| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 093 DE 2025
(Mayo 15)
Por la cual se hace un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025
LA VEEDORA DISTRITAL
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 10° del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 10° del Decreto 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" señala que: "las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local (...)"
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación"
Que el parágrafo único del citado artículo exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario; contribuciones inherentes a la nómina; remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales).
Que mediante la Resolución No. 191 del 22 de septiembre de 2017, la Secretaría Distrital de Hacienda adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, el cual en su numeral 3.2.1.4.2 define los traslados presupuestales Internos como "(...) operaciones simultáneas que se realizan entre las gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, sin que los agregados presupuestales se modifiquen, consisten en reducir un rubro presupuestal (contracrédito) que tiene saldo libre de afectación presupuestal para adicionar otro rubro (crédito)"
Que mediante el Decreto Distrital 470 de 2024 se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, contemplando lo propio para la Veeduría Distrital.
Que el artículo 31 del citado decreto, respecto de las modificaciones al interior del presupuesto de gastos de funcionamiento para la vigencia 2025, establece que: "(...) las modificaciones en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento y del servicio de la deuda por traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, transferencias corrientes, disminución de pasivos y gastos por tributos, tasas, contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora, capital, intereses y comisiones de la deuda Interna o externa, se harán mediante resolución expedida por el representante legal de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde(sa) Local, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto para tal fin."
Que, de acuerdo con lo requerido por el proceso de Administración del Talento Humano, y una vez verificado los saldos disponibles y las proyecciones de los gastos de personal para la presente vigencia, se encuentra que a la fecha no existen recursos en el rubro presupuestal "0211010300102 Indemnización por vacaciones" para cumplir con el pago de esta prestación a las siguientes exservidoras públicas:
- Gloria Inés Osorio Aponte con cédula de ciudadanía No. 41.727.753, por renuncia definitiva del cargo de Asesor, Código 105, Grado 01, aceptada mediante Resolución No. 014 del 24 de enero de 2025, por valor de $12.158.662.
Angela María Restrepo Franco con cédula de ciudadanía No. 51.986.809, por renuncia definitiva del cargo de Profesional Especializado, Código 222, Grado 04, aceptada mediante Resolución No. 054 del 17 de marzo de 2025, por valor de $38.544.895.
Que, una vez revisada la ejecución presupuestal y las necesidades de la Entidad, para realizar el contracrédito se verifica la existencia de recursos disponibles en el rubro presupuestal de "021101010010801 Prima de navidad”, precisando que es posible realizar su traslado temporal a otros conceptos que actualmente lo demandan, dado que los recursos correspondientes a este rubro no se requieren en el corto plazo y su desembolso se realizará en el mes de diciembre de la presente vigencia.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto.
RESULEVE:
ARTÍCULO 1. Traslado. Efectúese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Veeduría Distrital para la vigencia fiscal 2025, por la suma de CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS TRES MIL QUINTENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($50.703.557) del Presupuesto de Funcionamiento de la entidad, en los siguientes créditos y contracréditos:
CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2. Registro. Incorpórese el movimiento presupuestal de este traslado en el sistema de información presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 3. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de mayo del año 2025.
ADRIANA HERRERA BELTRAN
Veedora Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |