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Circular 015 de 2025 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
10/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/04/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8314 del 30 de abril de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 015 DE 2025

 

(Abril 10)

 

PARA: SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, DIRECTORES/AS UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA - ATENEA, PRESIDENTES(AS), GERENTES, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES PÚBLICAS, JEFES DE TALENTO HUMANO DE CADA UNA DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DEL DISTRITO O QUIENES HAGAN SUS VECES.

 

DE: SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

 

ASUNTO: INTENSIFICACIÓN DE ACCIONES PARA LA PREVENCIÓN DE LA INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA (IRA) EN EL TALENTO HUMANO DE LOS DIFERENTES SECTORES DEL DISTRITO CAPITAL.

 

La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C., en uso de sus funciones, como Entidad responsable de procurar el ejercicio efectivo del derecho fundamental a la salud de toda la población Bogotana, en concordancia con el artículo 1° del Decreto Distrital 507 de 2013 el cual estableció que: "...la Secretaría Distrital de Salud es un organismo del Sector Central con autonomía administrativa y financiera que tiene por objeto orientar y liderar la formulación, adaptación, adopción e implementación de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias conducentes a garantizar el derecho a la salud de los habitantes del Distrito Capital", y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital 273 de 2004 "Por la cual se crea el comité Distrital para la Prevención y atención de la Enfermedad Respiratoria Aguda y se dictan otras disposiciones", modificado por el Decreto Distrital 349 de 2019 "Por medio del cual se actualizan las instancias de coordinación del sector salud", corresponde a la Administración Distrital, impartir las siguientes instrucciones con el fin de adoptar medidas que favorezcan la prevención y atención de la Infección Respiratoria Aguda (IRA):

 

I. Contexto

 

En Bogotá D.C., con corte acumulado a la semana epidemiológica 12 de 2025 (del 16 al 22 de marzo), se han notificado un total de 447.390 atenciones por infección respiratoria aguda (IRA) en la población general, en todos los servicios de salud. Al compararse con el mismo periodo del año 2024, en el cual se registraron 425.650 atenciones por IRA, se observa un incremento del 5%.

 

Para la semana epidemiológica 12 de 2025 se reportaron 52.460 atenciones por IRA, lo que representa una disminución inferior al 1% en comparación con la semana 11 (52.840 atenciones).

 

Respecto a los canales endémicos, se identifica un incremento significativo en la atención por IRA en la población general, manteniéndose en zona de alerta y superando, desde la semana 9, los umbrales históricos del evento (excluyendo el periodo pandémico). En la población mayor de 60 años (14,7% del total de atenciones reportadas), aunque se evidencia una reducción del 3,9% respecto a la semana anterior, el comportamiento de las atenciones aún se mantiene en zona de alerta.

 

Por otra parte, con base en el seguimiento diario a la ocupación de camas en IPS priorizadas, para hospitalización de adultos en lo corrido del año 2025 (corte al 26 de marzo), se dispone de 7.375 camas, con una ocupación del 91,32%. En cuanto a la ocupación de camas UCI adultos, se cuenta con una capacidad instalada de 1.116 camas en el Distrito Capital, de las cuales el 86,83% se encontraban ocupadas al 26 de marzo de 2025, mostrando una tendencia variable en los últimos días.

 

Como parte de la preparación ante el primer pico respiratorio histórico en el Distrito Capital, la Secretaría Distrital de Salud emitió la Circular 012 del 21 de marzo de 2025, instando a intensificar las acciones de respuesta y garantizar la atención en salud para la población con IRA, con especial énfasis en menores de 5 años, personas con enfermedades crónicas preexistentes y adultos mayores de 60 años.

 

Dada la alta circulación actual de virus respiratorios y la mayor vulnerabilidad de ciertas poblaciones, resulta urgente adoptar medidas preventivas que mitiguen el riesgo de exposición y complicaciones.

