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DECRETO 159 DE 2025
(Abril 21)
Por el cual se concede una comisión de servicios al exterior del país y se efectúa un encargo
EI ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2.2.5.5.21. del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, dispone: "(…) El empleado se encuentra en comisión cuando cumple misiones, adelanta estudios, atiende determinadas actividades especiales en sede diferente a la habitual o desempeña otro empleo, previa autorización del jefe del organismo. La comisión puede otorgarse al interior del país o al exterior.”
Que el inciso segundo del artículo 50 del Decreto Ley 1421 de 1993, establece que ") Las comisiones oficiales del Alcalde Mayor serán ordenadas por el propio Alcalde, quien fijará su objeto, duración y costo para el erario. Así mismo, designará el funcionario que deba reemplazarlo".
Que la Directora Regional para América Central y El Caribe, Colombia y México de la Corporación Financiera Internacional del Banco Mundial, Elizabeth Ann Marcano, extendió invitación al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar en un panel de discusión titulado "Delivering Essential Urban Infrastructure and Jobs: The Critical Role of Financing for at the Subnational Level", con ocasión de las Reuniones de Primavera 2025 del Grupo del Banco Mundial (GBM) y el Fondo Monetario Internacional (FMI) y, asistir a reuniones bilaterales con la banca multilateral y otros aliados de interés, del 22 al 24 de abril de 2025, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América.
Que este espacio brindará una oportunidad para compartir la visión estratégica sobre la importancia del financiamiento para ciudades y gobiernos subnacionales, frente a los desafíos urgentes del desarrollo urbano, tema en el que la ciudad de Bogotá es un ejemplo de ciudad en rápida expansión que ha logrado crear un entorno propicio para escalar inversiones privadas en desarrollo urbano, a su vez con el objetivo de aumentar el alcance e impacto de las inversiones del Grupo del Banco Mundial en entidades subnacionales, en las que Colombia, como uno de los cinco países piloto, es un socio clave en esta iniciativa.
Que mediante memorandos con radicados Nos. 3-2025-9506, 3-2025-9555, 3-2025-9904 у 3-2025-10251 del 8, 9, 11 y 21 de abril de 2025, respectivamente, la Oficina Consejería Distrital de Relaciones Internacionales de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., solicitó que se conceda al señor Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., comisión de servicios al exterior del país del 22 al 24 de abril de 2025, para que participe en los mencionados eventos.
Que la participación del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., se considera procedente, por cuanto es el jefe de gobierno y de la administración distrital, primera autoridad administrativa de la ciudad, además su participación resalta el reconocimiento a la importancia del liderazgo local en la creación de entornos favorables para las inversiones en infraestructura, en la que la ciudad destaca como modelo exitoso de financiamiento para proyectos urbanos, gracias a la intervención de los gobiernos subnacionales en afrontar los desafíos globales del desarrollo urbano, a través de soluciones innovadoras.
Que la Corporación Financiera Internacional (CFI), quien forma parte del Grupo del Banco Mundial, asumirá los gastos de tiquetes aéreos, alojamiento, alimentación y traslados entre aeropuerto y hotel.
Que el Ministerio del Interior autorizó al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALAN PACHON a aceptar los referidos gastos.
Que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., DOSCIENTOS DOLARES (200 USD) para el pago de traslados internos, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.
Que con el propósito que el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN, asista y participe en los mencionados eventos, se hace necesario conceder comisión de servicios al exterior del país del 22 al 24 de abril de 2025, en los términos dispuestos en las normas legales vigentes y por razones de itinerario de los vuelos.
Que el artículo 2.2.5.4.7 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017 establece: "Encargo. Los empleados podrán ser encargados para asumir parcial o totalmente las funciones de empleos diferentes de aquellos para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitiva del titular, desvinculándose o no de las propias de su cargo (...)"
Que durante el término de la comisión, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., tendrá derecho a percibir su remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto No. 648 de 2017.
Que por lo anterior se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., al servidor CÉSAR ANDRÉS RESTREPO FLÓREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 89.007.606, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, para garantizar la continua prestación de los servicios, que este Despacho tiene a su cargo.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder comisión de servicios al exterior del país, al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., CARLOS FERNANDO GALAN PACHON, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.929.411, para participar en un panel de discusión titulado "Delivering Essential Urban Infrastructure and Jobs: The Critical Role of Financing for at the Subnational Level", con ocasión de las Reuniones de Primavera 2025 del Grupo del Banco Mundial (GBM) y el Fondo Monetario Internacional (FMI) y. asistir a reuniones bilaterales con la banca multilateral y otros aliados de interés, del 22 al 24 de abril de 2025, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América.
Parágrafo 1º-: Durante el término de la comisión, el comisionado, tendrá derecho a recibir la remuneración de conformidad con el artículo 2.2.5.5.27 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017.
Parágrafo 2º-: Dentro de los tres (3) días siguientes a la terminación de la comisión, el comisionado, presentará un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de esta, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.5.5.29 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, en el formato establecido para tal fin, denominado "4232000-F-1154 informe de comisión", a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 2.- La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., reconocerá al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., la suma de DOSCIENTOS DÓLARES (200 USD) para el pago de traslados internos, con cargo al rubro presupuestal 02120202010, descripción "Viáticos de los funcionarios en comisión" según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 62 del 3 de enero de 2025.
ARTÍCULO 3º.- Encargar del 22 al 24 de abril de 2025, al servidor CÉSAR ANDRÉS RESTREPO FLÓREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 89.007.606, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09 de la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, de las funciones del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 4 º.- Comunicar al Despacho del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., al servidor CESAR ANDRÉS RESTREPO FLÓREZ al correo electrónico: cesar.restrepo@scj.gov.co, a la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, a la Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, a la Secretaria Jurídica Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaria.
ARTÍCULO 5°-: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en la ciudad Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALAN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |