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Acuerdo 148 de 2023 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.

Fecha de Expedición:
25/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/05/2023
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 148 DE 2023


(Mayo 25)

 

Por el cual se modifica la Planta de Personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR OCCIDENTE E.S.E.

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las otorgadas por el Acuerdo Distrital No. 641 de 2016, y las señaladas en el numeral 6 del artículo 16 del Acuerdo No. 042 de 2018, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2° del Acuerdo No. 641 del 06 de abril de 2016, "Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones", dispuso la fusión de las Empresas Sociales del Estado Pablo VI Bosa, del Sur, Bosa, Fontibón y Occidente de Kennedy en la Empresa Social del Estado denominada “Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.”

 

Que el Acuerdo No. 042 del 18 de abril de 2018, "Por el cual se adoptan los estatutos de la Subred Sur Occidente E.S.E.", en su artículo 16, numeral 6, establece que la Junta Directiva tendrá asignadas entre otras, la función de: “Aprobar la planta de personal y las modificaciones de la misma para su posterior adopción por el Gerente”.

 

Que la Junta Directiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E. mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 016 del 05 de abril de 2017, en su artículo 7°, estableció la planta de personal, modificada por el Acuerdo No. 035 del 23 de marzo de 2018 y el Acuerdo No. 106 del 26 de noviembre de 2018.

 

Que mediante Acuerdo de Junta Directiva 147 del 25 de mayo de 2023, se modificó la estructura organizacional de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., en cumplimiento de la Ley 2094 de 2021 “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

 

Que, de acuerdo con la citada modificación de la estructura organizacional, se hace necesario modificar la planta de personal, suprimiendo el empleo de Jefe de Oficina Asesora de Jurídica, Código 115 Grado 06 y creando el empleo de Jefe de Oficina Jurídica Código 006 Grado 06.

 

Que el parágrafo 2 del artículo 9 del Decreto 540 de 2021, señala que las modificaciones de plantas de personal y las modificaciones de asignaciones salariales de las subredes integradas de servicios de salud – ESE deberán contar con concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital; para el caso de las subredes integradas de servicios de salud – ESE se requerirá además concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Salud, antes de su aprobación por parte de las Juntas Directivas.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante comunicaciones con radicados 2-2022-8447 de fecha 12 de octubre de 2022 y 2-2022-10948 de fecha 05 de diciembre de 2022, emitió Concepto Técnico favorable, para modificar la Planta de Personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.

 

Que la Secretaría Distrital de Salud, mediante comunicación con radicado 2023EE32873 de fecha 27 de marzo de 2023, dando cumplimiento al parágrafo 2 del artículo 9 del Decreto 540 de 2021, emitió concepto técnico favorable para la modificación de la Planta de Personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante comunicación con radicado 2023EE13765301 de fecha 19 de mayo de 2023, emitió Concepto de Viabilidad Presupuestal para la modificación de la Planta de Personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., a partir del 01 de junio de 2023.

 

Que el ajuste a la planta de personal se realiza a cero costos de acuerdo al certificado presentado por el profesional responsable del presupuesto de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la planta de empleos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., con la supresión del empleo que a continuación se relaciona:

 

No. de empleos

Denominación del empleo

Código

Grado

1 (uno)

Jefe de Oficina Asesora Jurídica

115

06

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar la planta de empleos con la creación del siguiente empleo en la Planta de Personal de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., el empleo que se relaciona a continuación:

 

No. de empleos

Denominación del empleo

Código

Grado

1 (uno)

Jefe de Oficina Jurídica

006

06

 

ARTÍCULO TERCERO. Para efectos de cumplir con su misión y objetivos organizacionales, se presenta la modificación de la planta de empleos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur Occidente E.S.E., que cuenta con 1690 empleos, de los cuales 1.526 son empleados públicos y 164 trabajadores:

 

