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CIRCULAR 008 DE 2016
(Marzo 04)
Para: SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y DIRECTORES/AS DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA, GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS, Y DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ÓRGANOS DE CONTROL
De: ALTO CONSEJERO DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.
Asunto: Solicitud de Autodiagnóstico de Seguridad de la Información y Plan de Trabajo
Radicado: 2-2016-9142
Teniendo en cuenta que la Alta Consejería Distrital de TIC tiene dentro de sus funciones la de “Asesorar a los sectores y entidades del Distrito en la formulación y articular el desarrollo de las estrategias, planes y programas relacionados con la implementación de los sistemas de tecnología e información, de conformidad con las normas del gobierno nacional en materia de TIC”, y considerando lo siguiente respecto a la adopción del protocolo IPv6 en el Distrito Capital.
Que a la fecha se encuentra agotado el direccionamiento de IPv4 de la Autoridad Internacional de Asignación de Números de Internet (IANA).
Que el ente a nivel Latinoamerica LACNIC, se encuentra en la fase 2 del período de agotamiento del protocolo IPv4, indicando que ya no será posible adquirir direcciones y que las disponibles están reservadas únicamente para infraestructuras críticas de la nación.
Que el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es encargado de diseñar, adoptar y promover políticas, planes y proyectos del sector de las TIC, mediante Circular 002 de 2011, invita a las entidades públicas.
Que mediante Decreto 2573 de 2014, se establecieron los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea.
Que el componente de Seguridad y Privacidad de la Información, es transversal en el proceso de implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea, y este tiene definido como herramienta fundamental el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información.
Que dentro del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información se debe cumplir con unos requerimientos específicos respecto a la adopción del protocolo IPv6.
Que la Alta Consejería Distrital de TIC, emitió la circular 007 de 2015, la cual dentro de los lineamientos, establece la adopción del Modelo de Gestión de Seguridad de la Información sugerido por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
La Alta Consejería Distrital de TIC, conforme a lo anteriormente expuesto, imparte las siguientes directrices:
1. Los sujetos obligados desarrollarán el diagnóstico de adopción del protocolo IPv6, para evaluar si la infraestructura, hardware, software y servicios soportan dicho protocolo. Este instrumento debe estar debidamente revisado y aprobado por la Alta Dirección.
2. Los sujetos obligados desarrollarán el documento con el plan y estrategia de transición IPv4 a IPv6 que corresponde al entregable de la fase de planificación del MSPI. Este instrumento debe estar debidamente revisado y aprobado por la Alta Dirección.
3. Los sujetos obligados para nuevos procesos de adquisición de tecnología en general (equipos de comunicaciones, sistemas de información, equipos de cómputo) deben solicitar al proveedor el certificado de soporte de protocolo IPv6.
4. Los sujetos obligados establecerán procesos de sensibilización a la Alta Dirección, con el fin que se apoye el proceso de adopción del protocolo IPv6.
5. Los sujetos obligados adoptarán la guía de transición de IPv4 a IPv6 para Colombia emitido por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Cordialmente,
SERGIO MARTÍNEZ MEDINA Alto Consejero Distrital de TIC
Proyectó: Lourdes María Acuña Acuña Revisó: Ivan Mauricio Hernández Lana
Nota: ver norma original en Anexos |