| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 078 DE 2025
(Marzo 07)
Por Medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio Aprueba El Demos Centro Internacional
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO-DADEP
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 14 artículo 2 del Decreto 138 de 2002, modificado parcialmente por el Decreto Distrital 092 de 2006, el articulo 6 Y 30 del Decreto 315 de 2024,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:
1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.
2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.
3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.
4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente
5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.
Que el artículo 8 del Decreto 375 DE 2019, le otorgó al Departamento administrativo de la Defensoría del Especio Público DADEP la función de secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.
Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo 6, como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público a la Secretaría Técnica
Que en el artículo 8º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo 12º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo 17 se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.
Que el artículo 19 del mencionado Decreto 315 de 2024, estableció como obligación de las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico la elaboración del Protocolo de las actividades de aprovechamiento económico a su cargo, en el plazo máximo de seis (06) meses contados desde la expedición del Decreto.
Así mismo determino que dichos protocolos deberán ser presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación.
Que el artículo 43 del Decreto ibidem establece que los DEMOS serán gestionados por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, entidad que expedirá el respectivo protocolo de administración y aprovechamiento económico para el desarrollo de las actividades objeto de aprovechamiento, conforme a los dispuesto en el presente decreto, así como las condiciones específicas para su aprobación, operación, funcionamiento y seguimiento.
Que en sesión extraordinaria No. 07 realizada el dieciocho (18) y veintidós (22) de octubre del año 2024, se aprobó por parte de la Comisión Intersectorial de Espacio Público, el Protocolo de Aprovechamiento económico DEMOS.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, en su calidad de entidad gestora de los DEMOS y en cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo DEMOS presentaron ante la secretaria técnica de la CIEP, vía correo electrónico, la propuesta de DEMOS CENTRO INTERNACIONAL para consideración y aprobación de la CIEP.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en su calidad de entidad gestora de las Actividades culturales en el espacio público de acuerdo a su competencia, presento el respectivo protocolo de aprovechamiento económico ante la secretaria técnica, para consideración y aprobación de la CIEP.
Que el Instituto de Desarrollo Urbano presento solicitud de traslado de recurso amparada en lo dispuesto en el parágrafo 4 del artículo 27 del Decreto 315 de 2024.
Que acorde al procedimiento interno de la Comisión, el día veintiséis (26) de febrero de 2025, se llevó a cabo la Unidades Técnicas de Apoyo, en las que se recibieron observaciones, que fueron atendidas y respuestas en el desarrollo de la sesión y a través de correo electrónico.
Que en sesión extraordinaria No. II llevada a cabo el cuatro (04) de marzo de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, la propuesta del DEMOS centro internacional.
Que los asuntos fueron aprobados por la citada instancia, registrando la siguiente votación:
DEMOS CENTRO INTERNACIONAL:
La propuesta de DEMOS CENTRO INTERNACIONAL es aprobado con 10 votos positivos.
Que, de acuerdo con lo anterior, la Directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, en calidad de Secretaria Técnica de la Comisión del Espacio Público.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. COMUNICAR que la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP, en sesión extraordinaria No. II llevada a cabo el cuatro (04) de marzo de 2025, realizada de manera virtual, aprobó EL DEMOS CENTRO INTERNACIONAL.
ARTÍCULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 "Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de marzo del año 2025.
LUCIA BASTIDAS UBATÉ
Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público
Secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público -CIEP
Nota: Ver norma original en Anexos. |