EMPLEADOS PÚBLICOS

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

HORAS

No CARGOS

DESPACHO DEL GERENTE

GERENTE EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

085

09

8

1

ASESOR

105

04

8

3

PLANTA GLOBAL

SUBGERENTE

090

07

8

2

DIRECTOR ADMINISTRATIVO

009

05

8

1

DIRECTOR FINANCIERO

009

05

8

1

DIRECTOR OPERATIVO

009

05

8

2

DIRECTOR TÉCNICO

009

05

8

5

JEFE DE OFICINA

006

06

8

1

JEFE DE OFICINA

006

05

8

6

JEFE DE OFICINA ASESORA DE DESARROLLO

115

06

8

1

JEFE DE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

115

01

8

1

LIDER DE PROYECTO

208

27

8

4

LIDER DE PROYECTO

208

25

8

1

LIDER DE PROYECTO

208

24

8

1

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

30

8

14

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

29

8

4

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

28

8

3

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

27

8

2

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

26

8

4

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

25

8

3

PROFESIONAL ESPECIALIZADO

222

24

8

2

PROFESIONAL ESPECIALIZADO ÁREA SALUD

242

29

8

2

PROFESIONAL ESPECIALIZADO ÁREA SALUD

242

28

8

7

PROFESIONAL ESPECIALIZADO ÁREA SALUD

242

19

8

2

MÉDICO ESPECIALISTA

213

32

8

85

MÉDICO ESPECIALISTA

213

15

4

55

ODONTÓLOGO ESPECIALISTA

216

13

4

4

ENFERMERO ESPECIALISTA

244

24

8

9

MÉDICO GENERAL

211

31

8

44

MÉDICO GENERAL

211

11

4

66

ODONTÓLOGO

214

27

8

19

ODONTÓLOGO

214

11

4

37

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

27

8

1

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

19

8

13

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

15

8

21

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

14

8

10

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

13

8

6

PROFESIONAL UNIVERSITARIO

219

11

8

3

PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD

237

16

8

47

PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD

237

15

8

6

PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD

237

14

8

23

PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD

237

07

5

5

ENFERMERO

243

20

8

95

TESORERO GENERAL

201

15

8

1

TESORERO GENERAL

201

11

8

1

ALMACENISTA GENERAL

215

28

8

1

PROFESIONAL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

217

11

8

42

PROFESIONAL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

217

03

8

18

TÉCNICO OPERATIVO

314

21

8

2

TÉCNICO OPERATIVO

314

22

8

3

TÉCNICO OPERATIVO

314

16

8

3

TÉCNICO OPERATIVO

314

15

8

17

TÉCNICO OPERATIVO

314

14

8

9

TÉCNICO OPERATIVO

314

12

8

3

TÉCNICO OPERATIVO

314

10

8

1

TÉCNICO OPERATIVO

314

08

8

3

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

16

8

2

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

14

8

3

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

13

8

57

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

10

8

3

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

09

8

8

TÉCNICO ÁREA SALUD

323

01

5

1

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

367

10

8

4

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

367

09

8

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

25

8

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

17

8

7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

15

8

18

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

14

8

13

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

12

8

7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

11

8

20

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

10

8

2

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

09

8

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

08

8

1

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

407

05

8

1

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

18

8

3

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

17

8

404

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

16

8

13

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

13

8

34

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

12

8

48

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

08

8

45

AUXILIAR ÁREA SALUD

412

06

8

27

SECRETARIO EJECUTIVO

425

23

8

9

SECRETARIO

440

17

8

12

SECRETARIO

440

14

8

24

SECRETARIO

440

11

8

24

CONDUCTOR

480

11

8

2

TOTAL EMPLEADOS PÚBLICOS

1526

TRABAJADORES OFICIALES

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

HORAS

No CARGOS

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO

5110

IVA

8

15

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO

5110

IVB

8

2

CELADOR

5160

IIIA

8

9

CONDUCTOR

5155

IVC

8

33

OPERARIO DE SERVICIOS GENERALES

5150

IIIA

8

68

OPERARIO DE SERVICIOS GENERALES

5150

IVA

8

36

TÉCNICO

4100

01

8

1

TOTAL TRABAJADORES OFICIALES

164

 

ARTÍCULO CUARTO. El presente Acuerdo de Junta Directiva rige a partir de la fecha de su expedición, deja sin efecto las disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1° de junio de 2023.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 25 días del mes de mayo del año 2023.

 

CÉSAR AUGUSTO CORTÉS AMAYA

 

Presidente

 

JUNTA DIRECTIVA

 

MARTHA YOLANDA RUIZ VALDÉS

 

Secretaria

 

JUNTA DIRECTIVA

 

Nota: Ver norma original en Anexos