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ACUERDO 009 DE 2025
Por medio del cual se modifica el Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, “Por medio del cual se autoriza la solicitud de vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica ante el CONFIS Distrital en gastos de inversión para los años comprendidos entre el 2026 y el 2028 para financiar el programa "Campus de CTel”
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA - ATENEA
En ejercicio de las facultades legales que confiere la Ley 819 de 2003 y el artículo 19 del Decreto Distrital 192 de 2021, modificado por el artículo 1 del Decreto Distrital 356 de 2022, el artículo 10 del Decreto Distrital 273 de 2020 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, el Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea, autorizó la solicitud de vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica en gastos de inversión del proyecto 8041 “Consolidación del ecosistema de ciencia, tecnología e innovación para facilitar la resolución de necesidades y retos de Bogotá D.C.” del programa O23011739062024016506015, posición presupuestal O232020200885940 "Servicios administrativos combinados de oficina”, Fondo 1-100- F001 VA-RECURSOS DISTRITO, para los años comprendidos entre el 2026 y el 2028, con el fin de garantizar para la implementación del modelo de gestión de servicios asociados al Campus de CTeI por un valor total de SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($7.384.083.083) a precios constantes 2025, los cuales se ejecutarán en el período 2026-2028, que corresponde a SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($7.826.086.956) a precios corrientes.
Que esta Agencia en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, realizó la solicitud de "autorización de vigencias futuras" ante la Secretaría Técnica del CONFIS radicada con registro 2025ER09496101 del 11 de abril 2025, y con copia a la Secretaría Distrital de Hacienda, que es la entidad que emite concepto para continuar el trámite de "aprobación del cupo" en las sesiones del CONFIS.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio 2025EE152804O1 del 30 de abril, indicó que la posición presupuestal O232020200885940 "Servicios administrativos combinados de oficina", no corresponde a los bienes y servicios objeto de la solicitud, por lo que recomendó la revisión de una nueva posición presupuestal que responda al objeto de "Implementación del modelo de gestión de servicios asociados al Campus de CTel".
Que una vez revisado el catálogo de clasificación central de productos del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE donde se ubican las posibilidades de posiciones presupuestales, la Gerencia de Ciencia, Tecnología e Innovación, en coordinación con la Subgerencia de Planeación de la Agencia - Atenea, identificaron que la posición presupuestal a la que se debe asociar la solicitud incluido el monto de recursos del apalancamiento es la O232020200883111 "Servicios de consultoría en gestión estratégica".
Que una vez surtidos los trámites internos se solicitó a la Subgerencia Financiera de la Agencia – Atenea la expedición de la certificación del 15% ajustada a la nueva posición presupuestal, la cual fue expedida el 13 de mayo de 2025.
Que por lo anterior, se requiere modificar el Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, con el objeto de cambiar la posición presupuestal inicial O232020200885940 "Servicios administrativos combinados de oficina" por la O232020200883111 "Servicios de consultoría en gestión estratégica." conforme al requerimiento realizado por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que en sesión asincrónica extraordinaria del Consejo Directivo llevada a cabo el 16 de mayo de 2025 se aprobó la modificación del artículo 1 del Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, en relación con el cambio de la posición presupuestal.
Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el considerando número quince del Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, el cual quedará en los siguientes términos:
"Que conforme a la certificación expedida por la Subgerencia Financiera de la Agencia Atenea de fecha 13 de mayo del año en curso, se indica que para la vigencia del 2025 se cuenta con la existencia de mínimo el 15% de apropiación presupuestal disponible por $ 1.173.913.044 en el proyecto de inversión O23011739062024016506015 "Consolidación del ecosistema de ciencia, tecnología e innovación para facilitar la resolución de necesidades y retos de Bogotá D.C, posición presupuestal O232020200883111 "Servicios de consultoría en gestión estratégica", Fondo 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO, requeridos para el trámite de la solicitud de autorización ante el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS para comprometer vigencias futuras."
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo primero del Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, el cual quedará en los siguientes términos:
“ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - Atenea para solicitar vigencias futuras ordinarias con declaratoria de importancia estratégica en gastos de inversión del proyecto 8041 “Consolidación del ecosistema de ciencia, tecnología e innovación para facilitar la resolución de necesidades y retos de Bogotá D.C.” del programa O23011739062024016506015, posición presupuestal O232020200883111 “Servicios de consultoría en gestión estratégica”, Fondo 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO, para los años comprendidos entre el 2026 y el 2028, con el fin de garantizar la implementación del modelo de gestión de servicios asociados al Campus de CTeI. por un valor total de SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($7.384.083.083) a precios constantes 2025, los cuales se ejecutarán en el período 2026-2028, que corresponde a SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($7.826.086.956) a precios corrientes.”
ARTÍCULO TERCERO: Las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo 05 del 19 de marzo de 2025, continúan vigentes.
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de mayo del año 2025.
CARLOS ARTURO CHARRIA HERNÁNDEZ
Presidente Consejo Directivo
VÍCTOR JAVIER SAAVEDRA MERCADO
Secretario Técnico Consejo Directivo
Nota: Ver norma original en Anexos. |