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RESOLUCIÓN 043 DE 2023
(Enero 24)
Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones procesales internas y procedimientos administrativos del Instituto Para la Economía Social – IPES
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES
En ejercicio de sus atribuciones conferidas por el numeral 2 del artículo 18 Acuerdo IPES JD No. 001 de 2007, Acuerdo IPES-JD No. 005 del 20 de junio de 2011, artículo 11 de la Ley 80 de 1993, Decreto de Nombramiento No. 001 del 03 de enero de 2022 y Acta de Posesión No. 055 del 06 de enero de 2022.
En uso de las facultades legales conferidas por los Acuerdos IPES No. 01 de 2007 y No. 05 de 2011, y demás normas reglamentarias, estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, imparcialidad y publicidad. Además, las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el inciso final del artículo 118 del Código General del Proceso, aplicable por remisión expresa artículo 306 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: "…En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni de aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado.", aplicable por analogía a las actuaciones administrativas.
Que en la actualidad el Instituto para la Economía Social – IPES, está adelantando las actividades de traslado de su sede administrativa principal a las instalaciones ubicadas en la Av. Calle 19 No. 10-44 en el Centro de Bogotá, conforme a las directrices señaladas en la Circular No. 02 de enero 05 de 2023.
Que, en consecuencia, dado que en el Instituto para la Economía Social – IPES no habrá actividades laborales que permitan la prestación de sus servicios de manera normal atención de las actividades, generadas por el traslado de los equipos tecnológicos de la Entidad, se hace necesario no generar traumatismos en el trámite de las actuaciones a su cargo y por ello ordena la suspensión de los términos procesales en los procesos internos de la Entidad y procedimientos administrativos y misionales, a excepción de la recepción de correspondencia externa por parte de la empresa de mensajería contratada para tal fin.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Suspender la atención al público y términos procesales en los procesos internos y procedimientos administrativos y misionales del Instituto para la Economía Social - IPES, desde el día viernes veintisiete (27) de enero de 2023, a excepción de la recepción de correspondencia externa por parte de la empresa de mensajería contratada, de conformidad con la parte motiva de esta resolución.
Los términos suspendidos se reanudarán automáticamente el día 01 de febrero de 2023.
ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese la presente resolución en la página Web Institucional y remítase a todas las dependencias de la Entidad.
ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C, a los 24 días del mes de enero del año 2023.
WILLIAM ALEJANDRO RIVERA CAMERO
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO PARA LA ECONOMÍA SOCIAL - IPES
Nota: ver norma original en Anexos |