 

II. Instrucciones

 

De los sectores del Distrito Capital

 

1.  Durante el primer pico epidemiológico de IRA en la ciudad (abril, mayo y junio), se insta a los jefes de entidades y organismos distritales a priorizar el trabajo en casa para servidores públicos y contratistas mayores de 60 años, con comorbilidades respiratorias (EPOC, asma, fibrosis quística, enfermedad pulmonar intersticial), inmunosuprimidos (VIH, cáncer, trasplante de órganos) y gestantes. Esta medida deberá tener en cuenta las particularidades del cargo y la disponibilidad tecnológica de cada entidad.

2.  En la medida de lo posible, se solicita promover el aislamiento preventivo en casa de personas con síntomas respiratorios, sin importar su edad o comorbilidad, por un mínimo de cinco (5) días desde el inicio de síntomas.

3.  Se deberá promover la ventilación adecuada de espacios cerrados, conforme a las recomendaciones del sector salud, y mantener el uso permanente de tapabocas cuando no sea posible el aislamiento. Se recomienda abrir ventanas, verificar sistemas mecánicos de ventilación (ventiladores, extractores, UMAs y ductos), y evitar recircular el aire.

4.  Se debe cumplir con los protocolos de bioseguridad institucional conforme a la normatividad vigente, reforzando la limpieza y desinfección de superficies de alto contacto (manijas, interruptores, botones de ascensores).

5.  Se invita a la difusión de los mensajes claves emitidos por la Secretaría Distrital de Salud (piezas comunicativas) sobre prevención de la IRA.

6.  Se deberán promover acciones de articulación con las ARL para promover la salud respiratoria, prevenir infecciones y verificar esquemas de vacunación en el personal de cada entidad.

 

III. Recomendaciones al talento humano de los diferentes sectores del Distrito Capital

 

Se recomienda adoptar las siguientes medidas preventivas frente a la IRA:

 

- Uso de tapabocas en caso de presentar síntomas o contacto con personas sintomáticas.

- Lavado frecuente de manos con agua y jabón o uso de gel antibacterial.

- Etiqueta de tos: cubrir boca y nariz con el antebrazo o un pañuelo desechable, desecharlo adecuadamente y lavar las manos inmediatamente.

- Completar esquemas de vacunación, especialmente aquellos relacionados con la prevención de enfermedades respiratorias.

- Evitar el contacto cercano con fumadores y con personas que presenten síntomas respiratorios.

- Mantener espacios ventilados, promoviendo la circulación de aire fresco en oficinas y áreas comunes.

- Informar oportunamente sobre cualquier condición de salud que pueda implicar riesgo de contagio para los demás.

- Acudir a los servicios de salud en caso de presentar signos de alarma.

- Socializar estas medidas con la comunidad en general.

 

De otros actores públicos y privados de Bogotá

 

A la Cámara de Comercio de Bogotá, ANDI, cajas de compensación familiar, asociaciones gremiales, representantes legales y administradores de empresas públicas y privadas, se les invita a observar las medidas de esta circular, priorizando la protección de trabajadores mayores de 60 años, personas con comorbilidades respiratorias, inmunosuprimidos y gestantes.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS


Secretario de Despacho.

 

Elaboró:

María Fernanda Tovar – Subdirección de Determinantes en Salud

María José Tapias – Subdirección de Determinantes en Salud

Karen Lisset Jiménez Rodríguez – Subdirección de Vigilancia en Salud Pública

Tova Magaly Rodríguez – Dirección de Salud Colectiva

Nicolás Morales Rojas – Dirección de Salud Colectiva

Revisó:

María Belén Jaimes Sanabria – Directora de Epidemiología, Análisis y Gestión de Políticas en Salud Colectiva

Parlamenta Urbana Molano Buitrago – Directora de Salud Colectiva

Diana Marcela Valteros Ascar – Subdirectora de Vigilancia en Salud Pública

Marcela Martínez Contreras – Subdirectora de Acciones Colectivas

Diana Sofía Ríos Oliveros – Subdirectora de Determinantes en Salud

Aprobó:

Julián Alfredo Fernández Niño – Subsecretario de Salud Pública

Luis Alexander Moscoso Osorio – Subsecretario de Servicios de Salud y Aseguramento

Melissa Triana Luna – Jefe Oficina Asuntos Jurídicos

 

Nota: Ver norma original en anexos