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Resolución 094 de 2025 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Fecha de Expedición:
12/03/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/04/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8309 del 24 de abril de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 094 DE 2025

 

(Marzo 12)

 

Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba el Protocolo de Agricultura Urbana Agroecológica y Periurbana

 

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO-DADEP

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 3 y 25 del artículo 2 del Decreto 478 de 2022 y el artículo 19 del Decreto 315 de 2024, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el artículo 38 del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. 9 del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital.

 

2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial.

 

3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público.

 

4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente.

 

5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.

 

Que el artículo 8 del Decreto 375 DE 2019, le otorgó al Departamento administrativo de la Defensoría del Especio Público DADEP la función de secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.

 

Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo 6, como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público a la Secretaría Técnica

 

Que en el artículo 8º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo 12º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo 17 se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.

 

Que el artículo 19 del mencionado Decreto 315 de 2024, estableció como obligación de las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico la elaboración del Protocolo de las actividades de aprovechamiento económico a su cargo, en el plazo máximo de seis (06) meses contados desde la expedición del Decreto.

 

Así mismo determino que dichos protocolos deberán ser presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación.

 

Que el artículo 17 del Decreto 315 de 2024, establece que el DADEP es entidad gestora de la actividad de Aprovechamiento económico en bienes fiscales y Actividades de aprovechamiento económico en zonas comunales / zonas de cesión para equipamientos, entre otras actividades.

 

Así mismo, definió a la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte como gestora de las Actividades culturales en el espacio público de acuerdo a su competencia entre otras actividades.

 

Que el Jardín Botánico de Bogotá, en su calidad de entidad gestora de la actividad de Aprovechamiento económico Agricultura Urbana Agroecológica y Periurbana, presentó el respectivo protocolo de aprovechamiento económico ante la secretaria técnica, para consideración y aprobación de la CIEP.

 

Que acorde al procedimiento interno de la Comisión, el día veintisiete (27) de febrero de 2025 y seis (6) de marzo de 2025, se llevó a cabo la Unidad Técnica de Apoyo, en las que se recibieron observaciones que fueron atendidas y analizadas por Jardín Botánico de Bogotá y planteadas las respuestas en el desarrollo de la sesión.

 

Que en sesión extraordinaria No. III llevada a cabo el día diez (10) de marzo de 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, el protocolo de Agricultura Urbana Agroecológica y Periurbana, registrando la siguiente votación:

 

ENTIDAD

DELEGADO

SI

NO

COMENTARIOS

Secretaría Distrital de Gobierno

Eduardo Andrés Garzón Torres

X

 

 

Secretaria Distrital de Hacienda

Juliana María Rodríguez Alonso

X

 

 

Secretaría Distrital de Salud

Marcela Martínez Contreras

X

 

 

Secretaría Distrital Cultura Recreación y Deporte

Diego Javier Parra Cortes

X

 

 

Secretaria Distrital de Ambiente

Leonardo Quiñones (E)

X

 

 

Secretaría Distrital de Movilidad

Valentina Acuña

X

 

 

Secretaría Distrital de Hábitat

Camilo Andrés Peñuela

X

 

 

Secretaria Distrital de Integración Social

Jennifer Roa Rodríguez

 

NO ASISTIO

 

Secretaria Distrital de Desarrollo Económico

Juliana Margarita Toral

X

 

 

Departamento Administrativos de la Defensoría del Espacio Público

Lucia Bastidas Duarte

X

 

 

Secretaría Distrital de Planeación

Paola Andrea Ladino Torres

X

 

 

Secretaria Distrital de la Mujer

Ivonne Astrid Rico Vargas

 

NO ASISTIO

 

Secretaria Distrital de Seguridad, convivencia y Justicia

Orlando Vega

 

NO ASISTIO

 

 

El Protocolo de Agricultura Urbana Agroecológica y Periurbana es aprobado con 10 votos positivos.

 

Que, de acuerdo con lo anterior, la directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, en calidad de Secretaria Técnica de la Comisión del Espacio Público.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. COMUNICAR. Se comunica que, en sesión extraordinaria celebrada de forma presencial el día diez (10) de marzo de 2025, la Comisión Intersectorial del Espacio Público (CIEP), en ejercicio de sus competencias, aprobó el protocolo de Agricultura Urbana Agroecológica y Periurbana, presentado por Jardín Botánico de Bogotá.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 "Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

 

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2025.

 

LUCIA BASTIDAS UBATÉ

 

Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-

 

Secretaria Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público -CIEP

 

Nota: Ver norma original en Anexos.