Familia de la Dirección de Justicia Formal, desde el correo electrónico institucional del ente territorial a la dirección de correo electrónico dispuesta para tal fin: gestion.documental@minjusticia.gov.co

 

Lo anterior, a efectos de ser incluidos en el registro de Comisarías de Familia que señala el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 2126 de 2021, a cargo del Ministerio de Justicia y del Derecho en su calidad de ente rector.

 

Así mismo, en pro de colaborar con los propósitos comunes que le asisten a las diferentes carteras de gobierno y a sabiendas de la importancia que reviste el funcionamiento del REDAM, operado por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -MINTIC-, se solicita igualmente a las alcaldías municipales y distritales, como nominadores de los funcionarios de las comisarías de familia, asegurar la creación, mantenimiento y permisos de cuentas de correo institucionales para las comisarías de familia de sus territorios, con el fin de que estas puedan realizar la respectiva inscripción en el Sistema de Información REDAM, por ser las entidades fuente primaria de la información del sistema, que viene operando desde el mes de enero de 2023. Para ello, es necesario que las comisarías del país que cuenten con correo institucional asignado soliciten la inscripción al correo de la Agencia Nacional Digital redam@and.gov.co

 

Agradecemos su apoyo y contribución en estos procesos que fortalecen el acceso a la justicia familiar.

 

Atentamente,

 

NÉSTOR IVÁN OSUNA PATIÑO

Ministro de Justicia y del Derecho

 

Elaboró:

Luis Felipe Guzmán

Profesional especializado

Dirección de Justicia Formal

Revisó:

Linda M. Torres Castro

Coordinadora GIT Comisarías de Familia

Aprobó:

Miguel Ángel González Chaves

Director

Dirección de Justicia Formal

 

Nota: Ver norma original en anexos