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CIRCULAR 023 DE 2016
(Junio 16)
Para: SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO, UNIDAD DE MANTENIMIENTO VIAL (UMV), INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO (IDU), INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL (IDPAC), EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA (ERU), SECRETARÍA DISTRITAL DE HÁBITAT Y HOSPITAL DE KENNEDY
De: OFICINA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
Asunto: Continuidad del Servicio de Telefonía IP
Radicado: 2-2016-24404
La Alta Consejería Distrital de TIC (ACDTIC) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá informa a las entidades beneficiarias del proyecto de Plataforma de Telefonía IP, mediante el contrato Interadministrativo No. 1210200-418-2014 cuyo objeto consiste en: “Poner en funcionamiento una infraestructura y servicios para implementar un sistema de telefonía IP para entidades del Distrito Capital, Fase 1, mediante una plataforma con arquitectura de nube”, que el pasado 14 de junio se suscribió el acta de entrega de la solución contratada con un total de 700 abonados, finalizando así la etapa de implementación. A partir de esa fecha se inicia la etapa de prestación del servicio hasta el agotamiento del presupuesto, cuya fecha se proyectó para el 25 de diciembre de 2016.
La ACDTIC les recuerda que apoyará con sus recursos al sostenimiento de la plataforma y pago del servicio hasta el 25 de diciembre de 2016, fecha de finalización del contrato No. 1210200-418-2014, el cual no tiene opción de prórroga o adición. Por tanto las Entidades deben apropiar de su presupuesto los recursos necesarios para dar continuidad al servicio de telefonía IP a partir de dicha fecha.
Así las cosas, se considera pertinente se inicie de manera inmediata, conforme al proceso de armonización presupuestal, las acciones requeridas con el fin de apropiar los recursos necesarios y así darle continuidad al servicio en cuestión a partir del 26 de diciembre de 2016.
Cordialmente,
SERGIO MARTÍNEZ MEDINA Alto Consejero Distrital de TIC
Proyectó: Layne Bermúdez Revisó: Iván M. Hernández Lanao / Melba Rodríguez
Nota: ver norma original en Anexos |